Título: Derecho a la formación por las mañanas
Publicado por: soulman en 13/May/2015~14:25
Hola a tod@s,
Escribo porque una compañera tiene una situación que me parece anormal y quiero tener claro quién tiene derecho o no, el/la que quiere formarse o el director/a de un colegio.
El caso es que el director de su colegio le niega la participación para el curso de formación (previo relleno anexo1), alegando que no pueden ir dos del mismo colegio y que él tiene la última palabra a la hora de decidir quiénes y cuántos van.
La compañera no se atreve a escribir para preguntar porque no quiere líos, pero yo no puedo dejar de saber si eso es así o no.
¿Qué normativa nos ampara para esa formación de 4 días por las mañanas?
¿Puede un director decidir sobre ese derecho?
Muchas gracias por antelación
Título: Re: Derecho a la formación por las mañanas
Publicado por: madonitoes en 13/May/2015~19:02
La formación por la mañana hay que pedirla creo que como mínimo dos meses antes. Y si el director puede decidir por el centro si pueden ir unas personas o no, sobre todo en el caso de que coincidan que más de una persona quiere hacer el curso. En ese caso el director puede decidir si estos maestros pueden ir o no, o decidir quien va. De todas formas desde la delegación deben de conceder el permiso y se debe de hacer con bastante antelación.
Título: Re: Derecho a la formación por las mañanas
Publicado por: soulman en 13/May/2015~19:38
La formación por la mañana hay que pedirla creo que como mínimo dos meses antes. Y si el director puede decidir por el centro si pueden ir unas personas o no, sobre todo en el caso de que coincidan que más de una persona quiere hacer el curso. En ese caso el director puede decidir si estos maestros pueden ir o no, o decidir quien va. De todas formas desde la delegación deben de conceder el permiso y se debe de hacer con bastante antelación.
En primer lugar gracias por la respuesta.
La formación está propuesta desde hace una semana así que es imposible que se cumpla el plazo de los dos meses.
¿En qué normativa se puede ver eso?
Gracias
Título: Re: Derecho a la formación por las mañanas
Publicado por: madonitoes en 14/May/2015~06:40
Creo que viene en la orden de permisos y licencias últimas. Saludos.
Título: Re: Derecho a la formación por las mañanas
Publicado por: yomisma85 en 15/May/2015~17:23
Vamos a ver, porque hay varias cosas:
En realidad hay que solicitarlo con un mes de antelación, si no se ha convocado con tanto tiempo, se puede solicitar igual, pero ya no se si dará tiempo a que desde delegación conteste.
No lo concede el director, si no delegación, aunque la dirección del centro tiene que confirmar que por razones organizativas puede concederse o no el permiso. Por lo tanto tu amiga tiene que presentar la solicitud junto con su compañera y en delegación decidirán. Se puede autorizar como máximo a dos personas por centro y actividad, pero como digo siempre que la dirección garantice que no influye en el funcionamiento del centro. Puede que la convocatoria del curso establezca que solo una, pero no suele ser normal.
Ahora bien, ¿qué pasa si el director afirma que solo puede ir una? Si en la convocatoria hay criterios de selección se usan esos, si no los que vienen en la circular de permisos y licencias:
Si las solicitudes por centro superasen el número de dos, para una misma actividad, y
las convocatorias no establecieran otro criterio, tendrá preferencia para asistir quien no haya
recibido formación durante el curso académico corriente, en jornada lectiva; en segundo lugar,
quien no haya recibido formación, en jornada lectiva, el curso académico anterior; si aun así
se sigue superando el número de dos solicitudes por centro, tendrá preferencia la persona
que esté próxima a consolidar un sexenio y no haya acreditado aún la totalidad de las horas
de participación en las actividades previstas en la Orden de 28 de marzo de 2005.
Otra cosa, se pueden solicitar dos permisos por curso por este motivo y como máximo 4 días.