¿Como lo interpretais compañeros?
1 de octubre 2012 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 192 página 21
Artículo 31. Oferta de empleo público.
A excepción de los procesos de promoción interna, se suspende la ejecución de las ofertas de empleo
público vigentes cuyas convocatorias no hayan sido publicadas a la entrada en vigor del Decreto-ley 1/2012, de
19 de junio.
Te explico así por encima...
La Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía.Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or
Loginhttp://www.juntadeandalucia.es/boja/2012/192/1
es una modificación y ampliación del
Decreto-LEY 1/2012, de 19 de junio, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de AndalucíaSólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or
Loginhttps://docs.google.com/viewer?a=v&q=cache:elOwFoF1ciMJ:www.juntadeandalucia.es/eboja/2012/122/BOJA12-122-00014-11216-01_00009593.pdf+Decreto-LEY+1/2012,+de+19+de+junio&hl=es&gl=es&pid=bl&srcid=ADGEESjWyJ7nK3yOoq1pNuHbmdbYPbam3qxijW_oRzNRCk3OYKD1NzYez6Lw_4WiVb2bUFAbV7xIG6lgxqyrNjVO5xN11e5gu5s7KXijawn_oiPMPHjNI6bo7MGws9uqyEfAl4UqU3qN&sig=AHIEtbRL4QOLQgdEaqnAU0a2uvQI3S6Xmg
Así es como funcionan en Andalucía...
...tomaron unos acuerdos posteriores a la publicación de la primera ley y tuvieron que corregir las chapuzas a las que nos tienen acostumbrados y plasmarlo normativamente.
Si cualquiera lee la ley 3/2012 puede alucinar al no saber que está reflejando ni a que obedece su articulado diverso y no consecutivo, y la explicación es esa, son modificaciones y ampliaciones de una ley anterior, por ejemplo,
el artículo que nos preocupa en la ley 1/2012 aparecía en el número 34, ahora en la ley 3/2012, la que recoge las modificaciones y ampliaciones es el 31, diciéndo exactamente lo mismo que en la primera, ¿por qué ocurre esto?, seguramente para seguir contribuyendo desde la Junta al cacao y desinformación en el que le gusta moverse para coger a la gente desprevenida y hacer lo que les da la gana.
La realidad, es que las oposiciones en educación pueden convocarse siempre que las CCAA quieran con el único límite de la tasa de reposición.