Foro de Maestros25

FORO MAESTROS Y PROFESORES => Foro General-maestros25.com => Mensaje iniciado por: MSC83 en 14/Jun/2017~10:52

Google

VER MENSAJES NUEVOS DE TODOS LOS FOROS


Seguir

NORMA FUNDAMENTAL DEL FORO: "Se ruega mantenga siempre un lenguaje moderado. No se admiten mensajes que ofendan a personas o instituciones"

"Por favor, no abuse de las mayúsculas e intente utilizar una expresión y ortografía correctas"



Título: Para Juan Maximo o quien lo sepa, promocion al instituto
Publicado por: MSC83 en 14/Jun/2017~10:52
Buenas compis!!! Soy tutora de sexto y tengo dudas de con cuantas asignaturas suspensas puede promocionar un alumno para pasar a ESO, sino ha repetido. Y si ha repetido puede tener casi todas suspensas??? Gracias compis !!!


Título: Re: Para Juan Maximo o quien lo sepa, promocion al instituto
Publicado por: RM en 14/Jun/2017~14:24
Yo no soy de Primaria pero creo que la decisión de promocionar o no en 6º no depende del nº de suspensos.He visto alumnos con muchas suspensas en 6º que los colegios decidieron promocionarlos a 1º de ESO por intereses diversos.


Título: Re: Para Juan Maximo o quien lo sepa, promocion al instituto
Publicado por: juan máximo en 14/Jun/2017~20:29
Yo "era" de primaria pero me pasé a Infantil.Además ahora con la LOMCE ha cambiado todo un poco.

Pero bueno por lo que se .

Con la llegada de la LOMCE:

-Se puede repetir sólo una vez en toda la etapa.
-No se puede promocionar con más de dos suspensos y nunca si las dos asignaturas que no se han aprobado son troncales.

Por tanto si el alumno ya ha repetido anteriormente,puede pasar a la E.S.O. con mas de 3 suspensos.

Es lo que entiendo.Que alguien me corrija si estoy equivocado.


Título: Re: Para Juan Maximo o quien lo sepa, promocion al instituto
Publicado por: MSC83 en 14/Jun/2017~21:33
Yo "era" de primaria pero me pasé a Infantil.Además ahora con la LOMCE ha cambiado todo un poco.

Pero bueno por lo que se .

Con la llegada de la LOMCE:

-Se puede repetir sólo una vez en toda la etapa.
-No se puede promocionar con más de dos suspensos y nunca si las dos asignaturas que no se han aprobado son troncales.

Por tanto si el alumno ya ha repetido anteriormente,puede pasar a la E.S.O. con mas de 3 suspensos.

Es lo que entiendo.Que alguien me corrija si estoy equivocado.


Muchisimas gracias, yo tenía entendido eso, pero no estaba segura. Muchas gracias !!!!


Título: Re: Para Juan Maximo o quien lo sepa, promocion al instituto
Publicado por: nevus en 14/Jun/2017~22:46
Y dónde viene esa normativa?


Título: Re: Para Juan Maximo o quien lo sepa, promocion al instituto
Publicado por: LED en 15/Jun/2017~01:02
Sin acritud, sólo por aclarar y ayudar a que hagamos las cosas bien.  :023:
siempre salvo mejor información (Prieto dixit) ;)
El otro día hablamos de eso en mi centro.
Es un error común considerar que es así según la normativa en Primaria. En algunos proyectos educativos puede que sí se determine de esa manera, pero en la normativa de E. Primaria no se habla en ningún momento del número de áreas, sino del logro de objetivos y competencias.
Lo que comentáis se aplica en Secundaria. - lo pongo abajo.
Hay que remitirse a esta normativa de Primaria y al Proyecto Educativo de cada centro:

RD 126/2014 - Currículo Básico de E. Primaria (BOE)
Artículo 11. Promoción. (Primaria)
1. El alumno o alumna accederá al curso o etapa siguiente siempre que se considere que ha logrado los objetivos de la etapa o los que correspondan al curso realizado, y que ha alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes. De no ser así, podrá repetir una sola vez durante la etapa, con un plan específico de refuerzo o recuperación y apoyo, que será organizado por los centros docentes de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
La repetición se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado el resto de medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno.
2. El equipo docente adoptará las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado tomando especialmente en consideración la información y el criterio del profesor tutor.
Se atenderá especialmente a los resultados de las evaluaciones individualizadas de tercer curso de Educación Primaria y final de Educación Primaria.

