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« : 16/Jun/2015~15:57 » |
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Hola a todos, si se planifica un viaje con niños de infantil que obligatoriamente tienen que ir acompañados con sus padres...¿qué hacemos con los niños que no,pueden ir al viaje porque sus padres no pueden pedir el día de libre disposición para ir, ¿los mandamos directamente a su casa o hay alguna normativa vigente que contemple el derecho,que tienen esos padres a que sus hijos asistan a clase y que haya algún profesor que se haga cargo de ellos esa mañana mientras los demás están de excursión? Gracias
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« Respuesta #1 : 16/Jun/2015~16:29 » |
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El derecho a asisitir al colegio (no a que se le dé clase) no se le puede negar ni en días de excursión ni en huelgas. Por eso existe eso de servicios mínimos o un porcentaje mínimo de la clase que asista a una excursión.
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"El que no pueda aguantar un defecto de educación en persona ajena, carece él mismo de educación".
Benjamin Franklin
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« Respuesta #2 : 16/Jun/2015~16:33 » |
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¿Por qué tienen que ir todos los niños con sus padres? ¿Es una excursión de especial dificultad? ¿Siempre lo hacéis así?
En mi cole se pide que vayan todos los que puedan y algunos van sin padres, y se cuidan entre todos.
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Pata Negra
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« Respuesta #3 : 18/Jun/2015~12:33 » |
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Ponsito, eso que hacen en tu cole es motivo de expediente disciplinario.
Además, sería considerado una falta muy grave por negar un derecho básico ese día: el derecho a la educación.
Además, habría otras faltas graves tales como trato discriminatorio por circunstancias personales a un administrado, es decir, esos niños de Infantil que por no tener papis/mamis que los acompañen no hacen una actividad que está en la Programación del Centro.
Si esos niños no pueden ir a esa actividad, ésta bien se reconvierte o bien se suprime.
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« Respuesta #4 : 18/Jun/2015~20:24 » |
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Lo lógico es que el Centro tenga personal disponible para atender a aquellos alumnos que no han querido o podido asistir a la salida. Lo de la obligatoriedad de llevar acompañante, no creo que sea así. Se puede aceptar o pedir la presencia de familiares pero no se puede dejar en el cole a un niño por no ir acompañado. Luego está el sentido común, si la mayoría de padres no ve acertada esa salida, lo mejor es suprimirla.
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Pata Negra
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« Respuesta #5 : 18/Jun/2015~20:31 » |
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En este colegio hacen excursiones con padres y sin padres, cuando tocan las excursiones con padres ( convivencia en el campo o en la playa) obligan a los padres a asistir, algunos pueden, otros por sus trabajos no le dan el permiso correspondiente, y ese día le niegan la asistencia al colegio a los que no van a la excursión,y se niegan rotundamente a llevarlos sin padres, la ultima excursion han ido solo la mitad de la clase, y el resto de niños han estado toda la mañana con familiares en la calle, sin colegio, y por eso me pregunto yo : hay alguna manera de demostrar que los padres tienen derecho a que a sus hijos los atiendan esas horas en el colegio vayan a excursiones o no? Porque en otros colegios si se hace eso, un Profe se queda con los niños que no van a la excursión, y lo peor de todo es que NO han hecho firmar a los padres un consentimiento formal como que si no van a la excursión se quedan en casa,
En mi centro, está aprobado que para hacer una salida tiene que ir el 75% de la clase. Si no hay ese 75% no se va. Eso por un lado. Ya nos rompemos el coco nosotros para proponer actividades al alcance de todo el mundo, o al menos una gran mayoría (tenemos un problema con varios casos de diabetes insulinodependientes). Los alumnos que no acuden a salidas porque no quieren o no pueden tienen derecho a asistir al centro y así se recoge en los documentos del centro. Se tiene previsto cuántos alumnos no van a ir a la salida y por tanto se destinan personas para atenderlos en el centro o se reparten por otras aulas, dependiendo de cómo sea el tema. Por otro lado, obligar a un familiar a asistir a una salida porque sí... no sé, y esas salidas las aprueba el consejo escolar??? Porque a mí me parecen totalmente discriminatorias.... Es como si pones una salida que supusiera, por ejemplo, llevar su propio vehículo... y pa colmo, el que no tiene vehículo o no puede asistir ese día se queda con su hijo en casa... De verdad, que esto cuando se plantea en la pga al principio de curso, lo aprueba el consejo escolar?
