Título: Excedencias y paro entre llamamientos. Publicado por: UkiSwan en 29/Ene/2024~17:54 Buenas tardes compis, llevo sin trabajar como maestra desde junio de 2022 y están a punto de llamarme de nuevo.
Obviamente me he tenido que buscar un trabajo para sobrevivir y no morir de hambre, ya que la Junta de Andalucía no está por la labor de darme estabilidad. El tema es que, viendo el panorama de que puedo volver a quedarme otro curso sentada en el banquillo, pues me planteo pedir una excedencia en mi empresa hasta mediados de julio, para poder seguir comiendo cuando acabe el curso. Es decir, una excedencia desde marzo hasta el 15 de julio aproximadamente. Ahora viene mi duda, a ver si alguien se ha visto en una situación similar. Durante esta excedencia, entre llamamiento y llamamiento, ¿se puede cobrar el paro?. Es que el último curso que trabajé, hice muchas sustituciones pequeñas y estaba parada en muchas ocasiones. Teniendo en cuenta el cobro a mes vencido, el poder cobrar paro entre llamamiento y llamamiento me salvaría mucho la vida. ¿Alguno se ha visto en esta situación? Título: Re: Excedencias y paro entre llamamientos. Publicado por: zekkito87 en 29/Ene/2024~19:43 Siempre que tengas suficiente tiempo cotizado, puedes pedir el paro cada vez que te cesen sin problemas. Mientras lo solicites en tiempo y forma, se te concederá y se te abonarán los días que estés sin trabajar. Simplemente, una vez que lo solicites por primera vez, solo tendrás que ir reactivándolo cada vez que te cesen.
Título: Re: Excedencias y paro entre llamamientos. Publicado por: UkiSwan en 29/Ene/2024~22:14 Siempre que tengas suficiente tiempo cotizado, puedes pedir el paro cada vez que te cesen sin problemas. Mientras lo solicites en tiempo y forma, se te concederá y se te abonarán los días que estés sin trabajar. Simplemente, una vez que lo solicites por primera vez, solo tendrás que ir reactivándolo cada vez que te cesen. ¿Aunque esté de excedencia con la otra empresa? Yo he ido cobrando el paro entre llamamiento y llamamiento pero sin excedencia. Pero no sé si la excedencia puede hacer que me lo tiren para atrás Título: Re: Excedencias y paro entre llamamientos. Publicado por: Maesteacher en 30/Ene/2024~08:25 Esa pregunta donde mejor te la pueden responder es en el propio SEPE, así te aseguras bien que lo puedes o no hacer.
Título: Re: Excedencias y paro entre llamamientos. Publicado por: zekkito87 en 30/Ene/2024~10:20 Perfectamente, mientras estés de excedencia puedes cobrar el paro ya que este se produce a través del nuevo trabajo (en tu caso de maestra).Una vez se te acabe la excedencia si que dejarías de cobrar el paro, pues tendrías que incorporarte de nuevo al trabajo. Aquí abajo lo explica, aunque no obstante siempre es bueno consultar al SEPE:
"Según explica el ente público, si un trabajador en excedencia voluntaria trabaja en una empresa diferente y, al finalizar su contrato por causas ajenas a su voluntad solicita el paro, podría tener derecho a percibirlo en dos supuestos: -Cuando la duración de la excedencia voluntaria no ha finalizado al producirse la situación legal de desempleo. En este caso, si el periodo de cobro de la prestación es mayor al de la excedencia, cobrará el paro hasta que finalice dicha excedencia." |