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FORO MAESTROS Y PROFESORES => Interinos-Maestros => Mensaje iniciado por: remolacha en 12/Jun/2022~20:25


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Título: Dudas legislativas oposición
Publicado por: remolacha en 12/Jun/2022~20:25
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: Maestroveterano en 12/Jun/2022~20:51
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.

Según la convocatoria se debe usar el Decreto 97, el Real decreto 126 y la Orden del 15 de enero del 21. Todo lo demás es arriesgarse innecesariamente.


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: Maesteacher en 12/Jun/2022~20:55
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.

Según la convocatoria se debe usar el Decreto 97, el Real decreto 126 y la Orden del 15 de enero del 21. Todo lo demás es arriesgarse innecesariamente.

Hola, y respecto a la lomloe/loe? Porque alguna habrá que mencionar…


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: Maestroveterano en 12/Jun/2022~21:02
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.

Según la convocatoria se debe usar el Decreto 97, el Real decreto 126 y la Orden del 15 de enero del 21. Todo lo demás es arriesgarse innecesariamente.

Hola, y respecto a la lomloe/loe? Porque alguna habrá que mencionar…

No es necesario pillarse las manos. Para que la quieres poner?
Si hablas de objetivos generales aludes al Decreto.
Si hablas de objetivos específicos de tu u.d hablas de la Orden.
Si hablas de evaluación usas la Orden.
Si hablas de diversidad usas la Orden.
Si hablas de contenidos usas la Orden.

Para que vas a a mentar la LOMCE o la LOMLOE?
Y si lo haces. Vas a arriesgar?

Además,  la Lomloe no se ha usado para nada este curso académico. Al menos eso me comenta mi hijo. Ya el año que viene se verá si cambian los libros y todo eso, ya que se implantará de forma progresiva por cursos. Si es que la administración andaluza no pone pegas. Que son para ponerlas porque vaya libros.




Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: Maesteacher en 12/Jun/2022~21:07
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.

Según la convocatoria se debe usar el Decreto 97, el Real decreto 126 y la Orden del 15 de enero del 21. Todo lo demás es arriesgarse innecesariamente.

Hola, y respecto a la lomloe/loe? Porque alguna habrá que mencionar…

No es necesario pillarse las manos. Para que la quieres poner?
Si hablas de objetivos generales aludes al Decreto.
Si hablas de objetivos específicos de tu u.d hablas de la Orden.
Si hablas de evaluación usas la Orden.
Si hablas de diversidad usas la Orden.
Si hablas de contenidos usas la Orden.

Para que vas a a mentar la LOMCE o la LOMLOE?
Y si lo haces. Vas a arriesgar?

Además,  la Lomloe no se ha usado para nada este curso académico. Al menos eso me comenta mi hijo. Ya el año que viene se verá si cambian los libros y todo eso, ya que se implantará de forma progresiva por cursos. Si es que la administración andaluza no pone pegas. Que son para ponerlas porque vaya libros.




Vale… a ver más que nada por los supuestos o la programación. Pero vaya, me imagino que los tribunales informarán al respecto en la presentación (o eso espero). Porque las academias y preparadores han dado por hecho todo el tiempo que Lomloe sí, porque hay más aspectos de los que mencionas que aparecen en la lomloe/loe.

La parte más polémica de los libros son para eso/bachillerato. Primaria se salva en algunos aspectos.


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: Maestroveterano en 12/Jun/2022~21:11
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.

Según la convocatoria se debe usar el Decreto 97, el Real decreto 126 y la Orden del 15 de enero del 21. Todo lo demás es arriesgarse innecesariamente.

Hola, y respecto a la lomloe/loe? Porque alguna habrá que mencionar…

No es necesario pillarse las manos. Para que la quieres poner?
Si hablas de objetivos generales aludes al Decreto.
Si hablas de objetivos específicos de tu u.d hablas de la Orden.
Si hablas de evaluación usas la Orden.
Si hablas de diversidad usas la Orden.
Si hablas de contenidos usas la Orden.

Para que vas a a mentar la LOMCE o la LOMLOE?
Y si lo haces. Vas a arriesgar?

