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« : 26/Oct/2012~11:34 » |
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Procedente de la Junta y dimanante del TSJ de Castilla y Leon (Sala de lo Contencioso), se estan mandando notificaciones de emplazamiento a todos aquellos que participaron el la oposicion 2009 (obtuviesen o no plaza), unos cuantos miles de correos certificados, todo es conforme a derecho, para dar cumplimiento al articulo 49 Ley 29/1998 Para mas informacion he encontrado una pagina que nos saca a todos, por lo menos a mi, de unas cuantas dudas. (pues la cartita con toda la jerga legislativa confunde un poco) Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhttp://www.stecyl.es/comunicados/120430_impugnacion_oposiciones_2009.htm Saludos a todos
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Pata Negra
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« Respuesta #1 : 26/Oct/2012~11:45 » |
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El enlace al que derivas no tiene nada que ver con la carta que ha llegado hace unos dias. Hace referencia a la carta que nos llegó a los aprobados en 2009 en mayo. Ahora lo que ha llegado (al menos a mi cole) no ha sido una carta certificada, sino un aviso de la consejería para que se informe a todos los interinos que se presentaron en dichas oposiciones de que tienen un plazo de 9 o 10 días, no lo se exactamente, para exponer sus alegaciones, si lo consideran oportuno. Yo no tengo muy claro lo que eso significa. Yo pensaba que era por si se querían incluir en el grupo de demandantes e ir en contra de la Junta (y por ende de nosotros) pero uno de mis compañeros me ha dicho que eso ya no es posible ya que el plazo para seguir los procedimientos legales de reclamación de notas, recurso de alzada, contencioso etc ya pasaron. Otro me ha dicho que es sobre todo porque si se anula esa convocatoria, los interinos que entraron a trabajar gracias a ella también perderían sus puntos y ya no estarían en la lista (¡¡que jaleo!!) y por lo tanto saldrían damnificados. Por lo tanto son también parte afectada al igual que lo somos nosotros. Si alguien tiene alguna información más clara al respecto os agradecería que nos lo aclaraseis
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« Respuesta #2 : 26/Oct/2012~12:26 » |
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El enlace al que derivas no tiene nada que ver con la carta que ha llegado hace unos dias.
Hola . Si, posiblemente tengas razon no me fije que la fecha es de abril 2011, pero si me fije que tambien hace referencia abril y marzo 2012 por lo que he supuesto que mas o menos estara en vigor su contenido. Es una apreciacion pero posiblemente tengas tu razon. Yo no aprobe la oposicion (aprobar si pero sin plaza), ni ejerci de interina, ayer recibi por correo certificado el emplazamiento, dice que hay dos recursos y cita los nombres de los que los encabezan, comenta que es para dar cumplimiento al articulo 49 y cita los procedimientos ordinarios a los que hace referencia el enlace 1743/2009 y 339/2010 finalizando: " Dada su condicion de tercer interersado, como participante en el mencionado proceso selecivo, sirva la presente notificacion de emplazamiento para que pueda comparecer y personarse en los autos ante el referido Tribunal, en el PLAZO DE NUEVE DIAS" Dios me libre, no quiero incomodar a nadie, solo lo he puesto a modo de informacion por si alguien lo recibia que no se preocupase y por ayudar dentro de lo posible,(trabajo desde hace tres años en Madrid, y en nada me interesa en absoluto la oposicion) pero lo entoy pensando que quizas a la gente aprobada la preocupe, asi posiblemete quite el mensaje.. Saludos Mocupoc Puf... he puesto todo como si fuese una cita..falta costumbre
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Pata Negra
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« Respuesta #3 : 26/Oct/2012~15:15 » |
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A varios interinos nos llegó al centro, lo leímos, lo releímos y sinceramente no entiendo nada de lo que tengo que hacer o no hacer.
Así que, cualquier luz será bienvenida.
