Lo mismo que ha hecho Griñán con el personal de las Agencias y otros entes.
Y el caso es que no me parece mal ni en un caso ni en el otro....si se plantea algún proceso selectivo abierto a todo el mundo.
Lo de Galicia no es lo mismo pero ni de lejos........
No es lo mismo funcionarizar a personal laboral fijo, que ya pasó una oposición para ocupar su puesto, sin entrevistas personales de por medio como prueba calificadora determinante para el puesto...., a lo que querían hacer en Andalucía y el TSJA una y otra vez para.
Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or
Loginhttp://plataformaaguapublica.blogspot.com.es/
___________________________________
FUENTE: Foro Plataforma de empleados públicos de Andalucía
Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or
Loginhttp://plataformaguapublica.creacionforo.com/t421-reordenacion-sector-publico-galicia-pp-vs-reordenacion-sector-publico-andalucia-psoe?highlight=galicia+vs
Analicemos los artículos de la discordia y la manipulación en la que acusan al PP de Galicia de utilizar el decreto de reordenación para funcionarizar laborales sin oposición y enchufar libremente, todo ello veremos a continuación como es falso:
Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or
Loginhttp://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ga-l15-2010.html
Y LO PEOR DE TODO, LO MAS MANUPULATIVO, Y PODRIDO ES QUE Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico EN SU FAMOSA Disposición adicional undécima dice:
Integración del personal laboral
El Consejo de la Xunta de Galicia, mediante decreto, podrá establecer los procedimientos que habiliten la
progresiva integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de las entidades instrumentales a las que sea de aplicación la presente ley que no se encuentre sometido a la normativa general de función pública o al convenio colectivo del personal de la Xunta de Galicia.
El establecimiento de dichos procedimientos y condiciones de integración será negociado con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Empleados Públicos.
La integración del personal de las entidades instrumentales del ámbito sanitario se regirá por su normativa específica.
Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or
Loginhttp://www.lexureditorial.com/boe/1102/02544.htm
Como vemos, o podemos leer los laborales FIJOS pasan como laborales de un ente a otro y lo mas importante: QUE NO SE ENCUENTREN SOMETIDOS A NORMATIVA DE FUNCIONARIOS O AL CONVENIO COLECTIVO, es decir,
mantienen su misma situación administrativa incluso laboral sin afectar a los funcionarios por ello y
con la misma condición de origen y destino.
Lo otro mas ruín, si cabe, es en el Art. 32 la "Disposición adicional vigésimoprimera". Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or
Loginhttp://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ga-l15-2010.html
"
El personal laboral fijo que esté desempeñando puestos de trabajo o realice funciones de personal funcionario, y que así se determine en las relaciones de puestos de trabajo que serán aprobadas por el Consejo de la Xunta, previa valoración, clasificación y determinación, será objeto del correspondiente proceso selectivo de promoción interna, convocado de forma independiente a los procesos selectivos de libre concurrencia en aquellos cuerpos de la Administración de la Xunta de Galicia a los que figuren adscritos las funciones o los puestos que desempeñen.
Este personal deberá poseer la titulación necesaria y reunir los restantes requisitos exigidos. A estos efectos se valorarán como mérito los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo y las pruebas selectivas superadas para acceder a esta condición.
Al personal que supere este proceso selectivo se le adjudicará destino en el mismo puesto que venía desempeñando con carácter definitivo, y adquirirá la condición de personal funcionario de carrera."
Para el que tenga lectura comprensiva, supongo que no necesita de mas explicación, salvo ésta, por si acaso, como he subrayado, en Galicia habalmos de personal laboral fijo aquel que HA SUPERADO UNA OPOSICIÓN para poder serlo, no como aquí en andalucía que ocurre que hay personal laboral sin oposición.
Si lo comparamos con el decretazo andaluz, ¿dónde esta la oposición restringida para la adquisición de la condición de funcionario con su consecuente exigencia de TITULACIÓN y en concurso de méritos?,
Así que queda mas que mostrado que como en Andalucía nada de nada…
Pero no es esto lo mas escandaloso… es que allí en Galicia… no se habla para nada de que los funcionarios deban pedir excedencias para convertirse en personal laboral, con las consecuencias económicas que eso conlleva, amén de perder derechos laborales por ello y la creación de convenios colectivos nuevos que nadie conoce y se deberían de conocer ante de integrase en algo nuevo.
Además, aunque en Galicia mañana hasta el mendigo de la puerta de la iglesia lo hicieran funcionario… ¿a mí que me importa? Yo no soy gallego por suerte o por desgracia… yo soy Andaluz y lo que me afecta es lo que pasa aquí en Andalucía y lo que pasa aquí en Andalucía…
…¿Hace falta lo repita?...
…Termino como empecé… esto me da miedo, pero siguo creyendo en las 50.000 personas manifestadas.
