![]() Título: Tiempo para justificar ausencia Publicado por: mickey en 29/Oct/2018~22:55 Sabéis cuanto tiempo es el máximo para justificar una ausencia?
Título: Re: Tiempo para justificar ausencia Publicado por: guarnido en 09/Nov/2018~09:45 Tengo entendido que el plazo son diez días después del hecho. Lo que ya no te puedo decir es si son diez días laborables o naturales. Un saludo.
Título: Re: Tiempo para justificar ausencia Publicado por: tiritas en 09/Nov/2018~22:34 el tiempo no lo sé, pero lo normal es que el jefe de estudios envíe las faltas del profesorado, al final de cada mes; con lo cual.... a mi entender puede que lo correcto sea entregar la justificación de ausencia, en los diez primeros días tras la ausencia; pero la realidad, es que hasta final de mes no se envian al departamento de educación; con lo cual... es solo hablar con el jefe de estudios y comentarle que antes de acabar el mes que le das el justificante; porque en realidad por ejempo si faltas el día 4 al colegio, y se lo das antes del 14; si hasta el 30 no envia al servicio educativo provincial, las faltas del profesorado... tampoco hace falta agobiarse por entregarlo rápido; lo normal puede que sean diez dias, pero a una mala, si hablar con jefatura y se lo comentas, dudo que pongan pegas; el problema es si faltas del 20 en adelante... entonces ahi ya tiene que ser en los siguientes diez dias, pq el mes ya finaliza.
Título: Re: Tiempo para justificar ausencia Publicado por: nevus en 12/Nov/2018~00:34 Bajas en 48 horas, ausencias en cinco días según mandan en instrucciones. Dependerá de cada comunidad.
Título: Re: Tiempo para justificar ausencia Publicado por: yomisma85 en 12/Nov/2018~08:52 Depende el motivo de la ausencia. En Andalucía viene en casa uno de los apartados de la circular de licencias y permisos.
Por hospitalización de familiar... En el momento de la incorporación. Por traslado, 15 días. Examen, en el momento de la solicitud o tras el disfrute. En caso de baja médica, el parte inicial, el día siguiente y como muy tarde el cuarto día hay que presentar la documentación en el centro. Los partes consecutivos hasta 3 días después de la renovación. Y así con cada motivo. Depende. Hay que leer la normativa sabiendo el caso más concreto. |