Además,  la Lomloe no se ha usado para nada este curso académico. Al menos eso me comenta mi hijo. Ya el año que viene se verá si cambian los libros y todo eso, ya que se implantará de forma progresiva por cursos. Si es que la administración andaluza no pone pegas. Que son para ponerlas porque vaya libros.




Vale… a ver más que nada por los supuestos o la programación. Pero vaya, me imagino que los tribunales informarán al respecto en la presentación (o eso espero). Porque las academias y preparadores han dado por hecho todo el tiempo que Lomloe sí, porque hay más aspectos de los que mencionas que aparecen en la lomloe/loe.

Pues ojalá me equivoque. Pero me parece un error. Pues la programación es del 2022 y no se ha usado nada nuevo más que la Orden del 15 de enero del 21.

De todas maneras si hay dudas preguntad en la presentación. Pero vamos que es innecesario pillarse las manos. Con no ponerlo. Si es que no se usa en nada. Siempre es una mera mención honorífica por ser la Ley estructural. Pero lo que se aplica son el Real Decreto y Decreto que son de la Lomce y la nueva Orden que se ha empleado de manera novedosa este año.

Si pones la Lomloe tienes que poner también la Lomce. Es necesario arriesgarte a liarla? Para 0,05 que vale el ítem de normativa en la programación?


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: Maesteacher en 12/Jun/2022~21:13
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.

Según la convocatoria se debe usar el Decreto 97, el Real decreto 126 y la Orden del 15 de enero del 21. Todo lo demás es arriesgarse innecesariamente.

Hola, y respecto a la lomloe/loe? Porque alguna habrá que mencionar…

No es necesario pillarse las manos. Para que la quieres poner?
Si hablas de objetivos generales aludes al Decreto.
Si hablas de objetivos específicos de tu u.d hablas de la Orden.
Si hablas de evaluación usas la Orden.
Si hablas de diversidad usas la Orden.
Si hablas de contenidos usas la Orden.

Para que vas a a mentar la LOMCE o la LOMLOE?
Y si lo haces. Vas a arriesgar?

Además,  la Lomloe no se ha usado para nada este curso académico. Al menos eso me comenta mi hijo. Ya el año que viene se verá si cambian los libros y todo eso, ya que se implantará de forma progresiva por cursos. Si es que la administración andaluza no pone pegas. Que son para ponerlas porque vaya libros.




Vale… a ver más que nada por los supuestos o la programación. Pero vaya, me imagino que los tribunales informarán al respecto en la presentación (o eso espero). Porque las academias y preparadores han dado por hecho todo el tiempo que Lomloe sí, porque hay más aspectos de los que mencionas que aparecen en la lomloe/loe.

Pues ojalá me equivoque. Pero me parece un error. Pues la programación es del 2022 y no se ha usado nada nuevo más que la Orden del 15 de enero del 21.

De todas maneras si hay dudas preguntad en la presentación. Pero vamos que es innecesario pillarse las manos. Con no ponerlo. Si es que no se usa en nada. Siempre es una mera mención honorífica por ser la Ley estructural. Pero lo que se aplica son el Real Decreto y Decreto que son de la Lomce y la nueva Orden que se ha empleado de manera novedosa este año.

Ya claro, lo de la ley estructural me refiero también.


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: Maestroveterano en 12/Jun/2022~21:16
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.

Según la convocatoria se debe usar el Decreto 97, el Real decreto 126 y la Orden del 15 de enero del 21. Todo lo demás es arriesgarse innecesariamente.

Hola, y respecto a la lomloe/loe? Porque alguna habrá que mencionar…

No es necesario pillarse las manos. Para que la quieres poner?
Si hablas de objetivos generales aludes al Decreto.
Si hablas de objetivos específicos de tu u.d hablas de la Orden.
Si hablas de evaluación usas la Orden.
Si hablas de diversidad usas la Orden.
Si hablas de contenidos usas la Orden.

Para que vas a a mentar la LOMCE o la LOMLOE?
Y si lo haces. Vas a arriesgar?

Además,  la Lomloe no se ha usado para nada este curso académico. Al menos eso me comenta mi hijo. Ya el año que viene se verá si cambian los libros y todo eso, ya que se implantará de forma progresiva por cursos. Si es que la administración andaluza no pone pegas. Que son para ponerlas porque vaya libros.




