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FORO MAESTROS Y PROFESORES => Foro General-maestros25.com => Mensaje iniciado por: Markus_33 en 04/Jun/2019~08:53

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Título: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: Markus_33 en 04/Jun/2019~08:53
Hola!Me ha tocado ser suplente y tengo una prima que se presenta por otra especialidad diferente a la mía. ¿Puedo alegar algo? En caso de que sí...¿Cómo debería proceder? Gracias!


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: eseyop en 04/Jun/2019~09:14
Cuando te llame el presidente o presidenta del tribunal se lo comentas y ya te dirá como proceder. Lo normal sería pedirte algo que acredite que se presenta a las oposciones, un pantallazo de estar admitida valdría. Y para justificar el parentesco necesitarías los libros de familia o algo así...


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: Ensaladilla en 04/Jun/2019~13:52
Si es otra especialidad diferente no te vas a librar.


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: Markus_33 en 04/Jun/2019~19:50
Gracias!!! Había que intentarlo javascript:void(0);


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: teacherita en 05/Jun/2019~06:13
Exacto, estarias exento si fuera de la misma especialidad que tu.


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: eseyop en 05/Jun/2019~08:31
Perdonad que os corrija, pero yo hace 2 años fui vocal titular y me libre por tener un familiar que se presentaba y era una especialidad distinta a la mía. El presidente nos Leyó las causas de recusación y entre otras estaba esa. Decía que daba igual la especialidad e incluso que se presentara en una provincia diferente.

Así que hasta que no se lo comentes no saldrás de dudas.


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: Ensaladilla en 05/Jun/2019~08:54
Perdonad que os corrija, pero yo hace 2 años fui vocal titular y me libre por tener un familiar que se presentaba y era una especialidad distinta a la mía. El presidente nos Leyó las causas de recusación y entre otras estaba esa. Decía que daba igual la especialidad e incluso que se presentara en una provincia diferente.

Así que hasta que no se lo comentes no saldrás de dudas.

Depende del caso, porque yo conozco uno que pasó justo al contrario.


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: eseyop en 05/Jun/2019~13:54
Pues eso sí que me parece mal. Lo menos que podrían hacer es tener las cosas claras y que se actúe de igual forma en todos los tribunales. Ya tenemos un sistema subjetivo como para encima no tener unas normas claras.

En fin, que haya suerte!


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: rasoga en 06/Jun/2019~13:53
No es justo que el tema de la elección de tribunales sea tan oscura. No entiendo por qué en un tribunal es motivo de exclusión el tener un hij@ opositando en cualquier especialidad y en otro si tu hij@ no se examina de la especialidad en la que tú has sido convocado debes permanecer en el tribunal.

Imagino que no seré el único al que le está pasando esto, pero deberían unificar criterios, sea cual sea el tribunal, especialidad o la provincia.


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: maestrxfeliz en 06/Jun/2019~14:46
Han unificado criterios. Es motivo de abstención siempre q oposite por la MISMA ESPECIALIDAD.


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: OPI en 06/Jun/2019~18:34
Buenas tardes, la ley 40/2015, básica de procedimiento administrativo, dice que tener un vínculo de consanguinidad hasta cuarto grado y que intervengan en el mismo procedimiento selectivo, sería causa para no ser nombrado tribunal. Entiendo que no se tiene en cuenta si es de una especialidad u otra, o si cae en un tribunal u otro, ¿sabéis si en algún sitio viene recogido algo más al respecto...?


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: marisolreva en 06/Jun/2019~21:20
Pues mi marido ha sido nombrado suplente de presidente y en las normas que le han dado solamente viene que te libras en caso de ser familia como han dicho anteriormente ,hasta cuarto grado y que se presente por la misma especialidad en la que tú estés


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: eseyop en 06/Jun/2019~22:21
Es un cachondeo se coja por donde se coja. Tengo un amigo que lo han citado a través de un grupo de whatsapp abierto por el presidente del tribunal con todos los vocales y lo hizo casi a las 12 de la noche. Y encima los citan un día por la tarde fuera del horario laboral.

