![]() Título: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: Anansk en 22/Jun/2016~13:19 http://juntadeandalucia.es/boja/2016/118/BOJA16-118-00009-11270-01_00093776.pdf
Ya está la orden del "concursillo". Preparando los certificados de empadronamiento en 3...2...1... (es lo que piden para acreditar la residencia en lugar distinto al del destino definitivo). Título: Concursillo Publicado por: snow en 22/Jun/2016~16:17 Buenas perdonad mi ignorancia .se puede pedir el concursillo por tener diferente domicilio al del destino y por tener hijos q estudian la ESO.Me refiero a si se puede pedir por un solo motivo o por dos.gracias de antemano
Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: IBC en 22/Jun/2016~16:36 Si se elige comisión de servicio por conciliación familiar se puede elegir lo que queramos?, porque yo tengo una hija menor de tres años y también trabajo en un municipio distinto a mi residencia, entonces podría marcar el que quiera o priman unos más que otros?? Lo digo porque el libro de familia lo tengo en casa y puedo hacerle fotocopia mientras que el empadronamiento hay que ir a buscarlo al ayuntamiento.... Tenéis idea?
Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: anibor en 22/Jun/2016~18:08 Según el sindicato ANPE, para solicitar la comisión por conciliación, la CEJA iba a solicitar una Declaración Responsable sobre la causa que se indique al solicitar esta comisión de servicio (no se adjuntará documentación acreditativa).
http://www.anpeandalucia.org/contenidos.php?i=23024 Según el anexo de la Orden hay que presentar: - Certificado del órgano competente sobre el carácter de libre designación del puesto ocupado. - Copia de la disposición por la que se efectúa el nombramiento (altos cargos). - Fotocopia del libro de familia o de la documentación oportuna que acredite el parentesco (para el cuidado de hijos o de familiares). - Informes médicos actualizados que acrediten la enfermedad alegada (por razones de salud de hijos o familiares). - Certificado de empadronamiento de la persona enferma, de no tratarse de cónyuges o hijos, en la localidad de quien solicita la comisión de servicio. - Si procede, acreditación del grado de minusvalía de la persona enferma. - Para los supuestos de estudios oficiales del profesorado en localidades que se hallen a más de 50 km. del municipio de destino, certificación oficial del centro o matrícula oficial. - Para los supuestos de tener el destino en municipio diferente al del domicilio habitual, certificado de empadronamiento. Finalmente no me queda claro si hay que presentar documentación justificativa, o no. ¿Alguien podría aclararlo? Y otra cosa... ¿A que se refiere lo del "Certificado del órgano competente sobre el carácter de libre designación del puesto ocupado"? Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: cokito en 22/Jun/2016~20:22 Y digo yo.... declaracion jurada, como tiene que ser?? Yo escribo un texto, declarando que tal y tal, lo firmo, escaneo y lo adjunto?
Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: anibor en 22/Jun/2016~21:36 Y digo yo.... declaracion jurada, como tiene que ser?? Yo escribo un texto, declarando que tal y tal, lo firmo, escaneo y lo adjunto? Pues... supuestamente iba a ser así, pero... Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: Inesm en 23/Jun/2016~01:55 No encuentro si estando de excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años,
se puede participar si la incorporación es en noviembre o tienes que incorporarte el día 1 de septiembre? Alguien me lo puede aclarar? Y además con reducción de jornada de 1/2? Muchas gracias Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: verdemeca en 23/Jun/2016~07:45 Inesm yo creo que puedes participar y cuando te designen centro haces un escrito de reincorporacion después de la excedencia a la fecha que te interese. Supongo que eso no cambia y yo lo hice así el curso pasado. Estaba de excedencia y solicite un puesto especifico y como me lo concedieron me incorpore a trabajar el 1 de septiembre.
Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: IBC en 23/Jun/2016~09:20 Si se solicita la conciliación familiar por hojo lenor de tres años importa si se está casada o solo es para las perosnas separadas, porque yo estoy casada pero el trabajo de mi marido tiene un horario bastante incompatible
Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: gazpacho en 23/Jun/2016~10:55 :041:
Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: Maldiniteam en 23/Jun/2016~11:11 Si se elige comisión de servicio por conciliación familiar se puede elegir lo que queramos?, porque yo tengo una hija menor de tres años y también trabajo en un municipio distinto a mi residencia, entonces podría marcar el que quiera o priman unos más que otros?? Lo digo porque el libro de familia lo tengo en casa y puedo hacerle fotocopia mientras que el empadronamiento hay que ir a buscarlo al ayuntamiento.... Tenéis idea? Me interesa a mi también, estoy en la misma situación. Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: lasitapatri en 23/Jun/2016~16:58 Estoy perdidísima... a ver... yo he obtenido este año mi segundo destino definitivo en un pueblo de Sevilla. Tengo un hijo de 14 meses, puedo pedir destino provisional para este curso en Sevilla Capital (donde vivo)? Es que me leo la orde pero no veo nada solo para los que obtengan comision. Y digo yo... como obtengo comision? En ese mismo procedimiento o sale otra orden para una comision o que???
Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: campanilla2108 en 24/Jun/2016~07:36 Estoy perdidísima... a ver... yo he obtenido este año mi segundo destino definitivo en un pueblo de Sevilla. Tengo un hijo de 14 meses, puedo pedir destino provisional para este curso en Sevilla Capital (donde vivo)? Es que me leo la orde pero no veo nada solo para los que obtengan comision. Y digo yo... como obtengo comision? En ese mismo procedimiento o sale otra orden para una comision o que??? Si puedes,lee la orden.lo solicitas ahora en la colocación de efectivosTítulo: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: gregoma en 24/Jun/2016~10:41 Se puede rechasar el concursillo si me lo conceden
Título: ¿Hace falta Certificado de empadronamiento para el concursillo? Publicado por: epson en 24/Jun/2016~10:43 Buenos días, mi duda es si hace falta presentar el certificado de empadronamiento para solicitar la comisión de servicio por conciliación laboral y familiar. Como uno de los requisitos era vivir en distinta localidad a tu centro definitivo, supongo que esa será la forma de demostrarla. A ver si alguien me lo puede confirmar para poder solicitar dicho certificado. Buen verano
Título: Duda existencial, una de tantas Publicado por: Arrebato en 24/Jun/2016~14:26 Mensajes duda es, hay que pedir certificado de empadronamiento para la colocación de efectivos o con una declaración responsable es suficiente.
He leído las dos cosas :119: Título: Re: ¿Hace falta Certificado de empadronamiento para el concursillo? Publicado por: ita en 24/Jun/2016~14:55 Misma duda! ;D
Título: Re: ¿Hace falta Certificado de empadronamiento para el concursillo? Publicado por: yomisma85 en 24/Jun/2016~14:57 Buenos días, mi duda es si hace falta presentar el certificado de empadronamiento para solicitar la comisión de servicio por conciliación laboral y familiar. Como uno de los requisitos era vivir en distinta localidad a tu centro definitivo, supongo que esa será la forma de demostrarla. A ver si alguien me lo puede confirmar para poder solicitar dicho certificado. Buen verano Claro, viene en la orden: - Para los supuestos de tener el destino en municipio diferente al del domicilio habitual, certificado de empadronamiento. Título: Re: Duda existencial, una de tantas Publicado por: yomisma85 en 24/Jun/2016~15:05 Mensajes duda es, hay que pedir certificado de empadronamiento para la colocación de efectivos o con una declaración responsable es suficiente. He leído las dos cosas :119: Se habló de declaración responsable, pero finalmente la orden habla de certificado de empadronamiento. Yo no lo dudaría, lo que marca la norma. Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: rs21 en 24/Jun/2016~17:41 Sólo declaración responsable...Habrá una casilla habilitada para ello, otra cosa es que se quiera engañar o no...Ellos lo pueden comprobar fácilmente....
Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: IBC en 24/Jun/2016~18:02 Hola, alguien podría decirme este documento que hay que presentar a qué se refiere:
Certificado del órgano competente sobre el carácter de libre designación del puesto ocupado. Esto lo tienen que entregar todos los que queramos participar en el concurso provisional de traslados, dentro del apartado de comisión de servicio, indistintamente de si solicitas la comisión por cuidado de hijos, familiares enfermos, municipio de residencia distinto al del puesto de trabajo,.... Título: Re: YA ESTÁ LA ORDEN DEL CONCURSILLO Publicado por: cokito en 24/Jun/2016~20:23 Yo tengo exactamente la misma duda porque el certificado de empadronamiento y el libro de familia, le veo el sentido pero.... esto qué es?
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