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Pata Negra
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« Respuesta #4 : 26/Oct/2012~15:34 » |
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Esto es lo que me han mandado a mí:
La presente se efectúa en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 49 de la Ley 29/1998 de 13 de Julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de lo requerido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de CYL, en su Providencia de 28 de sept de 2012, en relación con el Procedimiento Ordinario 1743/2009 de ese Tribunal, al que se acumula el Procedimiento Ordinario 339/2010, seguido a instancia de Doña María.... ..... ... y otros, y Doña P..... ..... .... y otros, contra las Órdenes de la Consejería de Educación, por las que se resuelven los recursos de alzada formulados por los interesados contra las listas de aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros y de los declarados aptos en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de citado Cuerpo, convocados por Orden ADM/786/2009 de 3 de abril, cuya fecha de exposición por las Comisiones de Selección fue anunciada por Resolución de 16 de julio de 2009, de la Dirección General de Recursos humanos.
Dada su condición de tercer interesado como participante en el mencionado proceso selectivo, sirva la presente notificación de emplazamiento para que pueda comparecer y personarse en los autos ante el referido Tribunal en el plazo de nueve días C/Angustias s/n Valladolid
19 de octubre de 2012.
La jefe de servicio de régimen jurídico.
P.M.F
Nueve días a partir de cuando? (hasta el 29?)
Y ahora.... personarme ¿para qué?
Pa cagarme en su madre?
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Pata Negra
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« Respuesta #5 : 26/Oct/2012~15:42 » |
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Osea, me han mandado la misma que esta: Pero ahora con fecha de octubre. Y añade "en su providencia de 28 se septiembre" Utiliza el término Procedimiento Ordinario en vez de recurso
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Pata Negra
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« Respuesta #6 : 26/Oct/2012~16:23 » |
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tsalvado19, no tienes porque quitar el mensaje ni mucho menos, no creo que ha nadie le resulte ofensivo. Los aprobados en 2009 estamos ya metidos en el juicio desde mayo del 2012 como te dije antes, la diferencia es que ahora también han mandado la famosa carta a todos los que pagaron las tasas del examen (se presentaran o no) y no están ya dentro del proceso. Después de hablar con varias personas (algunas de las cuales a su vez han hablado con abogados) me parece que: 1º la Junta no quiere que se vuelva a anular el juicio teniendo que empezar de cero de nuevo por no avisar a TODOS los afectados. 2º Hay gente que se puede ver afectada en el caso de que los demandantes ganen y se anulen las oposiciones ya que también se anularían los puntos que hubieran podido obtener (si aprobaron alguna de las partes, por nota etc) y aquellos que entraron en la lista por primera vez ese año podrían quedar fuera al ser anulado el proceso (igual que nos quedaríamos sin plaza los que hubieramos aprobado) igual alguien más se puede ver damnificado, pero ahora mismo no se me ocurre 3º La lista de interinos se reestructuraría debido a todos estos casos (aprobados que entrarían de nuevo en listas, gente que saldría, puntos que quitarían etc.) por lo que todo el mundo estaría afectado (algunos a mejor y otros a peor)
Por otra parte, si hay un grupo de gente de quiera personarse yo os recomendaría que lo hicieseis en grupo ya que el abogado en muchiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiisimo más barato. También podéis utilizar los de los sindicatos que son gratis. Necesitaréis hacer un poder notarial o un apuc acta (este último se hace en juzgado y es gratis) para que os puedan representar. Si no os personais, dais por hecho que aceptáis la resolución que dicten los jueces y por lo tanto salga lo que salga y pase lo que pase (especialmente si os perjudica) no podréis reclamar nada.
No se si os lo he aclarado u os he liado mas...
Como se ponía antiguamente en este foro... "SALVO MEJOR INFORMACIÓN"
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Pata Negra
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« Respuesta #7 : 26/Oct/2012~18:18 » |
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...al paso que va la burra esto acabará dentro de veinte años....
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« Respuesta #8 : 26/Oct/2012~19:16 » |
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No quiero necesitarte porque no puedo tenerte...
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« Respuesta #9 : 26/Oct/2012~20:05 » |
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En realidad, no es la Junta la que no quiere empezar de cero otra vez, pues de hecho ellos ni siquiera notificaron a los aprobados cuando se interpuso el contencioso (algo que por ley deberían haber hecho). Son los magistrados los que no quieren que les anulen su sentencia, y por eso al final han decidido dejar personarse a todo el que quiera, para que luego nadie pueda ir al Supremo a decir "a mí no se me notificó y no se me dejó personarme". La Consejería solamente está siguiendo las órdenes del magistrado Ponente que lleva el caso.
