Eso no lo pueden hacer. Un trabajador es considerado abusado si encadena contratos sin que haya un vacío entre uno y el siguiente.
En educación te dan de alta el 1 de septiembre, te dan de baja el 31 de agosto y el 1 de septiembre vuelven a darte de alta.
Y sigues trabajando para la misma administración y cubriendo vacantes estructurales, no vacantes por necesidad como una baja por enfermedad, fallecimiento durante el curso....que es por lo que se creó la figura del interino.Las vacantes estructurales son puestos de trabajo sin titularidad que la administración no ha sacado a concurso oposición porque les era más rentable cubrirlas con interinos.
Ej: cuando se introdujo en Andalucía la segunda lengua extranjera, en francés, por ejemplo, solo sacaron 100 plazas a concurso cuando necesitaban muchos más trabajadores. Cubriendo el resto con interinos que a día de hoy han encadenado más de tres contratos sin interrupción.Esas vacantes son estructurales porque no tenían titular al ser de nueva creación. Y con el resto de especialidades pasará algo similar.
Y así lo han reconocido ellos mismos, al decir que son las VACANTES las que están en fraude de ley y no las personas que las ocupan. Al querer esquivar la ley han caído en su propia trampa, pues con esta manifestación admiten que son vacantes estructurales sin titularidad y no vacantes por picos de trabajo o necesidades concretas.
En resumen: un interino que ha encadenado 3 contratos seguidos para cubrir vacantes estructurales, es un trabajador en fraude de ley.
Toda la razón con esa explicación.En educación te dan de alta el 1 de septiembre, te dan de baja el 31 de agosto y el 1 de septiembre vuelven a darte de alta.
Y sigues trabajando para la misma administración y cubriendo vacantes estructurales, no vacantes por necesidad como una baja por enfermedad, fallecimiento durante el curso....que es por lo que se creó la figura del interino.Las vacantes estructurales son puestos de trabajo sin titularidad que la administración no ha sacado a concurso oposición porque les era más rentable cubrirlas con interinos.
Ej: cuando se introdujo en Andalucía la segunda lengua extranjera, en francés, por ejemplo, solo sacaron 100 plazas a concurso cuando necesitaban muchos más trabajadores. Cubriendo el resto con interinos que a día de hoy han encadenado más de tres contratos sin interrupción.Esas vacantes son estructurales porque no tenían titular al ser de nueva creación. Y con el resto de especialidades pasará algo similar.
Y así lo han reconocido ellos mismos, al decir que son las VACANTES las que están en fraude de ley y no las personas que las ocupan. Al querer esquivar la ley han caído en su propia trampa, pues con esta manifestación admiten que son vacantes estructurales sin titularidad y no vacantes por picos de trabajo o necesidades concretas.
En resumen: un interino que ha encadenado 3 contratos seguidos para cubrir vacantes estructurales, es un trabajador en fraude de ley.


