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FORO MAESTROS Y PROFESORES => Ayuda en la preparación de Oposiciones => Mensaje iniciado por: benejas en 01/Jul/2015~15:38

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Título: En caso de aprobar se puede posponer las prácticas.
Publicado por: benejas en 01/Jul/2015~15:38
En caso de aprobar y sacar la plaza. Por qué motivos se puede posponerlas prácticas.
Es que posiblemente obtega un contrato predoctoral en la universidad. Y la verdad no cerrar ninguna puerta.nunca se sabe lo quenos hará falta.
Si alguien sabe algo por favor que me conteste.


Título: Re: En caso de aprobar se puede posponer las prácticas.
Publicado por: arboldelgranado en 01/Jul/2015~18:21
No te nombran funcionario hasta que pasas el período de prácticas. Podrías pedir una exedencia, pero como aún no serías funcionario, creo que tendrías que rechazar una. Quizás puedas hacer algo presentando el contrato de la Universidad.


Título: Re: En caso de aprobar se puede posponer las prácticas.
Publicado por: mandap en 01/Jul/2015~18:30
A mí me suena que hay dos años.... Además en uno de ellos tienes q estar en activo seis meses. Digo yo que en la orden vendrá algo.


Título: Re: En caso de aprobar se puede posponer las prácticas.
Publicado por: Jero027 en 01/Jul/2015~18:35
Cita de: benejas en 01/Jul/2015~15:38
En caso de aprobar y sacar la plaza. Por qué motivos se puede posponerlas prácticas.
Es que posiblemente obtega un contrato predoctoral en la universidad. Y la verdad no cerrar ninguna puerta.nunca se sabe lo quenos hará falta.
Si alguien sabe algo por favor que me conteste.

No lo sé con seguridad, pero me parece que tiene dos años de plazo máximo para hacer esas prácticas. Si durante el primer año suspendes o por cualquier motivo no las realizas, tienes el siguiente año.  En fin, en la convocatoria parece que lo aclara:

decimocuarta. Fase de prácticas.
14.1.
de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del decreto 302/2010, de 1 de junio, la fase de prácticas tendrá como objetivo proporcionar al profesorado de nuevo ingreso las herramientas necesarias para el desarrollo de la función docente, así como las capacidades personales y la competencia profesional precisas para liderar la dinámica del aula que requiere el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.

14.2.
de conformidad con lo recogido en el artículo 15.2 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, la fase de prácticas tendrá una duración de un curso académico y comenzará con el inicio del curso 2015/2016.

14.3. Quienes necesiten aplazar la incorporación a la fase de prácticas por un curso académico, por causas  debidamente  justificadas  y  apreciadas  por  la dirección  General  de  Gestión  de recursos  Humanos, deberán solicitarlo en el período habilitado en el apartado 12.1, mediante escrito acompañando los documentos justificativos,  dirigido  a  la  persona  titular  de  la  mencionada dirección  General,  que  dictará  la  resolución  que proceda.

14.4. Finalizada la fase de prácticas, se evaluará a cada aspirante como apto o no apto. Quienes no superen dicha fase durante el curso escolar 2015/2016, o tengan concedido aplazamiento de la misma, tendrán que incorporarse en el curso 2016/2017 para realizar la citada fase de prácticas. de resultar apto en este último curso  escolar,  ocupará  el  lugar  siguiente  al  de  la  última  persona  seleccionada  en  su  promoción. El  personal que  no  se  incorpore  o  sea  declarado  no  apto  en  dicho  curso  perderá  el  derecho  a  su  nombramiento  como funcionario o funcionaria de carrera.


En fin, en primer lugar a por esa plaza. Y en segundo lugar, si la sacas, pues medita bien cada paso e infórmate bien del papeleo y las diferentes opciones. Con el trabajo que cuesta sacarla.

 


Título: Re: En caso de aprobar se puede posponer las prácticas.
Publicado por: mandap en 01/Jul/2015~20:13
Lo que pasa, que en el caso de pedir una excedencia o algo así, es arriesgado dejar el año de prácticas para el segundo curso...

Yo he escuchado a compañeras comentar lo de los seis meses. Si te surge, por ejemplo una enfermedad de larga duración, un accidente de esos chungos con operaciones, o mira, mismamente, una neumonía son dos meses, como tengas un derrame pleural, mínimo, mínimo tres....  o un embarazo, si la baja es superior a tres meses... a tomar por ichi las prácticas.

Creo que es así eh? o al menos me suena que es así en Castilla y León.


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