Vale… a ver más que nada por los supuestos o la programación. Pero vaya, me imagino que los tribunales informarán al respecto en la presentación (o eso espero). Porque las academias y preparadores han dado por hecho todo el tiempo que Lomloe sí, porque hay más aspectos de los que mencionas que aparecen en la lomloe/loe.

Pues ojalá me equivoque. Pero me parece un error. Pues la programación es del 2022 y no se ha usado nada nuevo más que la Orden del 15 de enero del 21.

De todas maneras si hay dudas preguntad en la presentación. Pero vamos que es innecesario pillarse las manos. Con no ponerlo. Si es que no se usa en nada. Siempre es una mera mención honorífica por ser la Ley estructural. Pero lo que se aplica son el Real Decreto y Decreto que son de la Lomce y la nueva Orden que se ha empleado de manera novedosa este año.

Ya claro, lo de la ley estructural me refiero también.

Si pones la Lomce, ya que el Decreto y el Real decreto son de la Lomce, te arriesgas a que te digan que está derogada. Sin embargo se sigue usando.

Si pones Lomloe te arriesgas a que te digan que aunque está vigente no se ha utilizado ni concretado en los centros.

Solución: preguntar en la presentación, o no hacer mención específica de la Ley estructural. Y utilizar como bibliografía el Decreto Real decreto y Orden


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: Maesteacher en 12/Jun/2022~21:17
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.

Según la convocatoria se debe usar el Decreto 97, el Real decreto 126 y la Orden del 15 de enero del 21. Todo lo demás es arriesgarse innecesariamente.

Hola, y respecto a la lomloe/loe? Porque alguna habrá que mencionar…

No es necesario pillarse las manos. Para que la quieres poner?
Si hablas de objetivos generales aludes al Decreto.
Si hablas de objetivos específicos de tu u.d hablas de la Orden.
Si hablas de evaluación usas la Orden.
Si hablas de diversidad usas la Orden.
Si hablas de contenidos usas la Orden.

Para que vas a a mentar la LOMCE o la LOMLOE?
Y si lo haces. Vas a arriesgar?

Además,  la Lomloe no se ha usado para nada este curso académico. Al menos eso me comenta mi hijo. Ya el año que viene se verá si cambian los libros y todo eso, ya que se implantará de forma progresiva por cursos. Si es que la administración andaluza no pone pegas. Que son para ponerlas porque vaya libros.




Vale… a ver más que nada por los supuestos o la programación. Pero vaya, me imagino que los tribunales informarán al respecto en la presentación (o eso espero). Porque las academias y preparadores han dado por hecho todo el tiempo que Lomloe sí, porque hay más aspectos de los que mencionas que aparecen en la lomloe/loe.

Pues ojalá me equivoque. Pero me parece un error. Pues la programación es del 2022 y no se ha usado nada nuevo más que la Orden del 15 de enero del 21.

De todas maneras si hay dudas preguntad en la presentación. Pero vamos que es innecesario pillarse las manos. Con no ponerlo. Si es que no se usa en nada. Siempre es una mera mención honorífica por ser la Ley estructural. Pero lo que se aplica son el Real Decreto y Decreto que son de la Lomce y la nueva Orden que se ha empleado de manera novedosa este año.

Si pones la Lomloe tienes que poner también la Lomce. Es necesario arriesgarte a liarla? Para 0,05 que vale el ítem de normativa en la programación?

Lomce no, en todo caso sería citar lomloe o loe. O por lo menos así lo tengo entendido.


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: Maestroveterano en 12/Jun/2022~21:19
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.

Según la convocatoria se debe usar el Decreto 97, el Real decreto 126 y la Orden del 15 de enero del 21. Todo lo demás es arriesgarse innecesariamente.

Hola, y respecto a la lomloe/loe? Porque alguna habrá que mencionar…



No es necesario pillarse las manos. Para que la quieres poner?
Si hablas de objetivos generales aludes al Decreto.
Si hablas de objetivos específicos de tu u.d hablas de la Orden.
Si hablas de evaluación usas la Orden.
Si hablas de diversidad usas la Orden.
Si hablas de contenidos usas la Orden.

