Avanzad@
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« : 15/Mar/2013~19:51 » |
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Soy funcionaria de carrera y llevo varios años haciendo traducciones de forma voluntaria para distintas ONG's. Una empresa extranjera me ha ofrecido trabajo ocasional como freelance; es decir, traduciría algún que otro texto cada X meses (que puede ser un texto al mes, o uno cada dos o tres meses. Es decir, es una cosa muy puntual y que conllevaría pocas horas (obviamente lo haría los fines de semana, porque entre semana no tengo tiempo ni para respirar). ¿Habría algún problema? No me harían contrato ni nada, y lo que recibiría sería algo testimonial (10 o 15€ por texto...Vaya, que no pago ni "el interné" con eso), así que no sé...
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Expert@
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Registro:01/Jul/2008~14:10
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« Respuesta #1 : 16/Mar/2013~13:21 » |
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Si no hay contrato, ¿dónde ves el problema? Eso y ayudar a un amigo a traducir una revista es lo mismo.
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Moderador/a
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http://www.youtube.com/watch?v=N7P2ExRF3GQ
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« Respuesta #2 : 16/Mar/2013~14:17 » |
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El problema vendría si fuera una actividad que reportara una cierta cantidad (no podría decirte cuánto), o si te hacen contrato... que NO somos políticos para cobrar 40 sueldos a la vez... jajaja.
Además, ten en cuenta que siempre puedes recibir el dinero en otra Cuenta a nombre de tu pareja...
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FORTVNA AVDATES IVVAT
Un Buen Maestro es aquél que te dice Dónde mirar, pero NO lo que tienes que VER (A.K. Trenfor)
Al morir, tú NO te enteras, pero sufren quienes te rodean... lo mismo pasa si eres tonto...
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Pata Negra
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Registro:03/Mar/2012~02:07
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« Respuesta #3 : 18/Mar/2013~13:11 » |
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Soy funcionaria de carrera y llevo varios años haciendo traducciones de forma voluntaria para distintas ONG's. Una empresa extranjera me ha ofrecido trabajo ocasional como freelance; es decir, traduciría algún que otro texto cada X meses (que puede ser un texto al mes, o uno cada dos o tres meses. Es decir, es una cosa muy puntual y que conllevaría pocas horas (obviamente lo haría los fines de semana, porque entre semana no tengo tiempo ni para respirar). ¿Habría algún problema? No me harían contrato ni nada, y lo que recibiría sería algo testimonial (10 o 15€ por texto...Vaya, que no pago ni "el interné" con eso), así que no sé... Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas Artículo 11. p.1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1. 3, de la presente Ley, el personal comprendido en su ámbito de aplicación no podrá ejercer, por sí o mediante sustitución, actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sean por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de entidades o particulares que se relacionen directamente con las que desarrolle el departamento, organismo o entidad donde estuviera destinado.Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhttp://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1985-151 Pero el caso que comentas y la cantidad testimonial que has dicho perfectamente puede colar aplicándole el artículo 11 apartado (e) de la Ley 7/2001, de 12 de julio, del Voluntariado que dice: por parte de la entidad responsable de los programas, les sean reembolsados los gastos que pudieran derivarse del desempeño de sus actividades, siempre que hayan sido previamente autorizados por la misma. Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhttp://www.juntadeandalucia.es/boja/2001/84/1 Aún así, si esa es la retribución, no supera los límites establecidos dentro de ley de incompatibilidades, por lo que si quieres dejarlo todo bien atado solicita la compatibilidad. Suerte!!
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"No confundas mi personalidad con mi actitud, mi personalidad es quién soy yo, mi actitud, depende de quién seas tú". "El tiempo pone a cada uno en su sitio... y cada cual paga o recibe lo que dió o recibió".
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Avanzad@
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Registro:16/Oct/2012~12:26
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« Respuesta #4 : 19/Mar/2013~17:41 » |
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Eso está vigente alfonsocafeino? .Yo creo que sí se pueden tener actividades privadas, para muestra un botón:se puede ser preparador en una academia de oposiciones de forma legal.
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Avanzad@
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Registro:16/Oct/2012~12:26
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« Respuesta #5 : 19/Mar/2013~17:57 » |
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Eso está vigente alfonsocafeino? .Yo creo que sí se pueden tener actividades privadas, para muestra un botón:se puede ser preparador en una academia de oposiciones de forma legal.
Mira aqui Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or LoginDECRETO 524/2008, de 16 de diciembre, por el que se regulan las competencias y el procedimiento en materia de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y del Sector Publico Andaluz
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Pata Negra
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Registro:03/Mar/2012~02:07
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« Respuesta #6 : 19/Mar/2013~19:31 » |
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Eso está vigente alfonsocafeino? .Yo creo que sí se pueden tener actividades privadas, para muestra un botón:se puede ser preparador en una academia de oposiciones de forma legal.
