¡Hola Amaia! Te informo desde mi conocimiento: un maestro de la especialidad de lengua extranjera puede impartir clase en un colegio bilingüe, pero solo de la asignatura de inglés (bueno, y de aquellas que se le puedan adjudicar en español); si además posee la habilitación lingüística, puede impartir aquellas asignaturas que sean en inglés como Arts o Science.
Imagino que con esta nueva "modificación" este punto no habrá cambiado..
Ligia, siguiendo con el tema me gustaría preguntarte si ¿sabes si el haber aprobado la parte escrita de la pruebas de la anterior convocatoria, te exime de realizarla en la próxima? He interpretado esa idea en uno de los párrafos, pero no sé si estoy en lo correcto. Si desconoces la respuesta, serías tan amable de decirme dónde podría informarme: DAT a la que pertenezco, Consejería de la Educación, Ministerio de Educación con sede en Gran Vía...
Muchas gracias por adelantado