Para que vas a a mentar la LOMCE o la LOMLOE?
Y si lo haces. Vas a arriesgar?

Además,  la Lomloe no se ha usado para nada este curso académico. Al menos eso me comenta mi hijo. Ya el año que viene se verá si cambian los libros y todo eso, ya que se implantará de forma progresiva por cursos. Si es que la administración andaluza no pone pegas. Que son para ponerlas porque vaya libros.




Vale… a ver más que nada por los supuestos o la programación. Pero vaya, me imagino que los tribunales informarán al respecto en la presentación (o eso espero). Porque las academias y preparadores han dado por hecho todo el tiempo que Lomloe sí, porque hay más aspectos de los que mencionas que aparecen en la lomloe/loe.

Pues ojalá me equivoque. Pero me parece un error. Pues la programación es del 2022 y no se ha usado nada nuevo más que la Orden del 15 de enero del 21.

De todas maneras si hay dudas preguntad en la presentación. Pero vamos que es innecesario pillarse las manos. Con no ponerlo. Si es que no se usa en nada. Siempre es una mera mención honorífica por ser la Ley estructural. Pero lo que se aplica son el Real Decreto y Decreto que son de la Lomce y la nueva Orden que se ha empleado de manera novedosa este año.

Si pones la Lomloe tienes que poner también la Lomce. Es necesario arriesgarte a liarla? Para 0,05 que vale el ítem de normativa en la programación?

Lomce no, en todo caso sería citar lomloe o loe. O por lo menos así lo tengo entendido.

Como va a ser eso . La Loe es del 2007 y los Decretos y Realdecreto son del 2014 y 2015.
Creo que os estáis metiendo en un terreno pantanoso.

Limitaos a lo que la convocatoria menciona y nadie os dirá nada.


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: Maesteacher en 12/Jun/2022~21:23
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.

Según la convocatoria se debe usar el Decreto 97, el Real decreto 126 y la Orden del 15 de enero del 21. Todo lo demás es arriesgarse innecesariamente.

Hola, y respecto a la lomloe/loe? Porque alguna habrá que mencionar…



No es necesario pillarse las manos. Para que la quieres poner?
Si hablas de objetivos generales aludes al Decreto.
Si hablas de objetivos específicos de tu u.d hablas de la Orden.
Si hablas de evaluación usas la Orden.
Si hablas de diversidad usas la Orden.
Si hablas de contenidos usas la Orden.

Para que vas a a mentar la LOMCE o la LOMLOE?
Y si lo haces. Vas a arriesgar?

Además,  la Lomloe no se ha usado para nada este curso académico. Al menos eso me comenta mi hijo. Ya el año que viene se verá si cambian los libros y todo eso, ya que se implantará de forma progresiva por cursos. Si es que la administración andaluza no pone pegas. Que son para ponerlas porque vaya libros.




Vale… a ver más que nada por los supuestos o la programación. Pero vaya, me imagino que los tribunales informarán al respecto en la presentación (o eso espero). Porque las academias y preparadores han dado por hecho todo el tiempo que Lomloe sí, porque hay más aspectos de los que mencionas que aparecen en la lomloe/loe.

Pues ojalá me equivoque. Pero me parece un error. Pues la programación es del 2022 y no se ha usado nada nuevo más que la Orden del 15 de enero del 21.

De todas maneras si hay dudas preguntad en la presentación. Pero vamos que es innecesario pillarse las manos. Con no ponerlo. Si es que no se usa en nada. Siempre es una mera mención honorífica por ser la Ley estructural. Pero lo que se aplica son el Real Decreto y Decreto que son de la Lomce y la nueva Orden que se ha empleado de manera novedosa este año.

Si pones la Lomloe tienes que poner también la Lomce. Es necesario arriesgarte a liarla? Para 0,05 que vale el ítem de normativa en la programación?

Lomce no, en todo caso sería citar lomloe o loe. O por lo menos así lo tengo entendido.

Como va a ser eso . La Loe es del 2007 y los Decretos y Realdecreto son del 2014 y 2015.
Creo que os estáis metiendo en un terreno pantanoso.