Según nuestro abogado, las personaciones de terceros interesados son un mero trámite que hay que cumplir. Daos cuenta de que los jueces lo que quieren son datos objetivos; no les interesa ver ni a los demandantes diciendo "a mí me recortaron la nota porque lo digo yo y blablabla" ni a los aprobados diciendo "yo me merezco la plaza y blablabla". Lo que necesitan son datos objetivos y ésos los aporta la Consejería, que es quien tiene toda la documentación del proceso, y también los sindicatos (sus estadísticas, por ejemplo). Pero la ley marca que cuando se interpone un recurso hay que oír a cualquier posible interesado que se pudiera ver afectado por la sentencia que se dicte, y en temas de oposiciones, generalmente esos terceros interesados son los que sacaron plaza, pues en caso de que se anulase la oposición (si la sentencia fuese de anulación), la perderían y por tanto tienen derecho a manifestar lo que consideren oportuno. Pero a los suspensos no se les suele llamar para que digan algo, por dos razones: 1) suelen estar del lado de los recurrentes, pues si se repite la oposición supondría una nueva oportunidad de presentarse, así que no tiene sentido que se personen del lado de la Administración y 2) lo único que pueden decir es "yo quiero que se repita la oposición y así tener otra oportunidad", "a mí también me rebajaron la nota", "yo no quiero que se repita la oposición por la razón que sea (poco habitual, por cierto)", etc, es decir, no aportan datos objetivos al caso. En este caso es diferente, supongo que porque los jueces temen que luego alguien les anule la sentencia por no haber sido notficiados previamente, y se quieren curar en salud, es lo único que puede llegar a explicar este hecho.
En nuestro proceso, hay muchos futuribles: que si afectaría a las listas de interinos, que si a los concursos de traslados, que si a las oposiciones de 2011, etc, etc. Pero el hecho en sí es que lo recurrido son las oposiciones de 2009, y no se puede saber lo que llegará a pasar con la sentencia del juez: si anula la oposición, si sube la nota de los aspirantes, si desestima todo, etc. Es imposible predecirlo todo, puede afectar o no afectar a otros temas, pero hay que centrarse en este caso. Quien tenga algo objetivo que aportar al caso, pues que se persone. Y quien no, que se ahorre dinero en abogados y espere la sentencia. Por supuesto ésta es mi opinión al respecto, yo no soy abogada pero conozco el caso a fondo.
Algunos dicen que si no te personas luego no puedes recurrir. Vamos a ver, si ya se han personado 300 aprobados, ¿creéis que porque el nº 301 no se persone va a perder algo? Ese 301 no podrá recurrir pero sus otros 300 compañeros lo harán y la defensa será para todos los aprobados, no sólo para los 300. Lo mismo con respecto a los suspensos: los ochenta y pico recurrentes ya están defendiendo que hubo recorte de notas, y ya da igual que haya ochenta y pico o que se personen dos mil para decir lo mismo, pues todo está ya sobre la mesa. Así que creo que no merece la pena personarse, da igual si se está de parte de la Administración o de los recurrentes. Me temo que esto es un gran negocio para los abogados, que a costa de añadir gente y más gente, se van a forrar.
Respecto a los sindicatos, hay que tener en cuenta que algunos están defendiendo a los aprobados, por lo que si un suspenso quiere personarse para decir por ejemplo que prefiere que anulen la oposición porque tiene un 4,9 y cree que también le rebajaron la nota, no puede ser representado por los mismos abogados que defienden no se han rebajado nota alguna.
Y respecto a las listas de interinos, tened en cuenta que si realmente se rebajaron las notas (algo de lo que nosotros estamos convencidos y creemos haber demostrado), también se habrán rebajado las de muchos aprobados sin plaza y las de muchos suspensos, por lo que esa nota no es la real que deberían tener, ¿realmente la quieren conservar?.