¡¡¡POR FAVOR BASTA DE MANIPULACIONES Y MENTIRAS!!! ¡¡¡BASTA YA!!!! ¡¡¡¡BASTA DE DECIR QUE EN GALICIA EL PP HACE LO QUE AQUÍ CRITICA!!!!Si los del PSOE y sus sindicatos verticales o PP se creen que no nos leemos las leyes o nos creemos lo primero que nos escriben en los periódicos sin pruebas o citas para su comprobación... van listos... así han hecho con la educación lo que han hecho, pobres hijos de la LOGSE y LOE, pobrecitos... cuanta mas analfabeta la población mejor para vosotros... ¿Verdad?...
__________________________________________________________
Además... este es el Decreto Legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley de la función pública de Galicia:
Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or
Loginhttp://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ga-dleg1-2008.html
Cualquier cosa haría ahora mismo porque se sustituya la que tenemos aquí por esta, y ATENCIÓN... es del 2008 y gobernaba el PSOE en Galicia por aquellos entonces... la pregunta sería ¿no merecemos del PSOE de Andalucía lo que legislan en otras cumunidades?...
En fin...
Ley de la Función Pública de Galicia:
Capítulo III
Función pública
Artículo 20
Selección del personal laboral
Se modifica el punto 2 del artículo 10 del texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, que queda redactado como sigue:
"2.
La selección del personal laboral se efectuará de acuerdo con la oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de oposición, de concurso o de concurso-oposición libre, en la que se garanticen, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 1 del artículo 37 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, para la igualdad de mujeres y hombres.
Cuando el sistema de acceso sea el de concurso, en las convocatorias se establecerá una puntuación mínima para superarlo. En ningún caso el número de seleccionados podrá exceder el número de plazas convocadas."
Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or
Loginhttp://www.lexureditorial.com/boe/1102/02546-9.htm
________________________________________________________________________
Aquí en Andalucía hay 3 tipos de trabajadores ligados a la administración pública:
Funcionarios - Interinos - Personal laboral (todos ellos con al menos una prueba de acceso público (oposición) realizada, los primeros y los últimos con plaza y los segundos sin ella.
Y después tenemos el resto de trabajadores, entre ellos mas personal laboral PERO SIN NINGUNA OPOSICIÓN SUPERADA que trabajan para las empresas, agencias y fundaciones PUBLICO-CONCERTADO-PRIVADAS, y que no son funcionarios o interinos por que nunca han participado en un proceso selectivo público para el desempeñe de su puesto de trabajo, o si han participado pero o no lo han superado o la calificación ni les ha dado la plaza ni trabajo temporal en interinidad. Éstos son los que muchísimos de ellos han sido colocados a dedo por el partido o el sindicato, otros como es lógico no.
El decreto digamos que viene a reunirlo todo, nadie esta en contra de eso, de lo que si se está en contra es de tener que hacer a los funcionarios o laborales con condición obtenida por oposición, colocarlos al mismo nivel de los que no la superaron, con lo que esto conlleva, ¿que es?:
1º Pérdida económica (Tabla salarial de laboral al funcionario en excedencia)
2º Pérdida de condiciones y derechos la borales (desaparición de VI convenio para la aparición de otro que no se conoce y no se cree mejore el anterior)
Los que queremos la derogación del decreto, no queremos que se despida a nadie, ni que no se mejoren las condiciones de los que no superaron una oposición sea del grupo A1 al C2 pero como mínimo, QUE TAMPOCO EMPEOREN LAS DE LOS TRABAJADORES QUE OBTUVIERON SU TRABAJO POR OPOSICIÓN.
Debe de quedar claro de una vez, que se puede reorganizar a todos los trabajadores, pero... para reorganizar a unos que no se perjudique a otros, y ya de paso tomar como ejemplo a la Xunta de Galicia, donde ellos sí van a mejorar a unos trabajadores sin perjudicar a otros, convocando oposiciones restringidas para interinos y otro tipo de trabajadores.¿Aquí en andalucía se van a convocar oposiciones restringidas o libres para los empleados y opositores de la comunidad andaluza?
¿Porque los sindicatos y especialmente UGT (sindicato mayoriatario de no-funcionarios) no se preocupan mueven y manifiestan, (como si lo hacen en educación...) ¿son mas los maestros? para que se convoquen oposiciones?¿Porque tanta manipulación?
¿Porque no se convocaron oposiciones restringidas por un lado y libres por otro y se pone fin a la administración concertado-privada que nos rige donde se coloca a la gente que se quiere (no a toda) por amiguismo, favoritismo o familiaridad?
¿Porque se debe mantener una administración pública donde la gente NO entre a trabajar por oposición o bolsa de trabajo regida por meritocracia?
Y lo que es peor... ¿porque se tiene que perjudicar económica y condicional-laboralmente a los trabajadores que superaron una oposición con plaza para que todo siga exactamente igual, porque aunque se creen ente o entes nuevos se sigue dando trabajo sin la transparecia, libertad y garantía de profesionalidad que supone un proceso selectivo público?
____________________________________________
Aunque todo lo anterior sea de febrero de 2011, y se esté hablando de una nueva normativa, todo va a ser mas de lo mismo, Galicia ya reordenó su sector públco en 2010 y es el mas saneado de España.