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OPOSICIONES => Oposiciones-2017 => Mensaje iniciado por: zumozol en 01/Abr/2017~13:35

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Título: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: zumozol en 01/Abr/2017~13:35
Basta con leer el artículo primero del Real Decreto-ley 6/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público en los ámbitos de personal docente no universitario y universitario, Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas para 2017.
Esas plazas no existian, ni se trata de profesores jubilados o que hayan causado baja. Al que se le crucen los cables las impugna y los tribunales lo van a estimar. Y me refiero a las 475 de este año, las 177 reservadas del año anterior si son validas. La subnormal de Gusana la ha fastidiado y no ha amarrado bien el tema con el PP.
Lean el artículo 1, apartados 3 y 4.  :022: :022: :022: :022:

"3. Con el fin de permitir el seguimiento de la oferta, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas deberán remitir al Ministerio de Hacienda y Función Pública, además de cualquier otra información que les sea requerida, una certificación del número de bajas y altas tenidas en cuenta en el cálculo de la tasa de reposición, incluidas las altas y bajas por concursos de traslado producidas como consecuencia de los procedimientos de movilidad voluntaria entre distintas Administraciones Públicas en el año inmediato anterior.
4. Para calcular la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje de tasa máximo fijado se aplicará sobre la diferencia resultante entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios en cada uno de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en los mismos, en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses en la prestación de servicios por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas."


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: juan máximo en 01/Abr/2017~14:06
Basta con leer el artículo primero del Real Decreto-ley 6/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público en los ámbitos de personal docente no universitario y universitario, Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas para 2017.
Esas plazas no existian, ni se trata de profesores jubilados o que hayan causado baja. Al que se le crucen los cables las impugna y los tribunales lo van a estimar. Y me refiero a las 475 de este año, las 177 reservadas del año anterior si son validas. La subnormal de Gusana la ha fastidiado y no ha amarrado bien el tema con el PP.
Lean el artículo 1, apartados 3 y 4.  :022: :022: :022: :022:

"3. Con el fin de permitir el seguimiento de la oferta, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas deberán remitir al Ministerio de Hacienda y Función Pública, además de cualquier otra información que les sea requerida, una certificación del número de bajas y altas tenidas en cuenta en el cálculo de la tasa de reposición, incluidas las altas y bajas por concursos de traslado producidas como consecuencia de los procedimientos de movilidad voluntaria entre distintas Administraciones Públicas en el año inmediato anterior.
4. Para calcular la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje de tasa máximo fijado se aplicará sobre la diferencia resultante entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios en cada uno de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en los mismos, en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses en la prestación de servicios por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas."


La tasa de reposición se aplica a todas las bajas definitivas de funcionarios (jubilaciones, fallecimientos, renuncias, etc.) de cada sector público, que en este caso es el personal docente no universitario, es decir, de todos los cuerpos docentes no universitarios, maestros, profesores de secundaria, técnicos de FP, de escuelas oficiales de idiomas, conservatorios de música, de arte, etc.
Para hacerse una idea, en 2011 las bajas totales de docentes no universitarios en Andalucía fueron 3270, en 2012 fueron 2650 y en 2013 las bajas fueron 2500.
En 2014 las bajas fueron alrededor de 2.460.
Las plazas convocadas en 2.015 fueron alrededor de 1.230.(Tasa de reposición 50%)

Las bajas en 2016 fueron alrededor de 2.470.Al ser la tasa de reposición del 100% en 2.017 ,las plazas que han salido en la OPE 2017,recientemente publicada en BOJA,han sido 2.468.

Esas plazas luego ya las pueden distribuir como quieran por especialidades.Como si hubieran querido dar 1.000 plazas a francés o a otra especialidad.
Nada ilegal. :eusa_naughty:



Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: zumozol en 01/Abr/2017~14:19
La norma creo que no dice lo que tu comentas. Cuando habla de respetar la tasa de reosicion de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías y establece un control para evitar el incumplimiento impide que la Junta de Andalucía haga lo que quiera para el cuerpo de francés. Eso acaba en los tribunales salvo que se modifique el Real Decreto Ley.


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: juan máximo en 01/Abr/2017~14:29
La norma creo que no dice lo que tu comentas. Cuando habla de respetar la tasa de reosicion de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías y establece un control para evitar el incumplimiento impide que la Junta de Andalucía haga lo que quiera para el cuerpo de francés. Eso acaba en los tribunales salvo que se modifique el Real Decreto Ley.
Pues nada a impugnar,por que este RD Ley no se va a modificar,mas que nada por que está bien "clarito".Al que le sobre el dinero,adelante.


