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« : 28/Sep/2011~08:02 » |
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Hola ¿Es verdad lo que dicen: Educación ha explicado en varias ocasiones que el nuevo cálculo de la nota de acceso a la función pública que se hace con el 'decreto 302' permite, entre otros casos, que un interino que ha sacado un 4,25 de puntuación en el examen y que lleva un año trabajando -es decir, desde la entrada en vigor del nuevo decreto y que sólo tiene como tiempo de servicio desde el 30 de julio de 2010- entre en la bolsa. Es decir, que incluso suspendiendo el examen de las oposiciones con un 4,25, pueden mantenerse en la bolsa de trabajo al poder sumar a esta calificación "hasta un 0,50 de formación y un 0,25 por la experiencia del año trabajado como interino", llegando así a una nota final de 5, la suficiente para permanecer en la bolsa como interino. Pues yo se de compañeros que con 4,9 no permanecen en bolsa ¿Es asi o no? graciasssss
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Moderador/a
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http://www.youtube.com/watch?v=N7P2ExRF3GQ
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« Respuesta #1 : 28/Sep/2011~08:19 » |
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Sí, pero lo malo No es que te echen definitivamente, sino que te dejan AL FONDO...
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FORTVNA AVDATES IVVAT
Un Buen Maestro es aquél que te dice Dónde mirar, pero NO lo que tienes que VER (A.K. Trenfor)
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Registro:06/Nov/2007~13:48
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« Respuesta #2 : 28/Sep/2011~08:24 » |
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Sí, pero lo malo No es que te echen definitivamente, sino que te dejan AL FONDO...
Hola Entonces quieres decir que debes permanecer en bolsa aunque sea al final? Gracias
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« Respuesta #3 : 28/Sep/2011~09:22 » |
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En el decreto se recoge que debes tener un cinco como mínimo en la calificación baremada, es decir, si no tienes tiempo de servicio y sacas un 4,5 y además tienes las 150 horas de cursos, se sumarían 0,5 más, dando un total de 5 y por tanto, adquiriendo el derecho de permanecer en la bolsa. Pero lo malo es que con un 5 da igual que te mantengan en la bolsa o que te echen. Sólo encuentro un matiz positivo, si se congelan las opos ese cinco ya sería valioso puesto que tendrían que tirar de toda la bolsa.
por cierto, se está hablando mucho por aquí, y según parece de forma fundamentada, que se van a congelar las opos y que se va a retirar el decreto. Yo pienso sinceramente que ambas medidas son incompotibles. Si se retira e ldecreto no se van a congelar las opos, puesto que esto supondría que los años de transitoria no hubieran servido para nada puesto que volveriamos a tener la docencia llena de interinos. Solo veo congelación de opos si el decreto sigue ordenando al personal de la misma forma.
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Pata Negra
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Registro:28/Jul/2010~12:47
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« Respuesta #4 : 28/Sep/2011~10:24 » |
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Un 5 no te vale para nada con esa nota no te llaman los dos años.
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Registro:06/Nov/2007~13:48
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« Respuesta #5 : 28/Sep/2011~20:23 » |
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En el decreto se recoge que debes tener un cinco como mínimo en la calificación baremada, es decir, si no tienes tiempo de servicio y sacas un 4,5 y además tienes las 150 horas de cursos, se sumarían 0,5 más, dando un total de 5 y por tanto, adquiriendo el derecho de permanecer en la bolsa. Pero lo malo es que con un 5 da igual que te mantengan en la bolsa o que te echen. Sólo encuentro un matiz positivo, si se congelan las opos ese cinco ya sería valioso puesto que tendrían que tirar de toda la bolsa.
por cierto, se está hablando mucho por aquí, y según parece de forma fundamentada, que se van a congelar las opos y que se va a retirar el decreto. Yo pienso sinceramente que ambas medidas son incompotibles. Si se retira e ldecreto no se van a congelar las opos, puesto que esto supondría que los años de transitoria no hubieran servido para nada puesto que volveriamos a tener la docencia llena de interinos. Solo veo congelación de opos si el decreto sigue ordenando al personal de la misma forma. Hola Entonces por qué hay gente que en esa situacion esta fuera de la bolsa ¿Tú sabes de alguno que este dentro? un saludo
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« Respuesta #6 : 28/Sep/2011~20:43 » |
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Si se retira e ldecreto no se van a congelar las opos, puesto que esto supondría que los años de transitoria no hubieran servido para nada puesto que volveriamos a tener la docencia llena de interinos. Solo veo congelación de opos si el decreto sigue ordenando al personal de la misma forma.
El número de interinos que cuenta para ese porcentaje son los que tienen vacante informatizada ( y no sé si entraria la vacante no informatizada, es decir, interinos de plantilla), pero no el que se utiliza para cubrir las sustituciones o una baja. Así que la ordenación de la bolsa no afecta a que haya más o menos interinos, es una trola que cuenta para convencer al personal. Si sacan las plazas a oposición, hay menos interinos con vacante informatizada. La ordenación de la bolsa no afecta para lo otro. Lo que pasa que con este decreto quieren evitar pagar trienios a los interinos y así renuevan las listas cada dos años.
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"El que no pueda aguantar un defecto de educación en persona ajena, carece él mismo de educación".