Si sigues mirando la normativa verás que hay excepciones en las que se pueden compatibilizar trabajos en empresas privadas pero sin superar un tanto por ciento del sueldo y demás... Para los docentes las actividades de formaciónd el profesorado no son incompatibles, aunque están limitadas a un número de horas al mes. Los profesores son funcionarios del estado, no autonómicos, la normativa que me has referido pertenece a entre otros al personal sanitarío, los cuales SÍ son trabajadores autonómicos y digo trabajadores autonómicos porque excepto en rarísimas ocasiones no son funcionarios de carrera del estado como si son los docentes.
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Avanzad@
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Registro:16/Oct/2012~12:26
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« Respuesta #7 : 19/Mar/2013~23:46 » |
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Eso está vigente alfonsocafeino? .Yo creo que sí se pueden tener actividades privadas, para muestra un botón:se puede ser preparador en una academia de oposiciones de forma legal.
Si sigues mirando la normativa verás que hay excepciones en las que se pueden compatibilizar trabajos en empresas privadas pero sin superar un tanto por ciento del sueldo y demás... Para los docentes las actividades de formaciónd el profesorado no son incompatibles, aunque están limitadas a un número de horas al mes. Los profesores son funcionarios del estado, no autonómicos, la normativa que me has referido pertenece a entre otros al personal sanitarío, los cuales SÍ son trabajadores autonómicos y digo trabajadores autonómicos porque excepto en rarísimas ocasiones no son funcionarios de carrera del estado como si son los docentes. No se...pero en el artículo 2 de ambito de aplicacion punto d) dice:d) El personal docente y sanitario al servicio de la Administraciónde la Junta de Andalucía,.El enlace es de Adideandalucia.
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Pata Negra
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Registro:03/Mar/2012~02:07
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« Respuesta #8 : 20/Mar/2013~00:30 » |
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Eso está vigente alfonsocafeino? .Yo creo que sí se pueden tener actividades privadas, para muestra un botón:se puede ser preparador en una academia de oposiciones de forma legal.
Si sigues mirando la normativa verás que hay excepciones en las que se pueden compatibilizar trabajos en empresas privadas pero sin superar un tanto por ciento del sueldo y demás... Para los docentes las actividades de formaciónd el profesorado no son incompatibles, aunque están limitadas a un número de horas al mes. Los profesores son funcionarios del estado, no autonómicos, la normativa que me has referido pertenece a entre otros al personal sanitarío, los cuales SÍ son trabajadores autonómicos y digo trabajadores autonómicos porque excepto en rarísimas ocasiones no son funcionarios de carrera del estado como si son los docentes. No se...pero en el artículo 2 de ambito de aplicacion punto d) dice:d) El personal docente y sanitario al servicio de la Administraciónde la Junta de Andalucía,.El enlace es de Adideandalucia. Y según el Artículo 3 Autorización o reconocimiento de compatibilidad. dice:
El ejercicio de una segunda actividad pública o privada requerirá, con carácter previo a su inicio, autorización o reconocimiento de compatibilidad por el órgano competente, SALVO las actividades exceptuadas del régimen de incompatibilidades en el artículo 19 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones PúblicasLos trabajadores sanitarios desde el gerente del hospital hasta el jardinero no son funcionarios del estado, salvo excepciones de personal que accedió a su puesto antes de transferir las competencias sanitarias y de personal a las ccaa allá por el ya lejano año 2000. Aún así, los funcionarios del estado que duda cabe que también se rigen por normativa de la ccaa dónde desempeñan su trabajo, siendo en ocasiones complementaria, aunque en ocasiones como en esta que nos atañe en Andalucía y para variar o aparentar que legislan, copien y peguen la normativa estatal en la autonómica.
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Avanzad@
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« Respuesta #9 : 21/Mar/2013~20:49 » |
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Mira, me da igual, no es un tema que me preocupe,pero somos personal docente al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.
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Pata Negra
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Registro:03/Mar/2012~02:07
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« Respuesta #10 : 21/Mar/2013~23:42 » |
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Mira, me da igual, no es un tema que me preocupe,pero somos personal docente al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por supuesto, y funcionarios del estado, cosa que los sanitarios no son.
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Nuev@
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« Respuesta #11 : 10/Sep/2019~15:23 » |
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Soy funcionaria de carrera y llevo varios años haciendo traducciones de forma voluntaria para distintas ONG's. Una empresa extranjera me ha ofrecido trabajo ocasional como freelance; es decir, traduciría algún que otro texto cada X meses (que puede ser un texto al mes, o uno cada dos o tres meses. Es decir, es una cosa muy puntual y que conllevaría pocas horas (obviamente lo haría los fines de semana, porque entre semana no tengo tiempo ni para respirar). ¿Habría algún problema? No me harían contrato ni nada, y lo que recibiría sería algo testimonial (10 o 15€ por texto...Vaya, que no pago ni "el interné" con eso), así que no sé... En realidad no habría ningún problema, lo único que tienes que tener cuidado con que se te respeten tus derechos como trabajador y no hagan la pirula como falso autónomo. Puedes leer mas aquí Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhttps://laboralclic.com/demostrar-falso-autonomo-guia/ Y por supuesto, teniendo en cuenta todas las circunstancias de incompatibilidades. Espero que te resulte interesante Un abrazo
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