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: teacher_daniela en 02/Abr/2017~12:42
La norma creo que no dice lo que tu comentas. Cuando habla de respetar la tasa de reosicion de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías y establece un control para evitar el incumplimiento impide que la Junta de Andalucía haga lo que quiera para el cuerpo de francés. Eso acaba en los tribunales salvo que se modifique el Real Decreto Ley.
Pues nada a impugnar,por que este RD Ley no se va a modificar,mas que nada por que está bien "clarito".Al que le sobre el dinero,adelante.


Que manera más chulesca y prepotente de contestar a un compañero. Menuda actitud. Siempre los pelotilleros del sistema dando guerra a los que quieren cambiar las cosas, asi nos va..


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: juan máximo en 02/Abr/2017~13:56
La norma creo que no dice lo que tu comentas. Cuando habla de respetar la tasa de reosicion de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías y establece un control para evitar el incumplimiento impide que la Junta de Andalucía haga lo que quiera para el cuerpo de francés. Eso acaba en los tribunales salvo que se modifique el Real Decreto Ley.
Pues nada a impugnar,por que este RD Ley no se va a modificar,mas que nada por que está bien "clarito".Al que le sobre el dinero,adelante.



Que manera más chulesca y prepotente de contestar a un compañero. Menuda actitud. Siempre los pelotilleros del sistema dando guerra a los que quieren cambiar las cosas, asi nos va..

Correcto,así nos va con gente como tu.¿Qué sabrás tu de mi?Yo no he insultado a nadie.
No pierdo mas el tiempo contigo.


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: Sion en 02/Abr/2017~14:54

Que manera más chulesca y prepotente de contestar a un compañero. Menuda actitud. Siempre los pelotilleros del sistema dando guerra a los que quieren cambiar las cosas, asi nos va..

Y qué manera triunfal de presentarse en un foro!!!.
Menuda actitud.
Siempre los que opinan sin saber de qué va la cosa ni de saber de quién opina!


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: mojitoyoyo en 02/Abr/2017~16:15
Muchas gracias por tus aportaciones, Juan Máximo!!! Ni caso a palabras necias


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: MEGA en 02/Abr/2017~21:36
La verdad es que quien no haya seguido un tiempo a juan máximo, de primeras puede parecer chulito. Pero es lo que le hace ser él mismo. Simplemente es sincero y habla sin tapujos. Nos aporta y ayuda mucho a l@s que no sabemos de tantos temas.  :038:


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: teacher_daniela en 02/Abr/2017~22:07
Hombre pues serás una superstar si tienes hasta tu grupito de fanboys y todo! :041: una pena que peinando canas la única inquietud sea ensarzarte en debates absurdos con gente a la que le doblas la edad... yo solo he subrayado que hay otra manera de decir las cosas sin esa actitud que me molesta leer en un foro de maestros, falta de solidaridad de humildad y de empatía y soberbia


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: teacher_daniela en 02/Abr/2017~22:12

Que manera más chulesca y prepotente de contestar a un compañero. Menuda actitud. Siempre los pelotilleros del sistema dando guerra a los que quieren cambiar las cosas, asi nos va..

Y qué manera triunfal de presentarse en un foro!!!.
Menuda actitud.
Siempre los que opinan sin saber de qué va la cosa ni de saber de quién opina!

De que va la cosa? Explícamelo que soy muy torpe, a ver si es q la falta de respeto es tolerable. Por que al administrador Zeronter nunca le he leído mensajes en este tono, ni contestarle a nadie así en esa actitud, es una persona amable con todos. Eso de que el es así lo dejamos para los realitis. es que escrito porque me indigna leer a este hombre contestar así a gente novata que estamos desesperados y preocupados con una situación


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: juan máximo en 02/Abr/2017~22:20
Hombre pues serás una superstar si tienes hasta tu grupito de fanboys y todo! :041: una pena que peinando canas la única inquietud sea ensarzarte en debates absurdos con gente a la que le doblas la edad... yo solo he subrayado que hay otra manera de decir las cosas sin esa actitud que me molesta leer en un foro de maestros, falta de solidaridad de humildad y de empatía y soberbia
No voy a perder mi tiempo contigo ya te lo he dicho,no me merece la pena.
Como tampoco tengo que darte ninguna explicación.


