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Autor Tema: Cuantos destinos se pueden poner mínimo y significado de vacantes sobrevenidas  (Leído 3986 veces)
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Nuev@

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« : 04/Jun/2014~18:58 »


Supongo que estas preguntas ya habrán sido respondidas en algún hilo de esto foro, pero con la cantidad de hilos que hay y mensajes espero que alguien por aquí nos pueda ayudar.  Las preguntas son estas, ¿Sí existe un mínimo de casillas a rellenar para los códigos o hay que rellenar las 120 necesariamente? ¿Y que significa vacante sobrevenida?
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Saruman
  

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« Respuesta #1 : 04/Jun/2014~19:28 »

Supongo que estas preguntas ya habrán sido respondidas en algún hilo de esto foro, pero con la cantidad de hilos que hay y mensajes espero que alguien por aquí nos pueda ayudar.  Las preguntas son estas, ¿Sí existe un mínimo de casillas a rellenar para los códigos o hay que rellenar las 120 necesariamente? ¿Y que significa vacante sobrevenida?

Las vacantes sobrevenidas creo que son las que dan en septiembre,en las cuales se tiene en cuenta los códigos de las sustituciones.
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arsnova13
  

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« Respuesta #2 : 04/Jun/2014~20:04 »

Supongo que estas preguntas ya habrán sido respondidas en algún hilo de esto foro, pero con la cantidad de hilos que hay y mensajes espero que alguien por aquí nos pueda ayudar.  Las preguntas son estas, ¿Sí existe un mínimo de casillas a rellenar para los códigos o hay que rellenar las 120 necesariamente? ¿Y que significa vacante sobrevenida?

No es obligatorio rellenar los 120 códigos y lo de las vacantes sobrevenidas es lo que te ha dicho Saruman.
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Nuev@

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« Respuesta #3 : 05/Jun/2014~00:45 »

Supongo que estas preguntas ya habrán sido respondidas en algún hilo de esto foro, pero con la cantidad de hilos que hay y mensajes espero que alguien por aquí nos pueda ayudar.  Las preguntas son estas, ¿Sí existe un mínimo de casillas a rellenar para los códigos o hay que rellenar las 120 necesariamente? ¿Y que significa vacante sobrevenida?

Las vacantes sobrevenidas creo que son las que dan en septiembre,en las cuales se tiene en cuenta los códigos de las sustituciones.

¿Pero los códigos de las sustituciones son solo las provincias no?, no hay opción de poner otra cosa, ¿o me equivoco?
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arsnova13
  

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« Respuesta #4 : 05/Jun/2014~07:11 »

Supongo que estas preguntas ya habrán sido respondidas en algún hilo de esto foro, pero con la cantidad de hilos que hay y mensajes espero que alguien por aquí nos pueda ayudar.  Las preguntas son estas, ¿Sí existe un mínimo de casillas a rellenar para los códigos o hay que rellenar las 120 necesariamente? ¿Y que significa vacante sobrevenida?

Las vacantes sobrevenidas creo que son las que dan en septiembre,en las cuales se tiene en cuenta los códigos de las sustituciones.

¿Pero los códigos de las sustituciones son solo las provincias no?, no hay opción de poner otra cosa, ¿o me equivoco?

Sí, para las sustituciones te miran las provincias que hayas puesto para eso, no hay opción de poner otra cosa. Yo por ejemplo, he puesto 3 provincias para sustituciones y 5 para vacantes, si me llaman para sustituir sólo me mirarán esas 3.
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Nuev@

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« Respuesta #5 : 05/Jun/2014~09:30 »

Supongo que estas preguntas ya habrán sido respondidas en algún hilo de esto foro, pero con la cantidad de hilos que hay y mensajes espero que alguien por aquí nos pueda ayudar.  Las preguntas son estas, ¿Sí existe un mínimo de casillas a rellenar para los códigos o hay que rellenar las 120 necesariamente? ¿Y que significa vacante sobrevenida?

Las vacantes sobrevenidas creo que son las que dan en septiembre,en las cuales se tiene en cuenta los códigos de las sustituciones.

¿Pero los códigos de las sustituciones son solo las provincias no?, no hay opción de poner otra cosa, ¿o me equivoco?

Sí, para las sustituciones te miran las provincias que hayas puesto para eso, no hay opción de poner otra cosa. Yo por ejemplo, he puesto 3 provincias para sustituciones y 5 para vacantes, si me llaman para sustituir sólo me mirarán esas 3.


¿Para sustituciones y vacantes sobrevenidas entonces? Entiendo por vacantes sobrevenidas las que dan después de las informatizadas. ¿Es así?
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arsnova13
  

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« Respuesta #6 : 05/Jun/2014~15:03 »

Supongo que estas preguntas ya habrán sido respondidas en algún hilo de esto foro, pero con la cantidad de hilos que hay y mensajes espero que alguien por aquí nos pueda ayudar.  Las preguntas son estas, ¿Sí existe un mínimo de casillas a rellenar para los códigos o hay que rellenar las 120 necesariamente? ¿Y que significa vacante sobrevenida?

Las vacantes sobrevenidas creo que son las que dan en septiembre,en las cuales se tiene en cuenta los códigos de las sustituciones.

¿Pero los códigos de las sustituciones son solo las provincias no?, no hay opción de poner otra cosa, ¿o me equivoco?

Sí, para las sustituciones te miran las provincias que hayas puesto para eso, no hay opción de poner otra cosa. Yo por ejemplo, he puesto 3 provincias para sustituciones y 5 para vacantes, si me llaman para sustituir sólo me mirarán esas 3.


¿Para sustituciones y vacantes sobrevenidas entonces? Entiendo por vacantes sobrevenidas las que dan después de las informatizadas. ¿Es así?

  Sí, eso es, las que dan en septiembre.
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