Hasta donde yo entiendo, los asuntos propios sí son retribuidos, la particularidad docente es que deben ser cogidos, o en las exclusivas o en el mes de julio, que se suponen que son días efectivos de trabajos. Con lo cual a efectos prácticos, los docentes es como si no tuviéramos asuntos propios. En cuanto a los interinos, no sé si tienen asuntos propios o no, pero vamos tal como está montado, qué más da. Ahora bien, que lo comente alguien que tenga la certeza.
Si, ese permiso es común a todos. No especifica que sea solo para un tipo de personal, solo personal docente.