![]() Título: Cese el 22 de diciembre Publicado por: Rosal12 en 29/Nov/2017~09:30 Hola buenos días, parece ser que la titular a la q sustituyo se va a dar de alta el 22, quería saber si entonces debo solicitar el paro, o si hasta el 8 de enero, esos días me cuentan como tiempo de servicio.
Creo que la extraordinaria si la cobraría, pero si el centro está cerrado, quien manda el parte de alta? Título: Re: Cese el 22 de diciembre Publicado por: aj.rb1984 en 29/Nov/2017~09:47 yo ceso el mismo dia; se cobra hasta el 8 de enero, vale como tiempo de servicio y lo único q no te cuentan esos dias para cobrar el verano. Yo creo q el 22 se puede mandar el papel, es lo q voy a hacer yo.
Título: Re: Cese el 22 de diciembre Publicado por: gambino en 29/Nov/2017~18:44 Alguien sabe cuantos dias antes de unas vacaciones te cubre la sustitucion? Por ejemplo si cesas el 19, cuenta el tiempo de servicio y cobras ese periodo? Son 5 dias? Gracias!
Título: Re: Cese el 22 de diciembre Publicado por: hugo4 en 29/Nov/2017~20:40 Alguien sabe cuantos dias antes de unas vacaciones te cubre la sustitucion? Por ejemplo si cesas el 19, cuenta el tiempo de servicio y cobras ese periodo? Son 5 dias? Gracias! Te pagan y te cuenta como tiempo de servicio todas las vacaciones. Pero como se ha dicho antes no computan para la prorroga vacacional del verano. Y ocurre eso siempre que te cesen en los últimos 5 días antes de las vacaciones que este año comienzan el 23 de diciembre. |