El acceso a las bolsas de interinos está regulado por el Decreto 311/2012 y el Decreto 302/2010, en el acceso ordinario y extraordinario respectivamente.
En la presente resolución provisional, se ha admintido provisionalmente a personal que no ha accedido a bolsa alguna de la comunidad autónoma de Andalucía por alguno de los procedimientos regulados en los decretos mencionados anteriormente. Sin embargo son cientos los que si pertenecen a las bolsas de interinos.
El que una de estas personas pueda ser llamada sin pertenecer a ninguna bolsa de interinos, va contra la normativa y vulnera el principio de igualdad, capacidad y mérito que la normativa regula en los decretos mencionados anteriormente. Una persona que no forma parte de una bolsa, no puede estar en una lista por delante de quien si forma parte de una bolsa.
La convocatoria urgente no puede en ningún caso, permitir que sean llamadas personas que no forman parte de las bolsas de interinos, y más cuando si hay personas que si pertenecen a alguna bolsa de interinos.
Solicito la aplicación de lo que establece la normativa, pues el carácter de urgencia no puede en ningún caso, ignorar las normas establecidas, y el derecho que estas establecen a quienes las cumplen, por lo que solamente pueden ser admintidos quienes formen parte de las bolsas de interinos.
Deberiamos todos pegarles esto a los de la junta en el enlace de la bolsa en facebook, que vean por lo menos que no estamos de acuerdo