A LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
D. , mayor de edad, con D.N.I. nº , con domicilio en la calle de provincia de , designando el mismo a efectos de notificaciones, actuando en nombre y derecho propio y en condición de interesado en el Procedimiento de Adjudicación de Destinos al Personal del Cuerpo de Maestros para el curso 2012/2013, COMPAREZCO y como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que mediante Resolución de 17 de julio de 2012 de esa Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, notificada mediante publicación en la dirección electrónica de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ese mismo día, se acuerda la adjudicación provisional de los destinos provisionales al personal del Cuerpo de Maestros para el curso 2012/2013.
Que mediante Resolución de 30 de julio de 2012, de esa Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, notificada mediante publicación en la dirección electrónica de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ese mismo día, se acuerda la adjudicación definitiva de los destinos provisionales al personal del Cuerpo de Maestros para el curso 2012/2013, poniendo fin a la vía administrativa.
Que mediante el presente escrito, vengo a interponer RECURSO DE REPOSICIÓN previo al recurso contencioso administrativo, en tiempo y forma, contra dicha resolución, y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con base en las siguientes ALEGACIONES:
PRIMERA.- Que tras la Resolución de 30 de julio de 2012 por la que se publican la adjudicación definitiva de los destinos provisionales al personal del Cuerpo de Maestros para el curso 2012/2013 se puede constatar que aparecen con adjudicación de vacantes, personas de mi misma bolsa con menos tiempo de servicio que yo, cuando el tiempo de servicio es el criterio principal en la adjudicación de destinos para el personal interino.
Que en la Resolución de 17 de julio de 2012 por la que se publican la adjudicación provisional de dichos destinos, no podía constatarse dicha anomalía, por lo que al haberlo podido constatar tras la resolución de adjudicación definitiva de puestos, me encuentro en una situación de indefensión clara, tras agotarse en la misma la vía administrativa.
SEGUNDA.- Con fecha 25 de junio de 2012 procedí a cumplimentar la solicitud para participar en el procedimiento objeto de este recurso, a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, publicada en el portal web de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, siguiendo las instrucciones que en dicha aplicación se incluían.
Para proceder a rellenar el apartado 3 “PUESTOS ORDINARIOS Y ESPECÍFICOS” de la solicitud de destino provisional, las únicas instrucciones que aparecen para indicar el código puesto es de forma literal “(ver base tercera)”.
La base tercera de la convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente, para el curso académico 2012/2013, de forma literal establece:
“Tercera. Petición de destino y prioridad en la adjudicación.
1. Petición de destino.
1.1. El personal que participe en este procedimiento podrá solicitar hasta un máximo de 120 peticiones a centros, localidades o servicios educativos, mediante la cumplimentación del formulario correspondiente al Anexo (I o II ) que proceda.
1.2. La petición de localidad o provincia incluye todos los centros de las mismas y la adjudicación se realizará por el orden alfabético de las localidades, de solicitarse provincia, o según el código numérico de los centros, ordenados de menor a mayor, en el caso de las localidades. No obstante, para todos los puestos de los centros relacionados en el Anexo V no regirá el principio anterior, debiendo solicitarse expresamente tales códigos de centros en la solicitud correspondiente.
Los códigos de las provincias son los siguientes: Almería: 04; Cádiz: 11; Córdoba: 14; Granada: 18; Huelva: 21; Jaén: 23; Málaga: 29; Sevilla: 41.
De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 24 de mayo de 2011, los códigos de los puestos que se consignen serán determinantes. Cuando éstos se consignen sin atender las instrucciones de la solicitud o el formulario asociado a la misma a que se refiere el apartado 1 de la base segunda de forma que resulten ilegibles, estén incompletos o los datos no figuren en las casillas correspondientes, se considerarán no incluidos en la petición.
1.3. La petición de destino tendrá validez para el curso académico 2012/2013.
2. Prioridad en la adjudicación.
2.1. La prioridad en la adjudicación de destino vendrá dada según el orden en que va relacionado el personal participante en la base primera, por el orden de las peticiones y de acuerdo con los criterios establecidos para cada colectivo.
2.2. No obstante, en los supuestos de comisiones de servicio por razones de salud del profesorado catalogadas como muy graves, de conformidad con el artículo 8.5 de la Orden de 24 de mayo de 2011, el orden de adjudicación de destinos será el inmediatamente anterior al establecido para el personal funcionario del colectivo 1.6.
3. Preferencia.
3.1. Para la adjudicación de los destinos tiene preferencia el centro, localidad o servicio educativo solicitados sobre la especialidad, salvo que en la base correspondiente se indique otro extremo para determinados colectivos.
3.2. Asimismo, para la adjudicación de centros y puestos con requisitos específicos relacionados en los Anexos V y VI, cualquiera que sea el colectivo por el que se participa, tendrá preferencia el puesto específico bilingüe sobre otros puestos específicos y éstos sobre los puestos ordinarios, en cada centro.
En el supuesto de solicitarse más de un puesto, y salvando lo establecido en el párrafo anterior, la prioridad vendrá dada por el orden en que dichos puestos figuran en la solicitud.
4. Validación de puestos solicitados.
La Administración educativa comprobará que cada participante cumple los requisitos para el desempeño de los puestos solicitados, invalidándose aquellos para los que no se reúnan.”
Vista y leída dicha base no se hace referencia alguna al código o códigos a consignar, por lo que tras las pertinentes consultas en la Delegación Provincial de Córdoba, se me informa tanto por teléfono como personalmente que el código a consignar debía ser el código de la bolsa a la que pertenezco; siendo por otra parte lógico, tras haber estado consignando el mismo código durante todas las convocatorias a las que me he presentado a lo largo de estos años.
Creo que estas indicaciones erróneas y la falta de información en dicha base y en la aplicación informática, han motivado que en mi solicitud haya indicado un código por el cual no he sido adjudicatario de vacante alguna, dando lugar a que otras personas con menor tiempo de servicio que yo, y puede que con otra información adecuada y correcta, hayan resultado adjudicatarias de una vacante, llegándose incluso a dar el caso de una persona con 25 días de tiempo de servicio haya sido adjudicataria de una vacante, en su petición cuarta, y yo con años, meses y días, habiendo solicitado los 120 destinos y las provincias para vacantes no he sido adjudicatario de ningún destino. He podido constatar por medio de las listas, tanto de las bolsas como de los destinos definitivos que aparecen en las distintas resoluciones, que el mío no resulta un caso aislado, ya que puede comprobarse que son muchas las personas aspirantes a vacantes que se encuentran en mi misma situación. Se adjunta a este recurso un listado de personas con menor tiempo que yo y que han sido adjudicatarias de una vacante.
En virtud de lo expuesto, SUPLICO A VI: Que teniendo por presentado este escrito, junto con el documento que se acompaña, acuerde tener por interpuesto RECURSO DE REPOSICIÓN contra la Resolución de 30 de julio de 2012, de esa Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se acuerda la adjudicación definitiva de los destinos provisionales al personal del Cuerpo de Maestros para el curso 2012/2013, y tras los trámites oportunos, resuelva estimando el presente recurso de reposición declarando que procede mi adjudicación de una vacante para el Cuerpo de Maestros para el curso 2012/2013.
Por ser de justicia que pido en a de agosto de dos mil doce.