Hola, me gustaría saber cuántos días podemos faltar al año por causa médica y si pueden tomarse de forma consecutiva. ¿Esos días se cobran o los descuentan? Gracias a quien me lo pueda aclarar.
Durante el año se puede faltar un máximo de 4 días, siempre que se presente justificante médico. De ellos, sólo 3 días pueden ser consecutivos. No te descuentan nada, a no ser que se conviertan en baja por enfermedad, es decir, que pases de los tres días consecutivos.
Muchas gracias jerezana, un saludo.
Delegación me comunico la última vez lo siguiente :
Estuve enferma jueves y viernes, el lunes procedí a ir a por la baja pues seguía estandolo y me comunicó delegación que si los tres días iban consecutivos y posteriormente se cogía la baja, que está debía cogerse desde el primer día que falté. Me hicieron volver al médico a que me modificarán las fechas y todo quedo como si no hubiera cogido días previos de enfermedad. No se si es el procedimiento o no pero me quedé con cara de tonta!
Ese es el procedimiento, si
Al darte la baja el médico, esta es desde el primer día de ausencia.
Los cuatro días que tenemos, justificándolos, por reposo médico, los mantienes.