Hola, yo ante la duda validé dos instancias, una con la categoría 1.8 (funcionarios en practicas) y otra con la 1.6 ( funcionarios provisionales). Cuando llegué a delegación nadie me supo aclarar la duda: resulta que no entramos en ninguna categoría, jajajaja
Según leímos en la Orden:
1.8 La categoría maestros en prácticas es para aquellos que han aplazado sus prácticas para el curso que viene, o bien han sido evaluados como NO APTOS.
1.6 La categoría provisionales, sería para aquellos FUNCIONARIOS DE CARRERA, que no se les ha asignado destino definitivo en el CGT.
Conclusión: los que hemos tenido el APTO en las prácticas ya no entramos en la categoría 1.8, pero hasta el 1 de septiembre no seríamos considerados como funcionarios de carrera. Así que ante la duda me registraron la instancia con la categoría de provisional, pero aun no estoy muy convencida
Todo lo hacen igual........es decir mal.