Título: Permiso por mudanza Publicado por: cuaderno77 en 11/Dic/2020~20:33 Buenas tardes compañeros, he visto que existen unos permisos por mudanza pero no sé si a los interinos nos corresponde pedirlos. ¿Con cuánta antelación hay que hacer llegar la petición? ¿Y qué papeles te piden para demostrar la mudanza? Yo por ejemplo es que no voy a contratar a una empresa de mudanza ni nada, iré llevando yo las cosas, y me vendría genial cogerme un lunes y un martes para aprovechar con el finde y dejarlo todo más o menos listo en esos cuatro días. Mis cálculos es que lo podré hacer para después de las Navidades pero aún no sé el día de firma y demás por lo que no los puedo pedir todavía aunque tenga la intención y el cálculo de que me caerá por ahí. ¡Gracias a los que me dejéis vuestros consejos y experiencias!
Título: Re: Permiso por mudanza Publicado por: tejalondon en 11/Dic/2020~23:57 Cuaderno77,
Corresponden tb a interinos. Creo que las variantes son estas: • Por traslado de domicilio sin cambio de localidad de residencia: un día. . Por traslado de domicilio a otra localidad: dos días. • Por traslado de domicilio a otra localidad de distinta provincia: tres días. _En el plazo de los quince días siguientes al disfrute del permiso se deberá aportar justificación documental suficiente que acredite la realidad de haberse realizado el traslado (factura de la empresa de mudanza, contratos de arrendamiento, certifica- ciones de nuevo empadronamiento, recibos domiciliados, etc.) Un saludo Título: Re: Permiso por mudanza Publicado por: cuaderno77 en 12/Dic/2020~11:33 Cuaderno77, Corresponden tb a interinos. Creo que las variantes son estas: • Por traslado de domicilio sin cambio de localidad de residencia: un día. . Por traslado de domicilio a otra localidad: dos días. • Por traslado de domicilio a otra localidad de distinta provincia: tres días. _En el plazo de los quince días siguientes al disfrute del permiso se deberá aportar justificación documental suficiente que acredite la realidad de haberse realizado el traslado (factura de la empresa de mudanza, contratos de arrendamiento, certifica- ciones de nuevo empadronamiento, recibos domiciliados, etc.) Un saludo Muchas gracias compi, sí, yo eso lo vi por eso sabía que eran dos días. Menos mal que también nos corresponde a los interinos. Vale, entonces con los recibos domiciliados me podría valer o el empadronamiento nuevo cuando lo haga. Perfecto. Ya solo me queda saber con cuánta antelación debería pedirme los días. ¡Gracias! |