Finalmente comentaros que cuando uno se persona, no te dejan hablar con el juez ni decir lo que te venga en gana. Lo que ocurre es que tu abogado redacta una contrademanda, en base a la demanda de los recurrentes, argumentando con razones objetivas por qué ellos no tienen razón y su defendido sí. No penséis que os podéis poner a declarar delante del juez, pues los únicos que han declarado son los que fueron llamados como testigos. Es por eso que un mismo abogado no puede representar a la vez a una persona que quiere que anulen una oposición y a otra que no quiere que la anulen, pues sólo redactará una contrademanda, que lógicamente no podrá valer para ambos si están en campos opuestos. Sinceramente, antes de decidir personaros, pensad en qué datos objetivos vais aportar y que no haya aportado la Administración ni los aprobados personados, para que así se justifique un gasto de abogados y procuradores, y un tiempo invertido de los jueces en leer vuestra contrademanda.
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Pata Negra
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« Respuesta #10 : 26/Oct/2012~20:27 » |
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Pues nada, la parte personante de la primera parte será considerada como la parte personante de la primera parteLo siento, no he podido evitarlo Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or LoginHermanos Marx - La Parte Contratante
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Pata Negra
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« Respuesta #11 : 26/Oct/2012~21:37 » |
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En realidad, no es la Junta la que no quiere empezar de cero otra vez, pues de hecho ellos ni siquiera notificaron a los aprobados cuando se interpuso el contencioso (algo que por ley deberían haber hecho). Son los magistrados los que no quieren que les anulen su sentencia, y por eso al final han decidido dejar personarse a todo el que quiera, para que luego nadie pueda ir al Supremo a decir "a mí no se me notificó y no se me dejó personarme". La Consejería solamente está siguiendo las órdenes del magistrado Ponente que lleva el caso.
Perdona, pero son nuestros abogados los que han pedido que el juicio comience de nuevo al no habernos avisado en tiempo y forma. Sobre lo demás no me voy a pronunciar porque como he dicho desde el principio desconozco el tema, solo se lo que me han contado compañeros/as. Mi recomendación es que llamaseis al servicio jurídico de la Junta o a algún abogado y que os informen. A nosotros también nos dijeron por activa y por pasiva (incluidos los sindicatos en los que no volveré a confiar en mi vida) que no nos personásemos, que lo único que nos iba a costar era dinero etc y luego resultó que si la sentencia no nos es favorable perdemos todo el derecho no solo a recurrir, sino que al no estar dentro del proceso tampoco podríamos pedir indemnizaciones ni luego ir nosotros contra la Junta. En resumen, informaros con profesionales
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« Respuesta #12 : 26/Oct/2012~21:50 » |
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Perdona, pero son nuestros abogados los que han pedido que el juicio comience de nuevo al no habernos avisado en tiempo y forma. Yo estaba respondiendo a lo que tú dijiste sobre "1º la Junta no quiere que se vuelva a anular el juicio teniendo que empezar de cero de nuevo por no avisar a TODOS los afectados.", en lo que parece que quieres decir que se está notificando a TODOS porque la Junta lo considera oportuno, y en realidad no es así. El juez ponente indicó en su última providencia que no tenía constancia de que se hubieran hecho todas las notificaciones a los interesados, y allí incluyó a aspirantes seleccionados y a los excluidos, y es por eso que la Junta está notificando a todos (primero sólo notificaron a los aprobados), no porque ellos realmente quisieran hacerlo. A eso me refería yo con ese tema. De todas formas, nosotros ya sabíamos que se iba a retrotraer el procedimiento cuando se personasen los aprobados, pues era lo necesario para que no hubiera vicios. Y de hecho, cuando el ponente comentó en la prueba testifical que no se había notificado a los aprobados y que había que hacerlo, al ver que pasaba el tiempo y no teníamos noticia de esas notificaciones, nosotros mismos insistimos al juez para ver qué ocurría y por qué la Junta no estaba haciendo esas notificaciones. Creo que a todos nos interesa que el juicio transcurra bien, para que la sentencia que se dicte no pueda recurrirse después por vicio de forma. Y coincido contigo en que deben informarse con profesionales; por ejemplo pueden llamar al Tribunal Superior de Justicia e informarse directamente con ellos. Pero si van a abogados, que sean de confianza, pues muchos ven la oportunidad de ganar dinero y pueden asesorar lo que les interese. Y de los sindicatos mejor ni hablar...
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Pata Negra
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« Respuesta #13 : 26/Oct/2012~22:48 » |
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no, a lo que me refería es que la Junta es la primera interesada en que esto no se dilate infinitamente en el tiempo. En todo lo demás totalmente de acuerdo, los abogados deben ser de confianza y no unos saca cuartos (que los hay, y mucho) y de los sindicatos... prefiero no pronunciarme.
