Título: Horario regular de un maestro en secundaria Publicado por: hiphopdance en 02/May/2017~23:11 Hola, Una consulta de los centros semi-d en secundaria,
¿Alguien me puede decir donde viene exactamente la modificación de la orden de 20 de agosto de 2010, donde cambian que el horario regular del maestro será de 25 horas y el horario irregular de 5 horas? Porque sólo encuentro que el horario regular del maestro, será de 25 horas "como mínimo", por tanto, cumplirían la normativa todos los centros donde se trabajen más de esas 25 horas regulares, siempre que no superes las 30 horas de permanencia en el centro. Me encuentro muchos folletos de sindicatos, que dicen que es ilegal, echar más de esas 25 horas regulares,,,, pero mientras no se cambie la orden, será legal en principio.... ¿Alguien me podría decir si se ha modificado el artículo quitando el "como mínimo", y en ese caso, donde lo puedo ubicar? Título: Re: Horario regular de un maestro en secundaria Publicado por: corichi en 05/May/2017~02:14 Pero como va a trabajar más horas un maestro que un profesor en secundaria? Los profesores tienen 25 horas regulares y 5 irregulares.
Título: Re: Horario regular de un maestro en secundaria Publicado por: hiphopdance en 22/May/2017~21:34 Pero como va a trabajar más horas un maestro que un profesor en secundaria? Los profesores tienen 25 horas regulares y 5 irregulares. Corichi, no lo digo yo, lo dice la orden de 20 de agosto de 2010 en su artículo 13, en el punto 2, como ya puse antes.... Copio textualmente: ORDEN de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado. Artículo 13. Horario individual del profesorado. 1. La jornada semanal del profesorado de los institutos de educación secundaria será de treinta y cinco horas. La distribución del horario individual de cada profesor o profesora se realizará de lunes a viernes, lo que implica la asistencia diaria al centro durante dichos días. 2. De las treinta y cinco horas de la jornada semanal, treinta son de obligada permanencia en el centro. De éstas últimas, un mínimo de veinticinco se computarán como horario regular del profesorado que comprenderá una parte lectiva y otra no lectiva. 3. La parte lectiva del horario regular será de un mínimo de 18 horas, pudiendo llegar excepcionalmente a 21 si la distribución horaria del instituto lo exige, y se dedicará a las siguientes actividades: a) Docencia directa de un grupo de alumnos y alumnas para el desarrollo del currículo. b) Tutoría en aquellas enseñanzas en las que así esté contemplado en la normativa de aplicación. c) Actividades de refuerzo y recuperación del alumnado. d) Asistencia a las actividades complementarias programadas. e) Desempeño de funciones directivas o de coordinación docente. f) Desempeño de funciones de coordinación de los planes estratégicos a los que se refiere el artículo 71.4 del Reglamento Orgánico de los institutos de educación secundaria, de acuerdo con lo que a tales efectos se establezca. ....... Según esto, si realizas 27 o 28 horas regulares en tu centro, sería legal hasta que no se modificase,¿verdad?....¿Se ha modificado ya? ¿Por qué los sindicatos entonces dicen que es ilegal si aún no se ha modificado? Título: Re: Horario regular de un maestro en secundaria Publicado por: corichi en 22/May/2017~23:30 Eso se lo echaron para atrás a la Junta de Andalucía por ser ilegal. Máximo 25
Título: Re: Horario regular de un maestro en secundaria Publicado por: hiphopdance en 23/May/2017~18:57 Eso se lo echaron para atrás a la Junta de Andalucía por ser ilegal. Máximo 25 De acuerdo...¿Pero dónde puedo encontrar que se haya echado para atrás? ¿Dónde está la modificación de esa orden? Si en un centro me dan un horario de 27 horas regulares por ejemplo, y me enseñan esta orden.... con decirles que lo han echado para atrás no es suficiente, ya que lo tendré que demostrar....¿Dónde viene recogido que ya no sea así? |