En cuanto al tema de los días de "asuntos propios". Como dice Nevus, al menos en Andalucía, aparecen en la normativa de permisos. Yo pnsaba como ella, que no tenía mucho sentido ya que te los dan en vacaciones. Pero leyendo de nuevo, pone que no pueden coincidir con días lectivos, por lo tanto, ¿Se podrían coger los primeros días del mes de septiembre o últimos de junio? Se supone que la primera y última semana, cuando no hay niños, no son días lectivos, ¿o si? La verdad que ahora mismo no se que días son los lectivos
Dadas las características especiales del calendario y la jornada escolar, los permisos
por asuntos particulares retribuidos a que se refiere el artículo 48.k) de la Ley 7/2007, de 12
de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la redacción dada por el Real Decretoley
20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de
fomento de la competitividad, podrá disfrutarlos el personal docente en los períodos no
lectivos del referido calendario escolar.