Por otro lado también he encontrado esto pero la circular a la que hace referencia no está en vigor, la actual es esta:
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Complemento tutoría durante el permiso de maternidad. 26/04/2011
La Circular de 6 de abril de 2005, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos sobre permisos y licencias, modificada parcialmente por la Instrucción 8/2007 de 31 de octubre establece que los derechos económicos durante el permiso de maternidad son plenos, en el caso de los funcionarios de carrera, estableciéndose respecto a los funcionarios interinos que les será de aplicación lo estipulado en el art. 133 del Real Decreto legislativo 1/1994 de 20 de junio
por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de la seguridad social (BOE de 29 de junio), que establece que la prestación económica por maternidad consistirá en un subsidio equivalente al 100 % de la base reguladora correspondiente, que será la equivalente a la que esté establecida para la prestación de incapacidad temporal.
Es por ello por lo que si en su nómina no está incluido el complemento de tutoría, debe reclamarlo.Pues bien , he hablado con el director de mi centro, y claro , no tiene ni idea de este tema y desconfía que pueda reconocerse por igual la tutoría a la tutora titular y al sustituto/a , la cuestión es que depende del equipo directivo que estemos de alta como tutoras y emitir la certificación correspondiente. Mi preocupación está en que no se informe, se desentienda y no la certifique por lo que no podría cobrarla .