Me parece que nos son las formas correctas de proceder. Si queremos que se nos tome en serio las cosas deben cambiar. Y debemos ser nosotros mismos los que nos plantemos, pero no hay gremio menos corporativo que el nuestro. Una pena.


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: Markus_33 en 06/Jun/2019~22:40
Tengo que decir que tanto el presidente de mi tribunal como mi sindicato, me han dicho que no puedo alegar nada si no se presenta por la misma especialidad tal como me temía


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: maestrxfeliz en 06/Jun/2019~22:47
Es un cachondeo se coja por donde se coja. Tengo un amigo que lo han citado a través de un grupo de whatsapp abierto por el presidente del tribunal con todos los vocales y lo hizo casi a las 12 de la noche. Y encima los citan un día por la tarde fuera del horario laboral.

Me parece que nos son las formas correctas de proceder. Si queremos que se nos tome en serio las cosas deben cambiar. Y debemos ser nosotros mismos los que nos plantemos, pero no hay gremio menos corporativo que el nuestro. Una pena.

Perdona que dude pero no puede ser verdad. El ACTO de Constitución de Tribunales se hace de.forma colegiada, en donde Consejería y tu delegacion pertinwnte te haya citado. Teniendo q firmar todos los presentes y, en csaso de abstenciones por tema médico, con el.Visto bueno de la.asesoria medica que entre los dias 17/18 y 19 de junio (dia en q se constituywn tribunales) estarán presentes.

Los horarios de citaciones no proceden si no es a las 9 11 o 13 horas y en los dias antes reseñados.

Por otro lado, se debe contactar por teléfono y correo electrónico.  Claro está que hay presidentes q llaman a sus vocales y no les cojen, pero SI leen mensajes en whatssup, por lo q a nivel telefónico ya quedaría notificado. Aun así, digale a sulas amigo que es obligstoriat la citación por correo electrónico

O le han tomado el pelo... o su amigo se ha confundido.


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: eseyop en 06/Jun/2019~23:04
Aquí en Andalucía no cita la consejeria ni la delegación, lo hace el presidente del tribunal. Al menos por lo que tengo entendido y por mi propia experiencia. No sé si lo harán igual en todas las provincias, hablo de la que conozco.
Los han citado por whatsapp para reunirse y constituir la mesa en dicha reunión, no que la hayan constituido por whatsapp. Una cosa es por tlf (vía llamada) y otra muy distinta es hacerlo en un grupo donde se incumple la ley de protección de datos. Es más, considero que la citación debe hacerse en horario laboral y a través del centro de cada uno, no a través del teléfono personal y mucho menos creando un grupo de whatsapp sin el consentimiento de las personas.  Si no se contesta al teléfono se llama al centro, no se envía un whatsapp. Igualmente, en el grupo creado les ha comunicado el presidente que les mandaría un email.
Respecto a la hora, me consta además por compañeros que los están citando por las tardes. Es más, soy vocal suplente y estoy a la espera de que se pongan en contacto conmigo. Cuando lo hagan podré dar más información sobre cómo lo han hecho conmigo.

Puedes dudar o no dudar, no tengo por qué inventarme nada. Pero es como lo cuento y además he visto los whatsapp.


Título: Re: Exento por familiar en otra especialidad
Publicado por: maestrxfeliz en 07/Jun/2019~06:25
El Presidente cita a los vocales, claro está.
Pero el presidente tiene Orden de su Delegación pertinente y esta de Consejeria.

Se llama al telefono personal que el usuario vocal tenga registrado en Séneca, por norma el telefono personal, y en cualquier horario.

Me reitero en que hay unos dias establecidos y unos tiempos para cumplir para Constituir el acto.

Todo lo que sea Fuera del dia que le hayan comunicado al Presidente es una Ilegalidad, a no ser q esté dentro de los diaa de Constitución q ya dije rran del 17 al 19'

Respecto a las provincias, Malaga, Granada, Almeria y Jaén lo hacemos todas iguales, pero me consta q es a nivel andaluz.

Por cierto , no dudo de su mensaje, perdone si se me ha malinterpretado, .

Un saludo