Título: A los interinos le corresponden días de asuntos propios?
Publicado por: varo18 en 15/Dic/2014~13:22
Seguramente ya se haya contestado a este tema pero hay tantos post abiertos..... Alguien que me pueda decir si a los interinos le corresponde algún día de asuntos propios?
Muchas gracias y un saludo.
Título: Re: A los interinos le corresponden días de asuntos propios?
Publicado por: aliah en 15/Dic/2014~13:43
Seguramente ya se haya contestado a este tema pero hay tantos post abiertos..... Alguien que me pueda decir si a los interinos le corresponde algún día de asuntos propios?
Muchas gracias y un saludo.
No, eso no existe para los interinos
Título: Re: A los interinos le corresponden días de asuntos propios?
Publicado por: Yerbabuena en 15/Dic/2014~16:24
Si tienes vacante a lo mejor sí, pero como sustituto nada.
Título: Re: A los interinos le corresponden días de asuntos propios?
Publicado por: varo18 en 15/Dic/2014~16:27
Entendido, muchas gracias a ambos. Un saludo
Título: Re: A los interinos le corresponden días de asuntos propios?
Publicado por: yomisma85 en 15/Dic/2014~20:43
Supongo que por días de asuntos propios te refieres a días sin retribución. No, los interinos (da igual vacante o sustitución) no tienen ese derecho. Solo funcionario.
Título: Re: A los interinos le corresponden días de asuntos propios?
Publicado por: Isorna en 18/Dic/2014~16:37
Hasta donde yo entiendo, los asuntos propios sí son retribuidos, la particularidad docente es que deben ser cogidos, o en las exclusivas o en el mes de julio, que se suponen que son días efectivos de trabajos. Con lo cual a efectos prácticos, los docentes es como si no tuviéramos asuntos propios. En cuanto a los interinos, no sé si tienen asuntos propios o no, pero vamos tal como está montado, qué más da. Ahora bien, que lo comente alguien que tenga la certeza.
Título: Re: A los interinos le corresponden días de asuntos propios?
Publicado por: yomisma85 en 21/Dic/2014~10:15
Hasta donde yo entiendo, los asuntos propios sí son retribuidos, la particularidad docente es que deben ser cogidos, o en las exclusivas o en el mes de julio, que se suponen que son días efectivos de trabajos. Con lo cual a efectos prácticos, los docentes es como si no tuviéramos asuntos propios. En cuanto a los interinos, no sé si tienen asuntos propios o no, pero vamos tal como está montado, qué más da. Ahora bien, que lo comente alguien que tenga la certeza.
Si, ese permiso es común a todos. No especifica que sea solo para un tipo de personal, solo personal docente.