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: juan máximo en 02/Abr/2017~22:42
Alguien me dijo algún día que no es necesario dar explicaciones de nuestros actos.
Y yo añado: me hago responsable de lo que digo,no de lo que demás interpreten.
Los mensajes están ahí,si nadie los elimina.Cada cual que saque sus conclusiones.

Llevo ya varios años en el foro y nunca se me ha ocurrido insultar ni faltar al respeto a nadie.Cosa que a mi si me han hecho.
Como tampoco he tenido nunca la intención de engañar,confundir o desanimar a nadie.

Y volviendo al título del hilo,eso si que son ganas de confundir a los opositores a 3 meses de la oposición.
¿O acaso ellos no merecen respeto?



Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: teacher_daniela en 02/Abr/2017~23:12
Alguien me dijo algún día que no es necesario dar explicaciones de nuestros actos.
Y yo añado: me hago responsable de lo que digo,no de lo que demás interpreten.
Los mensajes están ahí,si nadie los elimina.Cada cual que saque sus conclusiones.

Llevo ya varios años en el foro y nunca se me ha ocurrido insultar ni faltar al respeto a nadie.Cosa que a mi si me han hecho.
Como tampoco he tenido nunca la intención de engañar,confundir o desanimar a nadie.

Y volviendo al título del hilo,eso si que son ganas de confundir a los opositores a 3 meses de la oposición.
¿O acaso ellos no merecen respeto?



Perdona, me trasmites una demagogia de manual, quizás la culpa no sea tuya si no de tu forma de expresarte  :eusa_naughty:


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: AdriVT en 02/Abr/2017~23:33
Juan Máximo es de lo mejorcito del foro, otra cosa es que no queráis asumir lo que os está diciendo (que por cierto lo hace de forma altruista)


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: juan máximo en 02/Abr/2017~23:49
Alguien me dijo algún día que no es necesario dar explicaciones de nuestros actos.
Y yo añado: me hago responsable de lo que digo,no de lo que demás interpreten.
Los mensajes están ahí,si nadie los elimina.Cada cual que saque sus conclusiones.

Llevo ya varios años en el foro y nunca se me ha ocurrido insultar ni faltar al respeto a nadie.Cosa que a mi si me han hecho.
Como tampoco he tenido nunca la intención de engañar,confundir o desanimar a nadie.

Y volviendo al título del hilo,eso si que son ganas de confundir a los opositores a 3 meses de la oposición.
¿O acaso ellos no merecen respeto?



Perdona, me trasmites una demagogia de manual, quizás la culpa no sea tuya si no de tu forma de expresarte  :eusa_naughty:
Vamos progresando,te transmito algo.A ver si al final te gustan mis canas,que por cierto no se de donde sacas que las tengo. :007: :007: :007:


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: mojitoyoyo en 04/Abr/2017~15:08
Juan Máximo transmite ayuda, informaciones a todos. Canas no sabemos si tiene pero le gusta tomarse una taza de café mientras responde a nuestras dudas  :D


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: IberiaUnida en 04/Abr/2017~15:51
No sé si tiene canas o no, pero no hace falta que las tenga para ganarse el respeto y la admiración de todos.

Dedicar mucho tiempo enterarse de cómo son las cosas, y luego dedicar más tiempo todavía a informar a los demás, con lo pesado que somos preguntando, y todo ello siempre con paciencia y amabilidad, tiene mucho mérito.

Es de bien nacido ser agradecido.

Gente como Juan Máximo, Zeronter y Respublica tiran del carro, otros van subidos y otros ponen palos en las ruedas.


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: conxi11 en 04/Abr/2017~19:42
No hay Verdad en lo que dices de las plazas... si que es VERDAD lo que Juan Maximo expone. El CUERPO es el Cuerpo de Maestros, como tal pueden rrepartir las plazas por especialidad según la Junta quiera.
.... y dejaros de ser tan susceptibles.... nadie ha insultado a nadie


Título: Re: Es ilegal convocar 425 plazas de frances, segun el Decreto Ley 6/2017.
Publicado por: juan máximo en 04/Abr/2017~22:59
No hay Verdad en lo que dices de las plazas... si que es VERDAD lo que Juan Maximo expone. El CUERPO es el Cuerpo de Maestros, como tal pueden rrepartir las plazas por especialidad según la Junta quiera.
.... y dejaros de ser tan susceptibles.... nadie ha insultado a nadie
Depende de lo que cada uno entienda por insulto.
Precisamente para mi "pelotillero del sistema" es lo peor que me puedes llamar,tengo mis motivos.Mas que nada por que "el sistema" no me ha tratado muy bien.
Pero vamos,que no pasa nada.