Título: orden 11 de junio de 2013
Publicado por: inmamor en 15/Abr/2015~14:36
No sé subir el enlace pero esta es la orden que regula las bolsas de los interinos. Ahí viene claro lo que yo tantas veces he dicho:
-No se puede cambiar el ts de una bolsa a otra si no tenemos al menos un día trabajado en ambas.
-Se suman los ts de dos bolsas del mismo cuerpo. Por ejemplo primaria y primaria bilingüe.
Y varias cosas más.
A ver si alguien puede subir el enlace, está publicado el 14 de junio de 2013
Título: Re: orden 11 de junio de 2013
Publicado por: yomisma85 en 15/Abr/2015~14:44
http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/115/BOJA13-115-00003-10051-01_00028897.pdf
Título: Re: orden 11 de junio de 2013
Publicado por: yomisma85 en 15/Abr/2015~14:55
No quiero meter la pata,... pero el artículo modificado es el 4, el de la ordenación de las bolsas de trabajo.
El artículo 3 de la orden de 8 de junio de 2011, que es el de acceso ordinario a las bolsas de trabajo, no se toca. Y ahí no especifica que haya que tener tiempo de servicio.
Además, en el artículo 4 dice:
4. En los casos en que el personal funcionario interino opte por acogerse a lo establecido en los apartados 2
y 3 del artículo 3, no será de aplicación lo regulado en los apartados 2 y 3 de este artículo
Título: Re: orden 11 de junio de 2013
Publicado por: inmamor en 15/Abr/2015~21:51
Yo misma lee el artículo 4, punto 2 apartado a. Pone claramente que tenemos que tener ts en ambas bolsas para poder sumarlos o intercambiarlos. ¿Entonces cómo lo entiendes tú? Yo he llamado al sindicato y me lo han ratificado, es necesario tener al menos un día de trabajo en ambas. Tanto en comisiones obreras como en anpe.
Título: Re: orden 11 de junio de 2013
Publicado por: yomisma85 en 15/Abr/2015~22:04
La verdad que no lo se. Me parece un poco contradictorio.
En el punto 4.4 dice que no será de aplicación lo regulado en los apartados 4.2 (que es al que tú te refieres) y 4.3 para los que se acojan al artículo 3. Y en el artículo 3 yo entiendo que en caso de estar en dos bolsas, puedes quedarte en una de las dos beneficiándote del tiempo de servicio que tenías en la otra. Y habla solo de acceder a las bolsas. No puno nungún requisito más.
No lo entiendo. Creo que lo mejor sería la experiencia de alguien.
Título: Re: orden 11 de junio de 2013
Publicado por: yomisma85 en 19/Abr/2015~09:33
Lee este hilo, creo que puede aclararnos algo
http://www.maestros25.com/forum/index.php/topic,160867.0/topicseen.html
Título: Re: orden 11 de junio de 2013
Publicado por: arboldelgranado en 26/Abr/2015~12:19
Pasar el tiempo de servicio este año es anular el ts de una bolsa. Es decir, que si una persona tiene 3 años en la bolsa de Música y este año oposita por Primaria y le apetece pasar todo su TS de Música a Primaria, puede, pero desaparece de la bolsa de Música. Yo pensaba que era algo novedoso de este año, pero por lo visto es algo que se podía hacer desde hace varios años (eso leí en algún post de alguien). En cualquier caso, si lo pone en la convocatoria, supongo que se podrá. Como puedes ver, la ordenación de interinos no la publicaron hasta junio (tanto en 2011 como en 2013), cuando el examen de oposición estaba prácticamente encima. Así que es probable que este año hagan lo mismo y será ahí donde supuestamente aclararán la posibilidad de pasar el Tiempo de Servicio de una bolsa a otra, una vez pedido en la solicitud de la oposición y haber aprobado la 1ª parte.
De todas maneras, supongo que el que haga este paso de TS, lo hará a conciencia, habiéndose preparado bien las oposiciones. Auque también leí que si suspendías a la bolsa nueva, te mantenían en la antigua.
