Foro de Maestros25

COMUNIDADES AUTÓNOMAS => Madrid => Mensaje iniciado por: MESSALA en 21/Ene/2015~23:12

Google

VER MENSAJES NUEVOS DE TODOS LOS FOROS


Seguir

NORMA FUNDAMENTAL DEL FORO: "Se ruega mantenga siempre un lenguaje moderado. No se admiten mensajes que ofendan a personas o instituciones"

"Por favor, no abuse de las mayúsculas e intente utilizar una expresión y ortografía correctas"



Título: UNA DUDA
Publicado por: MESSALA en 21/Ene/2015~23:12
Tengo una duda que me gustaría que alguien me respondiera.

Actualmente estoy trabajando en una empresa privada, no tiene nada que ver con Educación, y es posible que este año me llamen para sustituir en colegio públicos de la COMUNIDAD DE MADRID, posiblemente en un mes y medio.
Mi duda es la siguiente,
Debo darme de baja yo voluntariamente en mi empresa o la propia comunidad de Madrid se encargaría de darme de baja.

¿Sabéis de un número de teléfono dónde yo pueda llamar para informarme?gracias


Título: Re: UNA DUDA
Publicado por: tiritas en 22/Ene/2015~00:03
Es que tu pregunta, no se soluciona con una simple respuesta.
Habría que ver primero, si donde tienes la empresa privada es la misma comunidad a  la autonomía donde te podrían llamar a trabajar en un colegio público, porque no todas comunidades están conectadas infomáticamente a nivel de seguridad social, o a nivel administrativo A veces te tienes que dar de baja tu solo, para ponerte en activo en otra comunidad, y en otras ocasiones, es todo automático según comunidades.

También hay que ver, si el contrato que te hicieran en el colegio publico de interino, es jornada completa, media jornada, o cuarto de jornada; porque uno puede estar cotizando en dos trabajos a la vez, siempre y cuando el de interino ( administracion publica), no sumen más de 12 horas creo ( esto no me hagas mucho caso porque depende tb de cada comunidad como lo tenga legislado), y no interfieran horarios. Imaginate que eres dueño de un pub que abre de 21 h a 4 am, pues al no interferir en tu horario con el colegio ( si es media o un cuarto de jornada), no pasaría nada, no habría que darte de baja en ningún sitio.

Otro caso diferente, es si por ejemplo entras a trabajar a la administración pública ( colegio en este caso), en jornada completa; en ese caso renunciando al complemento de exclusividad, si puedes trabajar y cotizar en la empresa privada, siempre y cuando el horario sea compatible. Por ejemplo esto lo hacen mucho, los profesores de instituto, que terminan a las 15 h, y luego trabajan por la tarde en academias privadas ( donde cotizan ) o algunos también trabajan como profesores asociados a centros universitarios unas horas semanales.  Aún así, si las horas trabajadas en la empresa privada, no pasan de 10 ( creo), no hay que renunciar al complemento de exclusividad en la nómina.
 Pero como te digo, esto son normativas de cada autonomía, no hay una regla mágica para toda España. Cada situación particular y cada comunidad, es un mundo.

Lo mejor, sería que o bien llamaras a un sindicato y preguntarle esto, o bien te acerques a la consejería de educación de tu comunidad y lo preguntes cómo está regulado el tema, porque una respuesta genérica es dificil que puedas conseguir.

También tienes la opción de llamar a la Tesorería General de la Seguridad Social, y a ver que te solucionan en el departamento de información.


Título: Re: UNA DUDA
Publicado por: Ligia en 22/Ene/2015~10:54
A ver, a ver...
NO SE PUEDE TRABAJAR EN ABSOLUTAMENTE NADA una vez que te llaman para trabajar como docente en la Comunidad de Madrid, ni siquiera con nombramiento de tercio de jornada. Tenemos una ley muy restrictiva al respecto y solo se permite un número de horas anuales (72 creo recordar) si es para reallización de alguna actividad que tenga que ver con el tema, en nuestro caso educativo, por ejemplo, ponencias (lo sé porque lo he hecho) y poco más.
Hay que pedir si es para otro tipo de actividad o más horas un permiso de compatibilidad que no siempre lo dan. Puedes ser dueño de una empresa, por ejemplo, pero no puedes trabajar en ella ???

Por otra parte, sí te tienes que dar de baja tu. Tienes que notificarlo con el tiempo exigido por convenio. Suelen ser con quince días de anticipación. No te pueden dar de alta en la Seguridad Social en un sitio si no te han dado de baja en el otro.

Actualmente, en Madrid, puedes pedir que NO TE QUITEN DE LAS LISTAS si renuncias voluntariamente tú, por un curso escolar, pero  creo que hay que hacerlo antes de febreo. Lo que sí es cierto es que NUNCA en el último trimestre.
El teléfono de atención interinos es 91 7203010.

Saludos



Título: Re: UNA DUDA
Publicado por: MESSALA en 31/Ene/2015~14:34
Gracias LIGIA y TIRITAS por vuestros comentarios, ahora solo me falta saber qué debo llevar de documentación el día que me llamen y los pasos a seguir. GRACIAS.


Título: Re: UNA DUDA
Publicado por: Ligia en 31/Ene/2015~15:24
Te citan en Villa verde. Ahí eliges entre lo que oferten y la posición que tengas. De ahí te tienes que ir a la Dirección de Área que te toque, con los siguientes papeles:
2 fotocopias del DNI
Fotocopia título
Fotocopia tarjeta sanitaria
Y el número de cuenta bancaria para la nómina.
Lleva los originales por si acaso y, muy importante la habilitación de la especialidad por la que te dan el nombramiento (si no es la del título ).
Allí rellenas unos papeles y si te da tiempo, derechista al colé con la acreditación.

Es bueno llamar antes al centro desde el lugar de citaciones. A veces la plaza no existe.

Saludos y suerte.


Título: Re: UNA DUDA
Publicado por: MESSALA en 31/Ene/2015~16:31
Gracias LIGIA, tenía entendido que cuando salía de calle alianza tenía que ir al cole para recoger un papel del centro y de ahí a la dat.


Título: Re: UNA DUDA
Publicado por: Ligia en 31/Ene/2015~17:39
Eso es a principio de curso. Una vez que citan para sustituciones se va a la dat a formalizar. Allí te dan una credencial que te firman en el centro y se manda por fax y ya queda formalizado el nombramiento.
Saludos


Título: Re: UNA DUDA
Publicado por: MESSALA en 02/Feb/2015~15:24
Y ya puestos... he oído que el primer mes no sueles cobrar, sino que sueles cobrar el mes siguiente desde que empezaste. Yo firmo mañana 3 de Febrero, eso significa que no cobraría hasta finales de Marzo?


Título: Re: UNA DUDA
Publicado por: Ligia en 02/Feb/2015~17:01
Puede ser que cobres este mes. Nóminas cierra el 8-10 de cada mes. Como firmas a día tres, casi seguro que puedas cobrar este mismo mes.
Suerte en el destino. Que sea largo... Ya nos contarás.
Saludos


Título: Re: UNA DUDA
Publicado por: MESSALA en 14/Feb/2015~17:18
¿Y cómo puedo saber si cobro este mes? ¿Hay algún teléfono donde pueda llamar ?


Título: Re: UNA DUDA
Publicado por: Ligia en 14/Feb/2015~20:01
Entra en DAT capital. A la izquierda encontrarás una guía. Busca nóminas. Allí verás algún teléfono.