Título: Renunciar a la coordinación de ciclo Publicado por: intimlg en 27/Nov/2024~08:16 Buenas. Llegué a un centro con destino definitivo y me han encasquetado esto. Al principio no estaba mal pero no un rol que quiero desempeñar más allá de este año. ¿Es posible rechazarlo el año que viene? ¿Qué tendría que hacer?
Título: Re: Renunciar a la coordinación de ciclo Publicado por: Misstery en 27/Nov/2024~18:22 Buenas. Llegué a un centro con destino definitivo y me han encasquetado esto. Al principio no estaba mal pero no un rol que quiero desempeñar más allá de este año. ¿Es posible rechazarlo el año que viene? ¿Qué tendría que hacer? Se supone que el nombramiento de coordinador de ciclo se hace con vistas a dos años. Cuando pase ese periodo podrías pedir educadamente al equipo directivo que se lo encasqueten a otro, de preferencia definitivo también. Título: Re: Renunciar a la coordinación de ciclo Publicado por: Maesteacher en 27/Nov/2024~19:01 Buenas. Llegué a un centro con destino definitivo y me han encasquetado esto. Al principio no estaba mal pero no un rol que quiero desempeñar más allá de este año. ¿Es posible rechazarlo el año que viene? ¿Qué tendría que hacer? Se supone que el nombramiento de coordinador de ciclo se hace con vistas a dos años. Cuando pase ese periodo podrías pedir educadamente al equipo directivo que se lo encasqueten a otro, de preferencia definitivo también. Sí, por lo general, son puestos que van rotando. Título: Re: Renunciar a la coordinación de ciclo Publicado por: tb en 29/Nov/2024~13:59 Buenas. Llegué a un centro con destino definitivo y me han encasquetado esto. Al principio no estaba mal pero no un rol que quiero desempeñar más allá de este año. ¿Es posible rechazarlo el año que viene? ¿Qué tendría que hacer? El nombramiento es para dos cursos y, siempre que sea posible, deber ser personal definitivo en el centro. Como te han comentado, después de dos años, puedes pedir que el puesto recaiga en otro, si es posible, si no, tendrás que aceptarlo, es la dirección la que designa estos cargos y ya digo, que es obligatorio que sea personal definitivo. La inspección solo admite que sean provisionales si no hay definitivos o en circunstancias muy concretas y específicas (por ejemplo, que el único definitivo se jubile próximamente y el cargo quedara desierto.) Saludos. |