Foro de Maestros25

FORO MAESTROS Y PROFESORES => Interinos-Maestros => Mensaje iniciado por: mesketet en 24/Mar/2015~16:09


Google

VER MENSAJES NUEVOS DE TODOS LOS FOROS




Seguir

NORMA FUNDAMENTAL DEL FORO: "Se ruega mantenga siempre un lenguaje moderado. No se admiten mensajes que ofendan a personas o instituciones ni que creen crispación"

"Por favor, no abuse de las mayúsculas e intente utilizar una expresión y ortografía correctas"



Título: Ayuda. Cobrar verano
Publicado por: mesketet en 24/Mar/2015~16:09
Hola, me podriais decir cuantos dias exactos necesito para cobrar el verano. Ya se que son 7 meses, pero como cada mez tiene unos dias...
Empecé el 17 de noviembre, y ceso el 20 de junio.
Lo cobro????
Gracias



Título: Re: Ayuda. Cobrar verano
Publicado por: More en 24/Mar/2015~16:51
Hola, si no me equivoco, el 16 de junio haces los 7 meses, asi que cobraras el verano,  saludos,
More


Título: Re: Ayuda. Cobrar verano
Publicado por: rosario2009 en 25/Mar/2015~16:25
Sí yo he empezado en la primera semana de febrero y si tuviera la suerte de estar trabajando hasta junio, yo cobraría algo en verano o no?
No tengo ni idea...
Gracias


Título: Re: Ayuda. Cobrar verano
Publicado por: Don erre que erre en 25/Mar/2015~18:24
Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal.

http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2011/117/d/2.html


Artículo 22. Prórrogas vacacionales.

1. El personal funcionario interino que haya prestado servicios, a 30 de junio de cada curso académico, por un período igual o superior a siete meses, percibirá las retribuciones correspondientes a los meses de julio, agosto y, en su caso, a la parte que pudiera corresponder del mes de septiembre.

También percibirá dichas retribuciones cuando se hayan prestado dos meses de servicios efectivos en cada uno de los trimestres naturales del correspondiente curso académico o se haya ocupado un puesto vacante en el período comprendido entre el comienzo del curso y el inicio del período vacacional de la Navidad y se continúe prestando servicios hasta el 30 de junio de dicho curso académico.

2. En quienes no concurra alguna de las circunstancias del apartado anterior, se les expedirá nombramiento a partir del día 1 de julio por una duración proporcional al tiempo de servicios efectivos prestado —excluidas, en su caso, las prórrogas de nombramiento en los períodos no lectivos de Navidad y Semana Santa—, de acuerdo con la siguiente tabla:



 TIEMPO DE SERVICIOS A 30 DE JUNIO

 PRÓRROGA VACACIONAL ESTIVAL



 SEIS MESES

UN MES



 UN MES

 CINCO DÍAS



 DE 24 A 29 DÍAS

 CUATRO DÍAS



 DE 18 A 23 DÍAS

 TRES DÍAS



 DE 12 A 17 DÍAS

 DOS DÍAS



 DE 6 A 11 DÍAS

 UN DÍA


3. Durante los períodos de prórroga vacacional, el personal funcionario interino vendrá obligado a realizar las actividades de su competencia programadas por los centros.

4. El personal funcionario interino que cese en la prestación del servicio en los cinco días lectivos anteriores al inicio de los períodos vacacionales de Navidad o Semana Santa tendrá derecho a la prórroga del nombramiento desde el inicio de los citados períodos y hasta la finalización de los mismos, considerándose como servicios efectivos, salvo para el cómputo de la prórroga de nombramiento correspondiente al período no lectivo de verano.


Título: Re: Ayuda. Cobrar verano
Publicado por: juan máximo en 25/Mar/2015~19:31
Sí yo he empezado en la primera semana de febrero y si tuviera la suerte de estar trabajando hasta junio, yo cobraría algo en verano o no?
No tengo ni idea...
Gracias
Cobrarías aproximadamente 24 días.Además esos días de verano cuentan como tiempo de servicio.Aunque este tiempo de servicio reconocido en los meses de verano se contabiliza a finales de junio del año siguiente. Tomando como ejemplo este curso 2014/2015, se computará en junio de 2016.


Título: Re: Ayuda. Cobrar verano
Publicado por: mesketet en 29/Mar/2015~09:48
Vale, pero cuento todos los dias y los divifo entre 30? O cuento de 17 a 17 de cada mes?? ... gracias


Título: Re: Ayuda. Cobrar verano
Publicado por: juan máximo en 29/Mar/2015~10:52
Vale, pero cuento todos los dias y los divifo entre 30? O cuento de 17 a 17 de cada mes?? ... gracias
Tienes 6 meses completos.
14 días de noviembre + 20 de junio=34 dias,que sería un mes + 4 días.
En total 7 meses y 4 días.
Hay que tener en cuenta que el tiempo de servicio, al igual que las nóminas, se calcula usando el año comercial, esto es de 360 días en vez de 365 ó 366 y así todos los meses tienen 30 días, da igual que se trabaje el de febrero o el de marzo. :006:



Título: Re: Ayuda. Cobrar verano
Publicado por: mongoher en 30/Mar/2015~11:46
Me ha surgido una duda. Tengo una compañera que esta realizando una sustitución, y la titular se quiere incorporar un par de días antes de que finalice el curso. Obviamente ella va a cobrar todo el verano puesto que lleva trabajando en el mismo centro desde septiembre, pero su preocupación es que si al incorporarse la titular y cesar ella unos días antes de que se inicie las vacaciones, le cuenta tb el verano entero para tiempo de servicio??