Título: CONCURSILLO...NO ME ACLARO Publicado por: tuburulo en 20/Mar/2019~17:44 Me acaban de dar mi primer destino definitivo en el concurso de traslados (en Algeciras). No me interesa, quiero pedir el concursillo para seguir trabajando en el centro en el que estoy de provisional ( En Málaga)
Al solicitar la comisión no sé que datos poner o se toman en cuenta...quiero decir : Por defecto la aplicación pone mi centro actual en el que me quiero quedar, pero no aparece el del año que viene ....que por otra aun no es definitivo y puede cambiar. ¿Como se hace? Se pide comisión con los datos del centro en el que estoy sin importar el próximo destino...o cómo? Gracias. ...creo q me estoy liando solo pero no quiero meter la pata y que no me la concedan. Título: Re: CONCURSILLO...NO ME ACLARO Publicado por: yomisma85 en 20/Mar/2019~17:47 Pero cuál es el motivo de la comisión? Residencia en distinto lugar al centro de destino?
Para eso tienes que esperar a que se confirme el destino definitivo. Se abrirá plazo extraordinario. Título: Re: CONCURSILLO...NO ME ACLARO Publicado por: tuburulo en 20/Mar/2019~18:42 Exactamente, es por desplazamiento...Entonces tengo que esperar?? En mi cole me dicen que la eche ya!
Título: Re: CONCURSILLO...NO ME ACLARO Publicado por: maria_maestra en 20/Mar/2019~21:36 Exactamente, es por desplazamiento...Entonces tengo que esperar?? En mi cole me dicen que la eche ya! Vamos a ver, según yo lo he entendido (que me corrija alguien si no es así) cuando en mayo se confirmen los destinos definitivos se abrirá un plazo extraordinario para poder echar el concursillo en caso de que realmente te hayan adjudicado definitiva. Ahora, si eres provisional (porque hasta que no se confirme si tienes plaza definitiva sigues siendo provisional) solo podrías echar la comisión por cuidado de hijo menos de 3 años porque las otras comisiones solo puedes pedirlas cuando y tengas tu destino definitivo. No se si me he explicado Título: Re: CONCURSILLO...NO ME ACLARO Publicado por: yomisma85 en 20/Mar/2019~21:55 Lo he explicado en varios hilos... los motivos de comisión son:
a) Por razones de salud del profesorado que afecten muy gravemente al desempeño del puesto de destino. El personal funcionario de carrera que, por razones de salud, necesite un cambio del puesto o lugar de trabajo que ocupe con carácter definitivo, podrá solicitar de la Administración educativa la adjudicación de un puesto, centro o localidad diferentes a los del destino definitivo, con ocasión de vacante y de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de esta Orden. El referido personal deberá acreditar ante la Administración educativa la existencia de una enfermedad propia que le impida o dificulte muy gravemente llevar a cabo su labor docente en su puesto o lugar de destino. Dicha acreditación se documentará con los informes facultativos, de apoyo para el diagnóstico o clínicos, que se consideren oportunos que, para propiciar la confidencialidad, se presentarán en sobre cerrado, junto con la solicitud, donde conste el nombre de la persona interesada. Para cada caso se emitirá preceptivamente un informe por parte de las asesorías médicas de la Delegación Territorial competente en materia de educación a la que corresponda el centro donde preste servicio el personal interesado. La duración de estas comisiones de servicio será de un curso académico. b) Por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral. El personal funcionario de carrera podrá solicitar comisión de servicio, cuando existan razones relacionadas con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, a un municipio distinto al del destino definitivo, con ocasión de vacante y de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de esta Orden. En la solicitud se indicará la causa de la comisión de servicio y se adjuntará la documentación que la justifique, que podrá referirse a las siguientes: - Para el cuidado de hijos de hasta 3 años. - Para el cuidado de hijos mayores de 3 años, cónyuges o parejas de hecho, por razón de enfermedad. - Para el cuidado de otros familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, por razón de enfermedad. - Por tener el destino en municipio diferente al del domicilio habitual. - Por estudios del profesorado o de sus hijos cuando el centro del nivel correspondiente a dichos estudios se halle a más de 50 km del municipio del destino. - Por razones de enfermedad del profesorado no incluidas en el párrafo a) de este apartado. La duración de estas comisiones de servicio será de un curso académico. c) Por razones de ocupación de un cargo electivo en las corporaciones locales. El personal funcionario de carrera que haya sido elegido miembro de corporaciones locales, no tenga dedicación exclusiva en dicha condición y tenga destino definitivo en un municipio distinto al de la corporación para la que fue elegidos podrá solicitar comisión de servicio en dicho municipio o, en su defecto, en uno próximo, con ocasión de vacante y de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de esta Orden. La duración de estas comisiones de servicio será de un curso académico. Para las modalidades recogidas en este apartado 3, la Administración educativa no autorizará comisiones de servicio para el mismo municipio donde se encuentre el centro de destino del personal solicitante, excepción hecha de la modalidad del párrafo a).» Un provisional, este curso, puede pedir todas las que no supongan un destino definitivo. - Por tener el destino en municipio diferente al del domicilio habitual. - Por estudios del profesorado o de sus hijos cuando el centro del nivel correspondiente a dichos estudios se halle a más de 50 km del municipio del destino. Para estas dos, debes esperar a tener destino definitivo de forma definitiva. https://www.adideandalucia.es/normas/ordenes/Orden26febrero2008TextoRefundido.pdf Título: Re: CONCURSILLO...NO ME ACLARO Publicado por: tuburulo en 20/Mar/2019~22:42 Muchas gracias por la aclaración. Me habían dado informaciones contradictorias.
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