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FORO MAESTROS Y PROFESORES => Foro General-maestros25.com => Mensaje iniciado por: mickey en 29/Oct/2018~22:55


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Título: Tiempo para justificar ausencia
Publicado por: mickey en 29/Oct/2018~22:55
Sabéis cuanto tiempo es el máximo para justificar una ausencia?


Título: Re: Tiempo para justificar ausencia
Publicado por: guarnido en 09/Nov/2018~09:45
Tengo entendido que el plazo son diez días después del hecho. Lo que ya no te puedo decir es si son diez días laborables o naturales. Un saludo.


Título: Re: Tiempo para justificar ausencia
Publicado por: tiritas en 09/Nov/2018~22:34
el tiempo no lo sé, pero lo normal es que el jefe de estudios envíe las faltas del profesorado, al final de cada mes; con lo cual.... a mi entender puede que lo correcto sea  entregar la justificación de ausencia, en los diez primeros días  tras la ausencia; pero la realidad, es que hasta final de mes no se envian al departamento de educación; con lo cual... es solo hablar con el jefe de estudios y comentarle que antes de acabar el mes que le das el justificante; porque en realidad por ejempo si faltas el día 4  al colegio, y se lo das antes del 14; si hasta el 30 no envia al servicio educativo  provincial, las faltas del profesorado... tampoco hace falta agobiarse por entregarlo rápido; lo normal puede que sean diez dias, pero a una mala, si hablar con jefatura y se lo comentas, dudo que pongan pegas; el problema es si faltas del 20 en adelante... entonces ahi ya tiene que ser en los siguientes diez dias, pq el mes ya finaliza.


Título: Re: Tiempo para justificar ausencia
Publicado por: nevus en 12/Nov/2018~00:34
Bajas en 48 horas, ausencias en cinco días según mandan en instrucciones. Dependerá de cada comunidad.


Título: Re: Tiempo para justificar ausencia
Publicado por: yomisma85 en 12/Nov/2018~08:52
Depende el motivo de la ausencia.  En Andalucía viene en casa uno de los apartados de la circular de licencias y permisos. 

Por hospitalización de familiar... En el momento de la incorporación. 

Por traslado,  15 días. 

Examen,  en el momento de la solicitud o tras el disfrute.
 
En caso de baja médica,  el parte inicial,  el día siguiente y como muy tarde el cuarto día hay que presentar la documentación en el centro.  Los partes consecutivos hasta 3 días después de la renovación. 

Y así con cada motivo.  Depende. Hay que leer la normativa sabiendo el caso más concreto.