Limitaos a lo que la convocatoria menciona y nadie os dirá nada.

Loe, texto consolidado 2021. Lo mejor es que preguntemos y ya está jaja


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: Maestroveterano en 12/Jun/2022~21:27
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.

Según la convocatoria se debe usar el Decreto 97, el Real decreto 126 y la Orden del 15 de enero del 21. Todo lo demás es arriesgarse innecesariamente.

Hola, y respecto a la lomloe/loe? Porque alguna habrá que mencionar…



No es necesario pillarse las manos. Para que la quieres poner?
Si hablas de objetivos generales aludes al Decreto.
Si hablas de objetivos específicos de tu u.d hablas de la Orden.
Si hablas de evaluación usas la Orden.
Si hablas de diversidad usas la Orden.
Si hablas de contenidos usas la Orden.

Para que vas a a mentar la LOMCE o la LOMLOE?
Y si lo haces. Vas a arriesgar?

Además,  la Lomloe no se ha usado para nada este curso académico. Al menos eso me comenta mi hijo. Ya el año que viene se verá si cambian los libros y todo eso, ya que se implantará de forma progresiva por cursos. Si es que la administración andaluza no pone pegas. Que son para ponerlas porque vaya libros.




Vale… a ver más que nada por los supuestos o la programación. Pero vaya, me imagino que los tribunales informarán al respecto en la presentación (o eso espero). Porque las academias y preparadores han dado por hecho todo el tiempo que Lomloe sí, porque hay más aspectos de los que mencionas que aparecen en la lomloe/loe.

Pues ojalá me equivoque. Pero me parece un error. Pues la programación es del 2022 y no se ha usado nada nuevo más que la Orden del 15 de enero del 21.

De todas maneras si hay dudas preguntad en la presentación. Pero vamos que es innecesario pillarse las manos. Con no ponerlo. Si es que no se usa en nada. Siempre es una mera mención honorífica por ser la Ley estructural. Pero lo que se aplica son el Real Decreto y Decreto que son de la Lomce y la nueva Orden que se ha empleado de manera novedosa este año.

Si pones la Lomloe tienes que poner también la Lomce. Es necesario arriesgarte a liarla? Para 0,05 que vale el ítem de normativa en la programación?

Lomce no, en todo caso sería citar lomloe o loe. O por lo menos así lo tengo entendido.

Como va a ser eso . La Loe es del 2007 y los Decretos y Realdecreto son del 2014 y 2015.
Creo que os estáis metiendo en un terreno pantanoso.

Limitaos a lo que la convocatoria menciona y nadie os dirá nada.

Loe, texto consolidado 2021. Lo mejor es que preguntemos y ya está jaja

Osea se deroga la Lomce, aunque se siga usando su Real Decreto y Decreto, pero se menciona la Loe, del 2007, derogada hace 8 años, que ha sido revivida de repente, pero de la cual no se utiliza absolutamente ningún Real Decreto ni Decreto. Todo eso mientras la Lomloe, vigente pero no en uso, termina o no termina de llegar.

Que buen trabajo por parte de las administraciones y que poca ambigüedad.

Lo dicho, no se menciona y te quitas 1000 problemas. No hace falta ponerlo en bibliografía si no lo has mencionado durante el desarrollo.


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: Maesteacher en 12/Jun/2022~21:46
Hola a todos, A ver si algún miembro del tribunal o persona que lo sepa puede responder. Para las Opos se utiliza:

- ¿D. 97/15 o Decreto 181/2020?
- ¿Orden ECD/65/2015 se pone o al estar derogada no?
- ¿Lomloe o loe?

Pregunto esto porque en la orden de las Opos (23 de febrero) y no sale el 181/2020 ni la Lomloe, sin embargo están en funcionamiento

Gracias de antemano.

Según la convocatoria se debe usar el Decreto 97, el Real decreto 126 y la Orden del 15 de enero del 21. Todo lo demás es arriesgarse innecesariamente.