Título: Re: orden 11 de junio de 2013
Publicado por: lolo_sfc en 26/Abr/2015~18:22
Pasar el tiempo de servicio este año es anular el ts de una bolsa. Es decir, que si una persona tiene 3 años en la bolsa de Música y este año oposita por Primaria y le apetece pasar todo su TS de Música a Primaria, puede, pero desaparece de la bolsa de Música. Yo pensaba que era algo novedoso de este año, pero por lo visto es algo que se podía hacer desde hace varios años (eso leí en algún post de alguien). En cualquier caso, si lo pone en la convocatoria, supongo que se podrá. Como puedes ver, la ordenación de interinos no la publicaron hasta junio (tanto en 2011 como en 2013), cuando el examen de oposición estaba prácticamente encima. Así que es probable que este año hagan lo mismo y será ahí donde supuestamente aclararán la posibilidad de pasar el Tiempo de Servicio de una bolsa a otra, una vez pedido en la solicitud de la oposición y haber aprobado la 1ª parte.
De todas maneras, supongo que el que haga este paso de TS, lo hará a conciencia, habiéndose preparado bien las oposiciones. Auque también leí que si suspendías a la bolsa nueva, te mantenían en la antigua.
a mi me consta que para poder pasar el tiempo de servicio de una bolsa a otra , debes tener tiempo de servicio en ambas, y aparecerias con la suma de ambos tempos en las dos bolsas. No se puede pasar todo tu ts a una bolsa dónde no lo tienes solo por haber aprobado la ultima oposicion.
Título: Re: orden 11 de junio de 2013
Publicado por: juan máximo en 26/Abr/2015~18:38
Pasar el tiempo de servicio este año es anular el ts de una bolsa. Es decir, que si una persona tiene 3 años en la bolsa de Música y este año oposita por Primaria y le apetece pasar todo su TS de Música a Primaria, puede, pero desaparece de la bolsa de Música. Yo pensaba que era algo novedoso de este año, pero por lo visto es algo que se podía hacer desde hace varios años (eso leí en algún post de alguien). En cualquier caso, si lo pone en la convocatoria, supongo que se podrá. Como puedes ver, la ordenación de interinos no la publicaron hasta junio (tanto en 2011 como en 2013), cuando el examen de oposición estaba prácticamente encima. Así que es probable que este año hagan lo mismo y será ahí donde supuestamente aclararán la posibilidad de pasar el Tiempo de Servicio de una bolsa a otra, una vez pedido en la solicitud de la oposición y haber aprobado la 1ª parte.
De todas maneras, supongo que el que haga este paso de TS, lo hará a conciencia, habiéndose preparado bien las oposiciones. Auque también leí que si suspendías a la bolsa nueva, te mantenían en la antigua.
a mi me consta que para poder pasar el tiempo de servicio de una bolsa a otra , debes tener tiempo de servicio en ambas, y aparecerias con la suma de ambos tempos en las dos bolsas. No se puede pasar todo tu ts a una bolsa dónde no lo tienes solo por haber aprobado la ultima oposicion.
Entonces,¿para qué sirve el apartado 3 del anexo III,opción por una bolsa?
Si que se puede pasar el tiempo de servicio de una bolsa a otra en la que no tienes tiempo de servicio,pero tienes que renunciar a la primera. :006:
Título: Re: orden 11 de junio de 2013
Publicado por: yomisma85 en 26/Abr/2015~19:29
a mi me consta que para poder pasar el tiempo de servicio de una bolsa a otra , debes tener tiempo de servicio en ambas, y aparecerias con la suma de ambos tempos en las dos bolsas. No se puede pasar todo tu ts a una bolsa dónde no lo tienes solo por haber aprobado la ultima oposicion.
Creo que confundimos el artículo de acceso a una bolsa, en el que dice que si perteneciendo a dos bolsas te puedes quedar en una de ellas con todos los beneficios de la otra, sin hacer referencia a tiempo de servicio, con el artículo de ordenación. En este si que para que te acumulen el tiempo de servicio en dos bolsas tienes que tener tiempo de servicio en las dos y esto entiendo que no supone renunciar a ninguna de ellas.
Es mi interpretación.