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No quiero ser maestra de nada, me conformaría con ser una lección de algo. Gloria Fuertes
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Pata Negra
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« Respuesta #6 : 18/Jun/2015~20:35 » |
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Hablo de pga porque en mi comunidad las salidas y excursiones se proponen a principio de curso, aunque salgan algunas más interesantes a lo largo del año, y se aprueban en el consejo escolar...y doy fe que en mi centro, los padres del consejo están muy atentos a ese punto.
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No quiero ser maestra de nada, me conformaría con ser una lección de algo. Gloria Fuertes
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Pata Negra
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« Respuesta #7 : 18/Jun/2015~21:06 » |
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No se me ha dado el caso, pero lo normal en todas excursiones que se organizan si hay alumnos que no van a excursiones, el profesor de guardia es el que se queda con ellos en el aula ese día ( o tutor, si no va a la excursion), ya que una excursión nunca es obligatoria.
Si nos referimos a la etapa de infantil, depende; porque infantil, hasta los 6 años no es obligatoria la asistencia al colegio en España, por lo tanto, el alumno cuyos padres trabajan, y no puede ir de excursión, está en su total derecho de ir a clase, el cual atendrá el profesor de guardia; pero igualmente está en su derecho de no asistir ese dia a clase, ( con una nota de los padres), puesto que la asistencia no es obligatoria, si los padres no quieren que vaya ese alumno ese día a clase, sin más problema, justificándolo, no va y listo y si va el de guardia atenderá la clase.
El derecho a no asistir a clase a un alumno en infantil, no se lo puede quitar nadie, es derecho de los padres decidir si va o no, porque obligación no tiene de ir el alumno en toda etapa de infantil, es recomendable, pero en España no es obligatorio. Con decir que ese día no va, sin mayor problema y si el alumno va a clase, tiene que tener el centro personal disponible para atender las guardias.
Lo de obligar a los padres a asistir a las reuniones, no doy crédito. Una excursión es algo voluntario, nunca obligatorio. Me parece lógico que si se hace una excursión en infantil, vayan los padres, pero una cosa es eso, y otra cosa que se obligue a ir a los padres. Si los padres no pueden, como se les va a obligar? no tiene sentido eso. El padre/madre que pueda, acompañar a su hijo bien, sino, pues el alumno va a clase con el de guardia, o simplemente se queda en casa, por decisión propia de los padres. En mi centro tb hay regulado por normativa interna un % determinado de asistencia para que las excursiones sean viables, sino se cancelan.
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« Respuesta #8 : 18/Jun/2015~23:09 » |
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No se me ha dado el caso, pero lo normal en todas excursiones que se organizan si hay alumnos que no van a excursiones, el profesor de guardia es el que se queda con ellos en el aula ese día ( o tutor, si no va a la excursion), ya que una excursión nunca es obligatoria.
Si nos referimos a la etapa de infantil, depende; porque infantil, hasta los 6 años no es obligatoria la asistencia al colegio en España, por lo tanto, el alumno cuyos padres trabajan, y no puede ir de excursión, está en su total derecho de ir a clase, el cual atendrá el profesor de guardia; pero igualmente está en su derecho de no asistir ese dia a clase, ( con una nota de los padres), puesto que la asistencia no es obligatoria, si los padres no quieren que vaya ese alumno ese día a clase, sin más problema, justificándolo, no va y listo y si va el de guardia atenderá la clase.
El derecho a no asistir a clase a un alumno en infantil, no se lo puede quitar nadie, es derecho de los padres decidir si va o no, porque obligación no tiene de ir el alumno en toda etapa de infantil, es recomendable, pero en España no es obligatorio. Con decir que ese día no va, sin mayor problema y si el alumno va a clase, tiene que tener el centro personal disponible para atender las guardias.
