¿Y podría darme mi marido de alta en la Seguridad Social por una hora diaria?
no es que podría, es que tiene la obligación en cuanto trabajas ahí. Lo que pasa es que si eres funcionaria, deberás mirar antes como está el tema, pq los funcionarios tienen un complemento en el sueldo , que se llama complemento de exclusividad, es decir que solo te dedicas a eso, por ser funcionario. Entonces igual al darte de alta para trabajar y compatibilizar ambos trabajos, pierdas el complemento de exclusividad de funcionario, y en consecuencia no te compense perderlo para lo que puedas ganar en la academia de tu marido.
También creo recordar, que eso solo ocurre si sobrepasa un máximo de horas semanales, ( no sé las que son, deberías preguntarlo en inspección), y si solo estás 3 o 4 horas semanales en la academia pagándote la seguridad social, igual no perderías la exclusividad. Otra cosa es que semanalmente estés 10 horas, entonces ahí si la perderías.