Buenas,
Me gustaría saber si alguno de los interinos compatibiliza alguna actividad como autónomo mientras trabaja en educación.
Ahora, mientras espero mi momento para volver a las clases, he tenido que darme de alta para realizar otra actividad no relacionada con educación. He preguntado a la Junta y su respuesta es:
Buenas tardes, el artículo 16.4 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas, no permite el reconocimiento de compatibilidad al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complemento específico superior al 30% de sus retribuciones básicas.
Actualmente, según la información que facilita la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía, el personal docente a su servicio percibe un complemento específico que supera el límite previsto en el indicado artículo 16.4, por lo que no procedería el reconocimiento de compatibilidad para actividades privadas.Me resultaría muy absurdo tenerme que dar de baja de autónomo para poder dar clases, perder las bonificaciones y luego tener que volver a darme de alta cuando acabe la sustitución en educación.
A ver si alguien puede darme algo de luz.
Gracias