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Autor Tema: excedencia cuidado hijo, ¡ayuda!  (Leído 2296 veces)
0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.
lorenasala
  

Nuev@

Desconectado Desconectado
Registro:15/Abr/2010~19:02
Mensajes: 7
 
« : 03/Ene/2014~14:09 »


Hola a todos!!!
Estoy pensando en cogerme una excedencia por cuidado de hijo menor de tres años y tengo varias dudas:
- se puede coger el tiempo que se quiera o va por meses o trimestres?
- hay que indicar el tiempo que quieres cogerte al presentar los trámites para solicitarla o se puede decidir más tarde?
- para cobrar el verano (vacaciones) tienes que trabajar el último trimestre completo o simplemente lo cobras si estás trabajando el mes de junio?
Gracias por vuestras respuestas
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lorenasala
  

Nuev@

Desconectado Desconectado
Registro:15/Abr/2010~19:02
Mensajes: 7
 
« Respuesta #1 : 03/Ene/2014~14:16 »

Hola a todos!!
Estoy pensando en cogerme una excedencia por cuidado de hijos menores de tres años y tengo varias dudas:
- se puede coger el tiempo que se quiera o va por meses o trimestres?
- tienes que indicar el tiempo que vas  a permanecer en excedencia al presentar la solicitud o se puede decidir después?
- para cobrar el verano (vacaciones) basta con estar trabajando en junio o tienes que trabajar el tercer trimestre completo?
Muchas gracias por vuestras respuestas
En línea
pelusilla
  

Avanzad@
*
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Registro:06/Abr/2007~20:27
Mensajes: 110
 
« Respuesta #2 : 05/Ene/2014~16:25 »

Hola, yo solicité la excedencia hace ya cuatro años, así que a lo mejor han cambiado las cosas. Infórmate bien en algún sindicato. Yo lo que te puedo decir es que se puede pedir por el tiempo que quieras hasta un máximo de tres años. El primer año conservas el destino pero los siguientes ya no. Tu cuando la solicitas no tienes que decir cuando te vas a incorporar simplemente la pides y cuando te quieras reincorporar un mes antes haces un escrito diciendo que te incorporas en tal fecha y ya está. Para cobrar el verano tienes que incorporarte el 30 de junio, por lo menos antes, ahora no sé si habrá cambiado. Pero una cosa tienes que tener clara, una vez que te incorporas ya no puedes volver a pedirla. Es decir, si te incorporas el 30 de junio para cobrar el verano, no puedes volver a pedir la excedencia el 1 de septiembre. La excedencia tiene que ser seguida, sin interrupción. Lo que también puedes hacer es pedir tres meses de asuntos propios por cuidado de hijo menor. No sé, míralo bien e infórmate en la dirección provincial o en algún sindicato.
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