![]() Título: Días de asuntos propios Publicado por: mariamusic en 09/Sep/2016~16:26 Quería saber si tenemos derecho los interinos con vacante a días de asuntos propios y qué repercusiones podría tener.
Muchas gracias. Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: zeronter en 09/Sep/2016~16:29 Lo interinos no tienen esos días.
Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: yoli_eco en 09/Sep/2016~17:35 10. PERMISOS POR ASUNTOS PARTICULARES RETRIBUIDOS.
Dadas las características especiales del calendario y la jornada escolar, los permisos por asuntos particulares retribuidos a que se refiere el artículo 48.k) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la redacción dada por la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público, podrá disfrutarlos el personal docente en los períodos no lectivos del referido calendario escolar. En tales períodos, las personas titulares de las direcciones de los centros o responsables de los servicios educativos podrán conceder hasta un máximo de cuatro días en cada curso académico, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula séptima del Acuerdo de 9 de julio de 2013. El permiso, cuyo disfrute estará condicionado a las necesidades del servicio educativo, será, en todo caso, proporcional al período trabajado en el correspondiente curso académico. Las personas titulares de las direcciones de los centros o responsables de los servicios educativos podrán denegar el disfrute de este permiso en los días en que los centros tengan programadas actividades relacionadas con la evaluación del alumnado o con la preparación del curso académico.  Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: mariamusic en 09/Sep/2016~17:49 Con lo cual...podríamos dedicar un día a asuntos propios y no nos pagarían ese día, verdad?
Gracias. Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: yoli_eco en 09/Sep/2016~18:12 No he conseguido localizar que el permiso por ASUNTOS PARTICULARES RETRIBUIDOS excluya al personal interino, al nombrar en general al PERSONAL DOCENTE.
Sí lo menciona de manera explícita en el permiso por Asuntos Particulares sin Retribución, el cual no podrán disfrutar ni interinos ni laborales. En cualquier caso, debe solicitarse en forma y plazo adecuados, se disfruta en días no lectivos, sin alumnos ni reuniones, y son un máximo de 4 días en el curso escolar, sin descuento de ninguna retribución. (te pagan esos días) http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/abaco-portlet/content/16628f17-69cb-40ac-9c92-b6c538babf3f Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: lamini19_80 en 09/Sep/2016~19:00 Efectivamente,los interinos sí podemos coger esos días de asuntos propios retribuidos porque el curso pasado los cogimos todos los compañeros del cole excepto la directora.
Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: mariamusic en 09/Sep/2016~19:20 Pero yo lo quiero coger un día a finales de septiembre que es día lectivo...no podría? ? Aunque no me.paguen ese día? ?
Gracias. Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: lamini19_80 en 09/Sep/2016~19:52 Pero yo lo quiero coger un día a finales de septiembre que es día lectivo...no podría? ? Aunque no me.paguen ese día? ? Si hay niños, no puedes cogerloGracias. Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: mariamusic en 10/Sep/2016~09:09 Seguro que no hay ninguna probabilidad?!
Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: mariamusic en 10/Sep/2016~12:30 ?
Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: yoli_eco en 10/Sep/2016~14:36 SOLO EN DÍAS NO LECTIVOS
Lo especifica la circular de permisos y licencias. Además queda supeditado también a la concesión por parte de la dirección.... Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: margary en 11/Sep/2016~15:49 Y si es para ir al medico o para hacer algún examen oficial o algún motivo justificado, tampoco se puede coger???
Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: yoli_eco en 11/Sep/2016~17:45 Y si es para ir al medico o para hacer algún examen oficial o algún motivo justificado, tampoco se puede coger??? Entrarían dentro de esas categorías de permiso (si el motivo está contemplado como tal en la circular de permisos y se justifica debidamente). Y puedes ausentarte cualquiera que sea el día que se necesita, aunque algunos con matices.....la asistencia al médico por ejemplo se justifica por el tiempo imprescindible a la cita... Si es por ejemplo para un examen oficial, o un deber inexcusable,....por citar algo, esos supuestos están debidamente especificados y desarrollados en la normativa. Pero solicitarlo como Asunto Particular Retribuido es imposible en días lectivos. Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: viky en 09/Jun/2017~21:44 Se pueden solicitar cuando ya no hay clases.
Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: teacherdonpablo en 10/Jun/2017~13:42 Sí, cuando no hay clases. Yo lo cogi el año pasado siendo interino. No te quitan nada. Pero que no coincida con reuniones.
Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: pompita81 en 12/Jun/2017~21:49 Vaya tela. Nosotros en el cole no lo podemos coger porque supuestamente al director le han dicho que esos 4 días pertenecen a julio y no a junio o septiembre... ¿Hay algo que pueda hacer?
Título: Re: Días de asuntos propios Publicado por: viky en 12/Jun/2017~22:36 Corresponden del 23 al 30 de junio y en septiembre del 1 hasta el día que comienzan las clases. Son 4 días por curso escolar y parece que ya este curso según la ley son 5 días.
El personal laboral, estatutario... Ya los llevan disfrutando hace años sin problema. |