Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE nº 62, de 12 de marzo)
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Artículo 11. Relación de alumnos por unidad.
Los centros de educación primaria tendrán, como máximo, 25 alumnos por unidad escolar.
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