Benjamin Franklin
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« Respuesta #7 : 28/Sep/2011~21:11 » |
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Acaso nadie se ha fijado en el baremo? En el apartado de nota de oposición. Con un 4,5 no se te barema la nota. Es falso q suspendiendo te apliquen el baremo si llegas a 5.
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« Respuesta #8 : 29/Sep/2011~09:09 » |
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Acaso nadie se ha fijado en el baremo? En el apartado de nota de oposición. Con un 4,5 no se te barema la nota. Es falso q suspendiendo te apliquen el baremo si llegas a 5.
Hola ¿Por que no? si te dice que tienes que llegar a 5 segun baremo: nota+servicio+cursos
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Moderadora
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« Respuesta #9 : 29/Sep/2011~14:36 » |
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Si, pero en nota, pone calificación de las pruebas superadas. Como ahora hay una sóla prueba, entiendo que solo se tendrá en cuenta si llega al 5. Pero es verdad que ese trozo del artículo ha salido varias veces en prensa y ya te hacen dudar. Pero yo entiendo que con un 4.99 en el examen tengas los cursos que tengas o tiempo de servicio, vas fuera. Acaso nadie se ha fijado en el baremo? En el apartado de nota de oposición. Con un 4,5 no se te barema la nota. Es falso q suspendiendo te apliquen el baremo si llegas a 5.
Hola ¿Por que no? si te dice que tienes que llegar a 5 segun baremo: nota+servicio+cursos
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Pata Negra
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Registro:05/Ago/2009~11:24
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« Respuesta #10 : 29/Sep/2011~15:18 » |
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no estoy siguiendo mucho este hilo, es que no lo entiendo muy bien. las proximas opo. son eliminatorias verdad? entonces....si no apruebas el primer exámen estás fuera o que''' esto no lo tienen claro ni ellos...
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Sabio-Moderador
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« Respuesta #11 : 29/Sep/2011~17:00 » |
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no estoy siguiendo mucho este hilo, es que no lo entiendo muy bien. las proximas opo. son eliminatorias verdad? entonces....si no apruebas el primer exámen estás fuera o que''' esto no lo tienen claro ni ellos... Si apruebas, solamente la primera prueba... la calificación de este apartado del baremo, según Anexo I, de la orden 8 de junio de 2011, es el resultado de dividir la nota del examen aprobado entre el numero total de pruebas. Es decir, que si las oposiciones tiene dos partes, en la primera sacas un 8, y en la segunda sacas un 3... tu puntuación es 8/2 = 4. Os dejo lo que dice textualemnte 2. CALIFICACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN DEL AÑO DEL ÚLTIMO PROCEDIMIENTO SELECTIVO CONVOCADO EN LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA ANDALUZA (Hasta un máximo de 10 puntos)
Calificación de la prueba o pruebas superadas de la fase de oposición. En el supuesto de superar sólo una —de ser varias las previstas para la fase de oposición en el R.D. 276/2007, de 23 de febrero—, la calificación se dividirá por el núm. total de pruebas de dicha fase.Y sobre la puntuación para PERMANECER O ACCEDER a la lista, dice que tienes que conseguir un 5 según el baremo. Por tanto, podría darse perfectamente lo que dice la junta. Pero si leemos textualmente lo que dice el Anexo, que he puesto antes... Da la sensación de que tienes que aprobar al menos una de las pruebas (si hay varias pruebas) o las oposiciones enteras (si no fuesen pruebas eliminatorias)
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Registro:06/Nov/2007~13:48
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« Respuesta #12 : 29/Sep/2011~20:50 » |
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no estoy siguiendo mucho este hilo, es que no lo entiendo muy bien. las proximas opo. son eliminatorias verdad? entonces....si no apruebas el primer exámen estás fuera o que''' esto no lo tienen claro ni ellos... Si apruebas, solamente la primera prueba... la calificación de este apartado del baremo, según Anexo I, de la orden 8 de junio de 2011, es el resultado de dividir la nota del examen aprobado entre el numero total de pruebas. Es decir, que si las oposiciones tiene dos partes, en la primera sacas un 8, y en la segunda sacas un 3... tu puntuación es 8/2 = 4. Os dejo lo que dice textualemnte 2. CALIFICACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN DEL AÑO DEL ÚLTIMO PROCEDIMIENTO SELECTIVO CONVOCADO EN LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA ANDALUZA (Hasta un máximo de 10 puntos)
Calificación de la prueba o pruebas superadas de la fase de oposición. En el supuesto de superar sólo una —de ser varias las previstas para la fase de oposición en el R.D. 276/2007, de 23 de febrero—, la calificación se dividirá por el núm. total de pruebas de dicha fase.Y sobre la puntuación para PERMANECER O ACCEDER a la lista, dice que tienes que conseguir un 5 según el baremo. Por tanto, podría darse perfectamente lo que dice la junta. Pero si leemos textualmente lo que dice el Anexo, que he puesto antes... Da la sensación de que tienes que aprobar al menos una de las pruebas (si hay varias pruebas) o las oposiciones enteras (si no fuesen pruebas eliminatorias) [/quotehola yo creo que ni ellos mismo saben como debe de hacerse,pues por un lado dice segun baremo y por otro una vez superada.deberian aprender a explicarse mejor ¿alguien lo sabe seguro si no es como dice la prensa? gracias
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