D. 97/2015 - Ordenación y currículo Primaria Andalucía (BOJA)
Artículo 13. Promoción.
1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11.1 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, al
finalizar cada uno de los ciclos, y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente al que se
refiere el artículo 21 del presente Decreto adoptará de manera colegiada las decisiones correspondientes sobre
la promoción del alumnado tomando especialmente en consideración la información y el criterio del maestro o
maestra titular de la tutoría.
2. El alumnado accederá al ciclo o etapa siguiente siempre que se considere que ha logrado el desarrollo
de las competencias correspondientes a cada ciclo y, en su caso, los objetivos de la etapa.
3. Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el apartado 2, teniendo en cuenta, entre otros,
los resultados de la evaluación continua así como la evaluación individualizada, el alumno o alumna podrá
permanecer un año más en la etapa. Excepcionalmente, y siempre que los aprendizajes no alcanzados impidan,
a juicio del equipo docente, continuar las enseñanzas con aprovechamiento y se hayan agotado el resto de
medidas ordinarias de refuerzo y apoyo, el año de permanencia en la etapa se podrá cursar en el primer curso
del ciclo. 4. La permanencia de un año más en un mismo curso deberá ir acompañada con un plan específico de
refuerzo o de recuperación y apoyo. Los centros docentes organizarán ese plan de acuerdo con lo que, a tales
efectos, establezca la Consejería competente en materia de educación. El alumnado que promocione sin haber
superado todas las áreas seguirá los programas de refuerzo que establezca el equipo docente.

Orden de 4 de noviembre de 2015, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
CAPÍTULO IV
Promoción del alumnado
Artículo 16. Promoción del alumnado.
1. En los términos de lo establecido en el artículo 13.1 del Decreto 97/2015, de 3 de marzo, al finalizar
cada uno de los ciclos, y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente adoptará de manera
colegiada las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado, tomando especialmente en
consideración la información y el criterio del maestro tutor o la maestra tutora.
2. El alumno o alumna accederá al ciclo o etapa siguiente siempre que se considere que ha logrado el
desarrollo de las competencias correspondientes a cada ciclo, y en su caso, los objetivos de la etapa.
3. El alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas deberá seguir los programas o
medidas de refuerzo que establezca el equipo docente.
4. Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el apartado 2, teniendo en cuenta, entre otros,
los resultados de la evaluación continua, así como las evaluaciones individualizadas, el alumno o la alumna
podrá permanecer un año más en la etapa.
Se podrá repetir una sola vez durante la etapa. La repetición se considerará una medida de carácter
excepcional y se tomará tras haber agotado el resto de medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar
las dificultades de aprendizaje del alumno o la alumna.
Excepcionalmente, y sólo en el caso de que los aprendizajes no alcanzados impidan al alumno o la
alumna seguir con aprovechamiento el siguiente curso, la medida de repetición podrá adoptarse en el primer
curso del ciclo en el que se encuentre.
5. La permanencia de un año más en un mismo curso deberá ir acompañada de un plan específico de
refuerzo o de recuperación y apoyo. Los centros docentes organizarán este plan de acuerdo con la normativa
aplicable relativa a la atención a la diversidad del alumnado.
6. De acuerdo con lo recogido en el artículo 18.3 del Decreto 97/2015, de 3 de marzo, el equipo
docente, asesorado por el equipo de orientación educativa, oídos el padre, la madre o quienes ejerzan la tutela
legal del alumnado, podrá adoptar la decisión de que la escolarización del alumnado con necesidades educativas
especiales con adaptación curricular significativa pueda prolongarse un año más de lo establecido con carácter
general, siempre que ello favorezca el desarrollo de las competencias clave, su integración socioeducativa y, en
su caso, el tránsito a la etapa educativa siguiente.
7. De acuerdo con lo establecido en el artículo 18.6 del Decreto 97/2015, de 3 de marzo, la escolarización
del alumnado con altas capacidades intelectuales podrá flexibilizar de conformidad con la normativa vigente, de
forma que pueda anticiparse su incorporación a la etapa y/o reducirse la duración de la misma, cuando se
prevea que dicha medida es lo más adecuado para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización.
8. Los centros docentes establecerán, en sus proyectos educativos, la forma en que los padres, madres
o quienes ejerzan la tutela legal del alumnado puedan ser oídos para la adopción de la decisión de promoción.