Hola, y respecto a la lomloe/loe? Porque alguna habrá que mencionar…



No es necesario pillarse las manos. Para que la quieres poner?
Si hablas de objetivos generales aludes al Decreto.
Si hablas de objetivos específicos de tu u.d hablas de la Orden.
Si hablas de evaluación usas la Orden.
Si hablas de diversidad usas la Orden.
Si hablas de contenidos usas la Orden.

Para que vas a a mentar la LOMCE o la LOMLOE?
Y si lo haces. Vas a arriesgar?

Además,  la Lomloe no se ha usado para nada este curso académico. Al menos eso me comenta mi hijo. Ya el año que viene se verá si cambian los libros y todo eso, ya que se implantará de forma progresiva por cursos. Si es que la administración andaluza no pone pegas. Que son para ponerlas porque vaya libros.




Vale… a ver más que nada por los supuestos o la programación. Pero vaya, me imagino que los tribunales informarán al respecto en la presentación (o eso espero). Porque las academias y preparadores han dado por hecho todo el tiempo que Lomloe sí, porque hay más aspectos de los que mencionas que aparecen en la lomloe/loe.

Pues ojalá me equivoque. Pero me parece un error. Pues la programación es del 2022 y no se ha usado nada nuevo más que la Orden del 15 de enero del 21.

De todas maneras si hay dudas preguntad en la presentación. Pero vamos que es innecesario pillarse las manos. Con no ponerlo. Si es que no se usa en nada. Siempre es una mera mención honorífica por ser la Ley estructural. Pero lo que se aplica son el Real Decreto y Decreto que son de la Lomce y la nueva Orden que se ha empleado de manera novedosa este año.

Si pones la Lomloe tienes que poner también la Lomce. Es necesario arriesgarte a liarla? Para 0,05 que vale el ítem de normativa en la programación?

Lomce no, en todo caso sería citar lomloe o loe. O por lo menos así lo tengo entendido.

Como va a ser eso . La Loe es del 2007 y los Decretos y Realdecreto son del 2014 y 2015.
Creo que os estáis metiendo en un terreno pantanoso.

Limitaos a lo que la convocatoria menciona y nadie os dirá nada.

Loe, texto consolidado 2021. Lo mejor es que preguntemos y ya está jaja

Osea se deroga la Lomce, aunque se siga usando su Real Decreto y Decreto, pero se menciona la Loe, del 2007, derogada hace 8 años, que ha sido revivida de repente, pero de la cual no se utiliza absolutamente ningún Real Decreto ni Decreto. Todo eso mientras la Lomloe, vigente pero no en uso, termina o no termina de llegar.

Que buen trabajo por parte de las administraciones y que poca ambigüedad.

Lo dicho, no se menciona y te quitas 1000 problemas. No hace falta ponerlo en bibliografía si no lo has mencionado durante el desarrollo.

Claro, porque la lomloe realmente es una modificación de la loe… en fin, es un lío sí ???


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: remolacha en 13/Jun/2022~07:45
¿Y qué pensáis de poner la Orden ECD/65/15? está derogada


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: _m_e en 13/Jun/2022~09:19
¿Y qué pensáis de poner la Orden ECD/65/15? está derogada

Sí.
Ver en adideandalucia.es
http://www.adideandalucia.es/?view=dispderogadas


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: MEGA en 13/Jun/2022~11:05
¿Y qué pensáis de poner la Orden ECD/65/15? está derogada

Sí.
Ver en adideandalucia.es
http://www.adideandalucia.es/?view=dispderogadas

Derogada en abril del 2022, cuidado. La LOMCE, NO.


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: MEGA en 13/Jun/2022~11:09
Es un lío lo que tenemos encima con la normativa. La verdad es que la LOMLOE sí está en funcionamiento en este curso para aspectos de competencias de claustro, autonomía de centros,… Lo mejor será preguntar al tribunal. La LOE está ahora vigente con modificaciones de la LOMLOE, pero ahora a dos días del examen se escucha que no se debe nombrar…


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: AnaMartin en 13/Jun/2022~11:28
El Real Decreto 181 si hay que ponerlo no?


Título: Re: Dudas legislativas oposición
Publicado por: seño66 en 13/Jun/2022~12:23
¿Y qué pensáis de poner la Orden ECD/65/15? está derogada
La orden ecd 65 no se nombra entonces?