¡Hola! Yo me casé en diciembre del 21 y lo solicité un mes y medio antes aproximadamente y sin ningún tipo de problema.
Si tu pregunta es si puedes disfrutar del permiso ahora y no el curso que viene, creo que no se puede. Tiene que ser después de casarte pero tengo entendido que puedes disfrutarlo a lo largo de ese año.
Te dejo citado lo que viene en la circular.
c) Duración
Quince días naturales consecutivos, pudiéndose disfrutar de alguna de las siguientes formas:
• A partir del hecho causante (comprendiendo el día en que se celebre el matrimonio o se
constituya la pareja de hecho, considerando en este último supuesto el día de la notificación de
la resolución de inscripción en el registro o el día en que, de conformidad con lo regulado en el
articulo 19.4 del Decreto 35/2005, de 15 de febrero, que regula el Registro de Parejas de Hecho, se
deba entender estimada la solicitud al haber transcurrido el plazo de un mes sin recaer
resolución expresa).
• Dentro del año natural, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.
En el supuesto de diferirse el permiso a un período distinto posterior al de la celebración del matrimonio
o a la constitución de pareja de hecho, dentro del año natural correspondiente, las necesidades del
servicio no permitirán su disfrute cuando coincida, en todo o en parte, con las siguientes fechas:
• Los diez días lectivos inmediatamente anteriores y posteriores a las vacaciones del alumnado
de Navidad y Semana Santa.
• Los diez días lectivos inmediatamente anteriores a la finalización del régimen ordinario de clase
del mes de junio.
• El mes de septiembre.
Aquí la circular, página 25
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