Lo que comentábais se aplica para Secundaria y viene recogido en la LOMCE y, aún así, hay excepciones:
LOMCE:
«Artículo 28. Evaluación y promoción.
1. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de la Educación Secundaria Obligatoria será continua, formativa e integradora.
Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las evaluaciones se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales.
2. Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores del alumno o alumna respectivo, atendiendo al logro de los objetivos y al grado de adquisición de las competencias correspondientes.
Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea.
De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en tres materias cuando se den conjuntamente las siguientes condiciones:
a) que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas,
b) que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias con evaluación negativa no impide al alumno o alumna seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica,
c) y que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador al que se refiere el apartado 7 de este artículo.
Podrá también autorizarse de forma excepcional la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea cuando el equipo docente considere que el alumno o alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador al que se refiere el apartado 7 de este artículo.
A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Además, en relación con aquellos alumnos y alumnas que cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se computará una materia en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que dichos alumnos y alumnas puedan cursar más materias de dicho bloque. Las materias con la misma denominación en diferentes cursos de la Educación Secundaria Obligatoria se considerarán como materias distintas. La materia Lengua Cooficial y Literatura tendrá la misma consideración que la materia Lengua Castellana y Literatura en aquellas Comunidades Autónomas que posean lengua cooficial.
3. Con el fin de facilitar a los alumnos y alumnas la recuperación de las materias con evaluación negativa, las Administraciones educativas regularán las condiciones para que los centros organicen las oportunas pruebas extraordinarias en las condiciones que determinen.
4. Quienes promocionen sin haber superado todas las materias deberán matricularse de las materias no superadas, seguirán los programas de refuerzo que establezca el equipo docente y deberán superar las evaluaciones correspondientes a dichos programas de refuerzo. Esta circunstancia será tenida en cuenta a los efectos de promoción previstos en los apartados anteriores.
5. El alumno o alumna podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o cuarto curso, se prolongará un año el límite de edad al que se refiere el apartado 2 del artículo 4. Excepcionalmente, un alumno o alumna podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.
6. En todo caso, las repeticiones se establecerán de manera que las condiciones curriculares se adapten a las necesidades del ...


Título: Re: Para Juan Maximo o quien lo sepa, promocion al instituto
Publicado por: juan máximo en 15/Jun/2017~09:59
Es bueno aclararlo todo.
He encontrado un documento que me dio el director del colegio de mi hijo.
He copiado lo mas importante:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN EN ED. PRIMARIA.LOMCE.


1. EVALUACIÓN

1- En cada uno de los cursos, los tutores realizarán una evaluación inicial de los alumnos y se completará con el análisis de los datos e informaciones recibidas del tutor del curso anterior. Todo ello, permitirá adoptar las medidas de refuerzo y de recuperación para el alumnado que lo precise, así como las decisiones oportunas sobre la programación didáctica.

2- Al finalizar cada curso, los maestros que imparten clase a cada grupo de alumnos,llevarán a cabo la evaluación final de los resultados alcanzados por los alumnos. La valoración de los resultados se consignará en los documentos de evaluación indicando las calificaciones tanto positivas como negativas.

3- Los maestros que imparten clase al grupo deberán adoptar las medidas para que el cambio de curso se lleve a cabo con las garantías necesarias de continuidad.

4- Las principales decisiones, incluidas la de promoción y acuerdos adoptados serán recogidos en el acta de la sesión de evaluación de final de curso.



2. PROMOCIÓN

1- El alumno accederá al curso o etapa siguiente, siempre que se considere que ha superado los criterios de evaluación de las diferentes áreas, haya logrado los objetivos de la etapa y que ha alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes.

2- El alumno que no haya superado los objetivos de la etapa o que no haya alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes, sólo podrá repetir una sola vez durante la etapa con un plan específico de refuerzo o recuperación y apoyo, que será organizado por el equipo docente que imparte las clases.

3- La decisión de no promoción, es una medida excepcional y se tomará después de haber agotado el resto de medidas (refuerzo y apoyo). Antes de adoptar dicha decisión, el tutor oirá a los padres, madres o tutores legales del alumno.