Lo de obligar a los padres a asistir a las reuniones, no doy crédito. Una excursión es algo voluntario, nunca obligatorio. Me parece lógico que si se hace una excursión en infantil, vayan los padres, pero una cosa es eso, y otra cosa que se obligue a ir a los padres. Si los padres no pueden, como se les va a obligar? no tiene sentido eso. El padre/madre que pueda, acompañar a su hijo bien, sino, pues el alumno va a clase con el de guardia, o simplemente se queda en casa, por decisión propia de los padres. En mi centro tb hay regulado por normativa interna un % determinado de asistencia para que las excursiones sean viables, sino se cancelan.
Cambiando algo el tema. La sistencia en infantil sí es obligatoria una vez que el niño está matriculado. Y si tiene más de cinco faltas injustificadas en el mes, ya se llama a los servicios sociales, entre otras medidas relacionadas con el absentismo escolar. Una cosa es que la etapa sea voluntaria por los padres y otra que se tomen las normas a cachonedo. Que no vayan un día a clase porque el resto de los compañeros vayan de excursión, no pasa nada, ya que no suma los cinco días en el mes. Me imagino que la mayoría de los centros tiene un porcentaje minimo para ir de excursión.
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Pata Negra
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« Respuesta #9 : 18/Jun/2015~23:31 » |
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No se me ha dado el caso, pero lo normal en todas excursiones que se organizan si hay alumnos que no van a excursiones, el profesor de guardia es el que se queda con ellos en el aula ese día ( o tutor, si no va a la excursion), ya que una excursión nunca es obligatoria.
Si nos referimos a la etapa de infantil, depende; porque infantil, hasta los 6 años no es obligatoria la asistencia al colegio en España, por lo tanto, el alumno cuyos padres trabajan, y no puede ir de excursión, está en su total derecho de ir a clase, el cual atendrá el profesor de guardia; pero igualmente está en su derecho de no asistir ese dia a clase, ( con una nota de los padres), puesto que la asistencia no es obligatoria, si los padres no quieren que vaya ese alumno ese día a clase, sin más problema, justificándolo, no va y listo y si va el de guardia atenderá la clase.
El derecho a no asistir a clase a un alumno en infantil, no se lo puede quitar nadie, es derecho de los padres decidir si va o no, porque obligación no tiene de ir el alumno en toda etapa de infantil, es recomendable, pero en España no es obligatorio. Con decir que ese día no va, sin mayor problema y si el alumno va a clase, tiene que tener el centro personal disponible para atender las guardias.
Lo de obligar a los padres a asistir a las reuniones, no doy crédito. Una excursión es algo voluntario, nunca obligatorio. Me parece lógico que si se hace una excursión en infantil, vayan los padres, pero una cosa es eso, y otra cosa que se obligue a ir a los padres. Si los padres no pueden, como se les va a obligar? no tiene sentido eso. El padre/madre que pueda, acompañar a su hijo bien, sino, pues el alumno va a clase con el de guardia, o simplemente se queda en casa, por decisión propia de los padres. En mi centro tb hay regulado por normativa interna un % determinado de asistencia para que las excursiones sean viables, sino se cancelan.