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« Respuesta #14 : 27/Oct/2012~09:18 » |
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Ah vale, en eso también estoy de acuerdo. No les interesa que se alargue eternamente.
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Avanzad@
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« Respuesta #15 : 27/Oct/2012~17:24 » |
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A mi el sindicato no me saca los cuartos, como soy afiliada mas bien mi abogado es gratis. Solo me cobran el procurador que es regional del sindicato y con precio modico( lo he contrarestado) y a repartir entre los que nos presentaremos
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« Respuesta #16 : 27/Oct/2012~18:00 » |
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A mi el sindicato no me saca los cuartos, como soy afiliada mas bien mi abogado es gratis. Solo me cobran el procurador que es regional del sindicato y con precio modico( lo he contrarestado) y a repartir entre los que nos presentaremos
Hombre, podemos echar cuentas si quieres y con lo que una paga al sindicato, en pongamos, diez años, para usar una sola vez en la vida sus servicios jurídicos... pues sí... sí... de gratis nada.
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Pata Negra
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« Respuesta #17 : 27/Oct/2012~18:03 » |
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En realidad, no es la Junta la que no quiere empezar de cero otra vez, pues de hecho ellos ni siquiera notificaron a los aprobados cuando se interpuso el contencioso (algo que por ley deberían haber hecho). Son los magistrados los que no quieren que les anulen su sentencia, y por eso al final han decidido dejar personarse a todo el que quiera, para que luego nadie pueda ir al Supremo a decir "a mí no se me notificó y no se me dejó personarme". La Consejería solamente está siguiendo las órdenes del magistrado Ponente que lleva el caso.
Perdona, pero son nuestros abogados los que han pedido que el juicio comience de nuevo al no habernos avisado en tiempo y forma. Sobre lo demás no me voy a pronunciar porque como he dicho desde el principio desconozco el tema, solo se lo que me han contado compañeros/as. Mi recomendación es que llamaseis al servicio jurídico de la Junta o a algún abogado y que os informen. A nosotros también nos dijeron por activa y por pasiva (incluidos los sindicatos en los que no volveré a confiar en mi vida) que no nos personásemos, que lo único que nos iba a costar era dinero etc y luego resultó que si la sentencia no nos es favorable perdemos todo el derecho no solo a recurrir, sino que al no estar dentro del proceso tampoco podríamos pedir indemnizaciones ni luego ir nosotros contra la Junta. En resumen, informaros con profesionales Entiendo que alguien que ha aprobado o entre en listas por primera vez, ante la duda, amos, yo ni duda ni nada, me personaba por si acaso... Imagina mocu que impugnan y todo se va a la mierda y etc varios.... es un suponer... Entonces ¿qué se hace? Se forman listas nuevas de interinos..? Se tirarían de las del 2007 por ejemplo? (madre mía que caos), se convocarían nuevas oposiciones (esto lo descarto)? Tú qué opinas en el caso que el tribunal falle a favor de los demandantes...
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Pata Negra
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« Respuesta #18 : 27/Oct/2012~18:13 » |
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pues no tengo ni idea siciliana... lo que he puesto es lo que me ha comentado una compañera interina, pero no se como podría afectar todo este caos. Supongo que habría que recalcular la lista y hacer una nueva. La verdad es que hasta ahora no me había ni planteado que los aprobados no eramos los únicos afectados en caso de anular el proceso de oposición. Yo solo lo he puesto porque no me gustaría que a nadie le pillara con el pie torcido. Pero sinceramente pienso que el juicio lo tienen perdido y más que perdido. Se sostienen con indicios pero sin pruebas (a pesar de lo que ellos digan) así que al final todo quedará en agua de borrajas (como decía mi abuelica jeje)
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« Respuesta #19 : 27/Oct/2012~18:30 » |
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Quisiera saber , por curiosidad, en que se basan las demandas de los recurrentes. He leido , me parece que a Silvia, ¿que si se puntuo a la baja? . ¿ Que irregularidades alegan los demandantes contra la opo ?. os leo y nadie dice por que reclaman. Saludos
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