Desde que te comunican (notifican) la adjudicación de una sustitución, tienes un plazo de 48 horas para la incorporación.
En ese tiempo supongo que puedes recuperarte lo suficiente como para no tener que renunciar en ese momento a la oferta de plaza.
Aún así, si estás enferma te puedes acoger a:
(Orden de 11 de junio de 2013, por la que se modifica la de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal.).
Artículo 14. Excepciones a la exclusión de las bolsas de trabajo.
c) Alegar, por una sola vez en cada curso académico, imposibilidad de acceder al puesto por enfermedad o accidente, en el momento de la oferta.
Artículo 15. Efectos de las excepciones a las exclusiones de las bolsas.
1. Las personas a que se refiere el artículo 14 permanecerán en las bolsas de trabajo en la situación de no disponibles. Quienes se encuentren afectados por las situaciones recogidas en los párrafos a), b), c), e) y h) de dicho artículo no podrán obtener destino ni realizar sustituciones mientras persistan las circunstancias a que se refieren los mismos. en los demás supuestos de dicho artículo, no se podrá obtener destino ni realizar sustituciones durante el curso académico correspondiente.
La situación a que se refiere el párrafo c) podrá alegarse una única vez durante un curso académico. Las personas en quienes se den las circunstancias de los párrafos b) y c) justificarán el cese de la situación mediante la presentación, respectivamente, de una declaración responsable de haber finalizado el período correspondiente o del alta médica.
Es decir, que cuando tuvieses el informe médico de estar recuperada podrías volver a optar en lista a ser llamada, pero no que necesariamente te vayan a ofertar algo, sino que no eres excluida de la bolsa....
Casi que mejor apurar las 48 horas.....
y no perder oportunidades...(salvo casos extremos, entiendo yo.)
Saludos, suerte y a ponerse bien¡¡