Título: Sesiones de evaluación Publicado por: OCI en 02/Dic/2013~09:26 ¿Cuándo hacéis las sesiones de evaluación? ¿En el horario de exclusiva? ¿o fuera del horario de exclusiva?
Título: Re: Sesiones de evaluación Publicado por: yomisma85 en 02/Dic/2013~15:18 Yo, en primaria, dentro del horario de exclusiva.
En algún cole las hemos hecho un día diferente al de la exclusiva, por ejemplo dos tardes de una misma semana, la de exclusiva y otra, pero luego no la hemos hecho otro día para compensar. Título: Re: Sesiones de evaluación Publicado por: prieto en 02/Dic/2013~15:26 Efectivamente, en el centro donde estoy es muy grande... por tanto todos no cabemos en horario de exclusiva... y como dice yomisma85 aquellos que lo hacen en días diferentes, compensan con otro día.
Título: Re: Sesiones de evaluación Publicado por: OCI en 02/Dic/2013~17:44 Pues según nuestro inspector POR LEY tiene que ser FUERA del horario de exclusiva. Y yo me pregunto ¿Dónde está esa ley?
Así que tres diítas de una semana para las sesiones de evaluación, un día para cada ciclo. :091: :091: :091: :091: :091: Si es que que cuanto menos cobramos más trabajamos... :091: :091: :091: :091: :091: :091: Título: Re: Sesiones de evaluación Publicado por: sofia777 en 02/Dic/2013~18:51 Eso no es así, será fuera de horario de docencia, pero fuera de horario de exclusiva NO. A ti te pagan por el horario que has rellenado en Séneca, lo demás no cuenta para nada y no es legal. Que te den por escrito eso, siempre hablo de primaria, porque sé que en secundaria es diferente
Título: Re: Sesiones de evaluación Publicado por: yomisma85 en 02/Dic/2013~19:29 ANDALUCÍA:
ORDEN de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado. Artículo 13. Horario individual del profesorado. 3. La parte del horario semanal de obligada permanencia en el centro no destinado a horario lectivo se estructurará de manera flexible, de acuerdo con el plan de reuniones establecido por la jefatura de estudios, sin menoscabo de que al menos una hora a la semana se procure la coincidencia de todo el profesorado con objeto de asegurar la coordinación de los distintos órganos de coordinación docente. Dicho horario se destinará a las siguientes actividades: g) Asistencia a las sesiones de evaluación. |