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FORO MAESTROS Y PROFESORES => Concursos de traslados (Destinos definitivos-Funcionarios) => Mensaje iniciado por: maestromarco en 23/Jun/2016~20:28


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Título: RENUNCIA
Publicado por: maestromarco en 23/Jun/2016~20:28
Buenas tardes, soy definitiva y este año he participado en el CGT. Renuncié aún no dándome nada en la adjudicación provisional por miedo a que me dieran una de las últimas que puse y aconsejada por los sindicatos. Ahora, puedo participar en el Concursillo? O por renunciar me excluyen? Gracias :(


Título: Re: RENUNCIA
Publicado por: yomisma85 en 24/Jun/2016~15:08
DECIMOTERCERA. PUBLICACIÓN DE ADJUDICACIÓN DE DESTINOS Y EFECTOS.
1. Mediante Resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos, se adjudicarán provisionalmente los destinos, concediéndose un plazo de cinco días
naturales a partir de su exposición en los tablones de anuncios de las Delegaciones Territoriales
de Educación, para reclamaciones y, en su caso, desistimientos, y se elevarán a definitivos los
listados con los destinos adjudicados, que se publicarán, asimismo, por Resolución de dicha
Dirección General, en los tablones de anuncios de las citadas Delegaciones Territoriales, con los
efectos previstos en el artículo 59.6. b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La
adjudicación de destinos se publicará en el portal web de la Consejería de Educación, a efectos
meramente informativos.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán efectos económicos y
administrativos de 1 de septiembre de 2016.
No obstante, el personal funcionario interino que a la fecha citada de 1 de septiembre de
2016 se halle de baja por incapacidad temporal, u otro tipo de baja o permiso que suponga pago
directo por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, no podrá tomar posesión en el
destino adjudicado, hasta pasar a la situación de alta, sin perjuicio de su inscripción en el registro
integrado de recursos humanos a los efectos del cómputo del período que corresponda en la
bolsa de trabajo.
 


Título: Re: RENUNCIA
Publicado por: madrecoraje en 25/Jun/2016~13:02
Yo entiendo que si, lo que has resaltado es cuando las listas ya se han elevado a definitivas. En el párrafo anterior pone que habrá 5 días para reclamaciones o desistimientos