El personal integrante de las bolsas de trabajo docentes del Cuerpo de Maestros de la Comunidad
Autónoma de Andalucía a la fecha de entrada en vigor de la presente Orden, vendrá obligado a participar en el
presente procedimiento selectivo, siempre que hubiese sido convocada la especialidad a la que esté adscrito
en la bolsa de trabajo, incluidas las de perfil bilingüe, y reúna los requisitos para ello, de conformidad con lo
establecido en el artículo 20 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, modificado por el Decreto 311/2012, de 26
de junio.
Será motivo de exclusión de las bolsas de trabajo no participar o no realizar al menos la primera prueba
del procedimiento selectivo, incluidas todas sus partes, así como no presentar la documentación requerida para
poder realizar en su totalidad cuantas actuaciones prevé dicho procedimiento, salvo los supuestos de fuerza
mayor apreciados por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.
En el caso de que dicho personal concurra a procedimientos selectivos convocados por otras
Administraciones educativas, se deberá aportar certificación del tribunal de haber realizado al menos la primera
prueba del procedimiento selectivo, incluidas todas sus partes, con anterioridad al 20 de julio de 2013, mediante
escrito dirigido a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.
Muchas gracias