Cambiando algo el tema. La sistencia en infantil sí es obligatoria una vez que el niño está matriculado. Y si tiene más de cinco faltas injustificadas en el mes, ya se llama a los servicios sociales, entre otras medidas relacionadas con el absentismo escolar. Una cosa es que la etapa sea voluntaria por los padres y otra que se tomen las normas a cachonedo. Que no vayan un día a clase porque el resto de los compañeros vayan de excursión, no pasa nada, ya que no suma los cinco días en el mes. Me imagino que la mayoría de los centros tiene un porcentaje minimo para ir de excursión. cierto es lo que dices Jero, la asistencia en infantil, no es obligatoria, pero cuando el alumno se matricula, tiene obligación de ir, aunque en el caso que hablamos, si hacen los padres un justificante que tal dia de la excursion su hijo no va a clase poruqe no quiere que el hijo este solo en el aula con el de guardia, no hay mayor problema. Por otro lado, tu crees que se llama a los servicios sociales si falta mas de 5 dias injustificadamente? yo no lo tengo tan claro. He tenido compañeras de claustro en infantil que comentaban que sobre todo tienen alumnos inmigrantes de brasil, venezuela, etc etc, y que los llevan y los traen como quieren. De hecho un alumno de 4 años de origen argentino, se fue en navidad del centro porque alli en argentina era verano, y volvera ahora en el proximo septiembre. Alli en argentina no está matriculado, de hecho volvera ahora en septiembre porque sus padres vuelven a españa en septiembre. Supongo que esto dirección de mi centro lo sabe, pero que yo recuerde no se ha llamado a servicios sociales ni nada del estilo; bueno este caso es un poco extremo, pero si hay alumnos en infantil, sobre todo inmigrantes que aparecen y desaparecen como el guadiana, tan pronto vienen un mes proque sus padres estan en la ciudad, como en dos meses no aparecen porque son feriantes o mil cosas y llevan a sus hijos con ellos. No he visto llamar a servicios sociales en ningun caso. Es verdad que es decsion de los padres, y que en cierta manera la ausencia al centro a pesar de estar matriculado el alumno, son los padres los que deciden que no acuda durante xxxx meses , quizá se podría considerar eso como falta justificada de ausencia al centro? no te sabria decir, lo que si te puedo decir que servicios sociales no ha actuado porque no se le ha llamado, si me dijeras en primaria, pero en infantil, creo que no actua tanto la ley en ese sentido ya que la etapa no es obligatoria. También sé de un caso de un niño que fue a clase 3, y 4 años; y en 5 años dejó de ir todo ese año , y luego se matriculo en 1º de primaria, sin haber cursado 5 años. Por eso te digo que... una cosa es quizá lo que dice la ley, y otra lo que realmente ocurre.
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« Respuesta #10 : 30/Jun/2015~19:56 » |
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Me parece aberrante que un niño no pueda ir de excursión porque sus padres no disponen del permiso pertinente de su trabajo para faltar ese día. Me da igual que sea infantil, primaria o secundaria. La presencia de los padres ha de ser totalmente voluntaria y por expreso deseo de los profes. Si no es así, lo siento, excursión para nadie. Yo como docente no lo permitiría, y como madre menos. No me planteo la imposibilidad de que vaya o no al centro ese día, sino que a mi hijo no le permitan ir a la excursión por una razón tan peregrina. Por esa regla de tres, los hijos de los docentes no irían a ninguna excursión. A ver que equipo directivo permite a un profe faltar a clase por ir de excursión con su hijo matriculado en otro centro y en calidad de acompañante...Anda ya!!!
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« Respuesta #11 : 02/Jul/2015~08:41 » |
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No se me ha dado el caso, pero lo normal en todas excursiones que se organizan si hay alumnos que no van a excursiones, el profesor de guardia es el que se queda con ellos en el aula ese día ( o tutor, si no va a la excursion), ya que una excursión nunca es obligatoria.
Si nos referimos a la etapa de infantil, depende; porque infantil, hasta los 6 años no es obligatoria la asistencia al colegio en España, por lo tanto, el alumno cuyos padres trabajan, y no puede ir de excursión, está en su total derecho de ir a clase, el cual atendrá el profesor de guardia; pero igualmente está en su derecho de no asistir ese dia a clase, ( con una nota de los padres), puesto que la asistencia no es obligatoria, si los padres no quieren que vaya ese alumno ese día a clase, sin más problema, justificándolo, no va y listo y si va el de guardia atenderá la clase.
El derecho a no asistir a clase a un alumno en infantil, no se lo puede quitar nadie, es derecho de los padres decidir si va o no, porque obligación no tiene de ir el alumno en toda etapa de infantil, es recomendable, pero en España no es obligatorio. Con decir que ese día no va, sin mayor problema y si el alumno va a clase, tiene que tener el centro personal disponible para atender las guardias.
Lo de obligar a los padres a asistir a las reuniones, no doy crédito. Una excursión es algo voluntario, nunca obligatorio. Me parece lógico que si se hace una excursión en infantil, vayan los padres, pero una cosa es eso, y otra cosa que se obligue a ir a los padres. Si los padres no pueden, como se les va a obligar? no tiene sentido eso. El padre/madre que pueda, acompañar a su hijo bien, sino, pues el alumno va a clase con el de guardia, o simplemente se queda en casa, por decisión propia de los padres. En mi centro tb hay regulado por normativa interna un % determinado de asistencia para que las excursiones sean viables, sino se cancelan.