4- El equipo de maestros que imparte clases al alumno, decidirá sobre la promoción del mismo, tomando especial consideración la opinión del tutor, así como aspectos relacionados con la madurez e integración en el grupo.

5- En el caso de que el alumno promocione con evaluación negativa en alguna de las áreas, deberá establecerse un plan de actuación dirigido a la misma.

6- Cuando alguna de las áreas no aprobadas se superen en cursos posteriores, se consideraran recuperadas a todos los efectos.

7- Al finalizar tercer curso, no promocionará los alumnos que no habiendo repetido en cursos previos, obtengan resultado negativo en evaluación individualizada y acceda con suspensos en 3 áreas o simultáneamente sean lengua y matemáticas.

8- Con carácter general, no promocionara a ESO el alumno que no habiendo repetido en cursos anteriores, obtenga resultado negativo en la evaluación final individualizada y acceda a ella con evaluación negativa en lengua y matemáticas
simultáneamente.




Cuadro resumen de posibilidades:

1. En toda la etapa solo se puede repetir una vez. Si ya lo ha hecho no se aplica ningún otro criterio:
promociona al curso siguiente. La ley no precisa el curso más adecuado para la repetición.

2. Si pasa con asignaturas suspensas ha de elaborarse un plan de recuperación.

3. Si aprueba el área suspensa en el curso siguiente, se considera recuperada la anterior.



Al terminar:                             Situación                         Decisión                             Otros


1º-6º                                        Todo aprobado                   Promociona

1º-6º          Tiene suspensos pero ya ha repetido                    Promociona                     Elaborar una ACI donde proceda.

1º-5º             Suspende Lengua o Matemáticas                      Promociona                      Elaborar un plan de recuperación

1º-5º       Suspende Lengua o Matemáticas y otra asignatura    Promociona                      Elaborar un plan de recuperación


1º-5º       Suspende 3 asignaturas y no ha repetido       No promociona salvo que el equipo de profesores considere lo contrario tras valorar el esfuerzo, la madurez y la importancia de su grupo de referencia.

Si promociona,hay que elaborar un plan de recuperación.

1º-5º  Suspende Lengua y matemáticas y no ha repetido   No promociona salvo que el equipo de profesores considere lo contrario tras valorar el esfuerzo, la madurez y la importancia de su grupo de referencia.

Si promociona,hay que elaborar un plan de recuperación.


3º Suspende Lengua y Matemáticas o suspende 3 asignaturas pero la Evaluación Individualizada es positiva

Decide el claustro Si promociona,hay que elaborar un plan de recuperación.

6º Suspende 3 asignaturas pero la Evaluación final individualizada es positiva
Lo que decida el claustro tras estudiar el caso
Si promociona, hay que elaborar un plan de recuperación.

6º Suspende lengua y matemáticas pero la Evaluación final individualizada es positiva.
Lo que decida el claustro tras estudiar el caso
Si promociona,hay que elaborar un plan de recuperación.

6º Suspende 3 asignaturas, la Evaluación final individualizada es negativa y no ha repetido.
No promociona

6º Suspende lengua y matemáticas, la Evaluación final individualizada es negativa y no ha repetido.
No promociona.

Saludos.


Título: Re: Para Juan Maximo o quien lo sepa, promocion al instituto
Publicado por: nevus en 15/Jun/2017~15:35
Gracias


Título: Re: Para Juan Maximo o quien lo sepa, promocion al instituto
Publicado por: LED en 15/Jun/2017~21:02
Gracias  :023:


Título: Re: Para Juan Maximo o quien lo sepa, promocion al instituto
Publicado por: MSC83 en 16/Jun/2017~15:49
Muchisimas gracias de verdad!!!! Grandes compañer@s!!!!! :023:


Título: Re: Para Juan Maximo o quien lo sepa, promocion al instituto
Publicado por: lamamacamacho en 19/Jun/2017~23:16
Buenas noches,
alguien que me pueda aclarar si la nota ordinaria de nuestros alumnos tiene que coincidir forzosamente con la del tercer trimestre en las áreas que haya evaluación contínua??
En mi cole no nos ponemos de acuerdo al respecto y no encuentro normativa en la que se refleje.
Graciass