![]() Título: Helpppppp!!!! Zeronter o quien lo sepa!!! Publicado por: laura5 en 07/Ago/2018~13:38 Soy interina de inglés y me gustaría saber qué puedo hacer en el caso de no encontrar permuta. El año pasado pedí el cuidado de hijos menores de 3 años. Podría volver a pedirlo?
En caso negativo...podría ponerme inactiva en bolsa? En caso negativo también...qué tendría que hacer? Tengo claro que por mis circunstancias personales no me puedo incorporar al destino que me han adjudicado. Título: Re: Helpppppp!!!! Zeronter o quien lo sepa!!! Publicado por: zeronter en 07/Ago/2018~16:25 Ahi lo pongo:
Disposición adicional sexta. Permutas. 1. Podrán autorizarse excepcionalmente permutas entre personal funcionario en activo de los cuerpos docentes cuando concurran las siguientes condiciones: a) Que desempeñen con carácter definitivo los destinos que se permutan. b) Que acrediten, al menos, dos años de servicios efectivos con carácter definitivo en las plazas objeto de la permuta. c) Que ambos destinos sean de igual naturaleza y correspondan a idéntica forma de provisión. d) Que quienes pretendan la permuta cuenten respectivamente con un número de años de servicio que no difiera entre sí en más de cinco. e) Que se emita informe previo favorable por la unidad administrativa de la que dependa cada una de las plazas. 2. Cuando la permuta se pretenda entre plazas dependientes de Administraciones educativas diferentes será necesario que ambas lo autoricen simultáneamente. 3. En el plazo de diez años, a partir de la concesión de una permuta, no podrá autorizarse otra a cualquiera de las personas permutantes. 4. No podrá autorizarse permuta entre personal funcionario cuando a alguno de ellos le falten menos de diez años para cumplir la edad de jubilación legalmente establecida. 5. Se dejarán sin efecto las permutas si en los dos años siguientes a la fecha en que tengan lugar se produce una excedencia o jubilación voluntaria de alguna de las personas permutantes. 6. A quien se haya autorizado la permuta no podrá participar en los concursos de provisión de puestos hasta que no acredite, al menos, dos años de servicios efectivos, a partir de la fecha de la toma de posesión, en la plaza a que se incorporó como consecuencia de la concesión de la permuta Título: Re: Helpppppp!!!! Zeronter o quien lo sepa!!! Publicado por: laura5 en 07/Ago/2018~16:53 Con respecto a la duda del permiso por hijos menores de 3 años sabrías algo?
Título: Re: Helpppppp!!!! Zeronter o quien lo sepa!!! Publicado por: yomisma85 en 07/Ago/2018~16:58 Orden de 18 de junio de 2018, por la que se regulan las bolsas de trabajo
docentes y se establecen las bases aplicables al personal integrante de las mismas. Título: Re: Helpppppp!!!! Zeronter o quien lo sepa!!! Publicado por: zeronter en 07/Ago/2018~16:58 Sé que es posible rechazar el destino si tienes a tu cargo hijos menores de tres años. Los pasos a seguir no sabría decirtelos.
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