Cambiando algo el tema. La sistencia en infantil sí es obligatoria una vez que el niño está matriculado. Y si tiene más de cinco faltas injustificadas en el mes, ya se llama a los servicios sociales, entre otras medidas relacionadas con el absentismo escolar. Una cosa es que la etapa sea voluntaria por los padres y otra que se tomen las normas a cachonedo. Que no vayan un día a clase porque el resto de los compañeros vayan de excursión, no pasa nada, ya que no suma los cinco días en el mes. Me imagino que la mayoría de los centros tiene un porcentaje minimo para ir de excursión. cierto es lo que dices Jero, la asistencia en infantil, no es obligatoria, pero cuando el alumno se matricula, tiene obligación de ir, aunque en el caso que hablamos, si hacen los padres un justificante que tal dia de la excursion su hijo no va a clase poruqe no quiere que el hijo este solo en el aula con el de guardia, no hay mayor problema. Por otro lado, tu crees que se llama a los servicios sociales si falta mas de 5 dias injustificadamente? yo no lo tengo tan claro. He tenido compañeras de claustro en infantil que comentaban que sobre todo tienen alumnos inmigrantes de brasil, venezuela, etc etc, y que los llevan y los traen como quieren. De hecho un alumno de 4 años de origen argentino, se fue en navidad del centro porque alli en argentina era verano, y volvera ahora en el proximo septiembre. Alli en argentina no está matriculado, de hecho volvera ahora en septiembre porque sus padres vuelven a españa en septiembre. Supongo que esto dirección de mi centro lo sabe, pero que yo recuerde no se ha llamado a servicios sociales ni nada del estilo; bueno este caso es un poco extremo, pero si hay alumnos en infantil, sobre todo inmigrantes que aparecen y desaparecen como el guadiana, tan pronto vienen un mes proque sus padres estan en la ciudad, como en dos meses no aparecen porque son feriantes o mil cosas y llevan a sus hijos con ellos. No he visto llamar a servicios sociales en ningun caso. Es verdad que es decsion de los padres, y que en cierta manera la ausencia al centro a pesar de estar matriculado el alumno, son los padres los que deciden que no acuda durante xxxx meses , quizá se podría considerar eso como falta justificada de ausencia al centro? no te sabria decir, lo que si te puedo decir que servicios sociales no ha actuado porque no se le ha llamado, si me dijeras en primaria, pero en infantil, creo que no actua tanto la ley en ese sentido ya que la etapa no es obligatoria. También sé de un caso de un niño que fue a clase 3, y 4 años; y en 5 años dejó de ir todo ese año , y luego se matriculo en 1º de primaria, sin haber cursado 5 años. Por eso te digo que... una cosa es quizá lo que dice la ley, y otra lo que realmente ocurre. Vamos, sí se le llama y más de uno se le han quitado la custodia de los hijos, o servicios sociales se le ha abierto un expediente a la familia en algunos casos. En el caso que comentas de inmigrantes, tienen que justificar que regresan temporalmente a sus países por tales motivos, eso es una cosa distinta, y otra, que lo traen el martes y el jueves, y luego faltan lunes, miércoles y viernes. Y la semana siguiente lo mismo. Ahí sí se activa el protocolo de absentismo. Y el caso de los feriantes es particular, no es lo mismo que falten una semana al año, que desde abril ya no acudan al centro hasta el curso siguiente. Ahí la administración tiene que estudiar los casos. Sin ir más lejos, hace unos años, cuando tenía un niño que faltaba y superó las x faltas, al llamarlo, pues los padres estaban de recogida de consecha en tal sitio, y como el aula matinal no abría tan pronto, pues se lo llevaban al curro. Pues desde la dirección le daban dos opciones, matricularlo en la localidad del curro o que se les apañara para traerlo puntualmente al centro. En caso contrario, ya le pasaban el caso a servicios sociales. Al día siguiente vino a clase y te hablo de infantil.
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