Título: Excedencia o asuntos propios
Publicado por: Minaprimaria en 06/Sep/2014~09:40
¿Es lo mismo la excedencia que los asuntos propios?
Título: Re: Excedencia o asuntos propios
Publicado por: davifernan en 06/Sep/2014~10:06
NO, los días de asuntos propios son "sueltos", y la excedencia tiene una reglamentación distinta...
Si quieres pedir excedencia debes cumplir ciertos requisitos, y pedirla...
Título: Re: Excedencia o asuntos propios
Publicado por: Minaprimaria en 06/Sep/2014~10:12
¿Y pedir un mes o dos sin sueldo se puede? ¿Y eso tampoco es excedencia?
Título: Re: Excedencia o asuntos propios
Publicado por: davifernan en 06/Sep/2014~10:13
CREO que se pueden pedir de 3 meses... y que NO puedes ir pidiendo así, por gusto, sino que tienes que justificarlo.