![]() Título: Borrador CGT 2014/15 AQUÍ Publicado por: obensito en 09/Oct/2014~13:12 CSI-F ya ha hecho público el borrador del Concurso General de Traslados
http://www.blogdelmaestro.com/2014/10/ya-esta-aqui-el-borrador-del-concurso.html Título: Re: Borrador CGT 2014/15 AQUÍ Publicado por: chitarrone en 09/Oct/2014~19:46 Una pregunta por favor: si ahora me dan mi segundo destino definitivo para el próximo curso, debo estar de nuevo 2 años más en el mismo o puedo volver a concursar para el curos 2015-2016? Gracias.
Título: Re: Borrador CGT 2014/15 AQUÍ Publicado por: yomisma85 en 09/Oct/2014~20:38 Una pregunta por favor: si ahora me dan mi segundo destino definitivo para el próximo curso, debo estar de nuevo 2 años más en el mismo o puedo volver a concursar para el curos 2015-2016? Gracias. Dos cursos mínimo en cada destino definitivo. Título: Re: Borrador CGT 2014/15 AQUÍ Publicado por: nsc en 11/Oct/2014~09:53 Lo he leído y no me ha parecido ver diferencias con el anterior, ¿Habéis visto alguna novedad?
Título: Re: Borrador CGT 2014/15 AQUÍ Publicado por: garraspin en 19/Oct/2014~21:41 estoy casi seguro de que en el segundo definitivo puedes estar sólo un año...
Título: Re: Borrador CGT 2014/15 AQUÍ Publicado por: belenAG en 19/Oct/2014~21:52 Tengo entendido que sólo debes estar 2 años en el primer definitivo, después puedes concursar cada año.
Título: Re: Borrador CGT 2014/15 AQUÍ Publicado por: yomisma85 en 19/Oct/2014~22:05 estoy casi seguro de que en el segundo definitivo puedes estar sólo un año... Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos. Artículo 2. Concurso. 1. El concurso es el procedimiento normal de provisión de las plazas o puestos vacantes dependientes de las Administraciones educativas, a cubrir por el personal docente. El personal funcionario docente que obtenga una plaza o puesto por concurso, deberá permanecer en ella un mínimo de dos años desde la toma de posesión de la misma, para poder participar en sucesivos concursos de provisión de plazas o puestos. |