Te abonan el 100% del complemento por ILT (solicitándolo con el impreso correspondiente) por alguno de los siguientes casos:
Por incapacidad temporal derivada de contingencia profesional (Accidente en acto de servicio, enfermedad profesional, riesgo en el embarazo y en la lactancia natural).
Por incapacidad temporal derivada de contingencia común que ha generado hospitalización.
Por incapacidad temporal derivada de contingencia común que ha generado intervención quirúrgica.
Por incapacidad temporal ocasionada por enfermedad incluida en el anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio .
Por incapacidad temporal en periodo de gestación.
Modelo de impreso de solicitud.
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En cualquier otro caso no contemplado, no puede reclamarse.