Foro de Maestros25

FORO MAESTROS Y PROFESORES => Interinos-Maestros => Mensaje iniciado por: IVS en 25/Jul/2014~01:43


Google

VER MENSAJES NUEVOS DE TODOS LOS FOROS




Seguir

NORMA FUNDAMENTAL DEL FORO: "Se ruega mantenga siempre un lenguaje moderado. No se admiten mensajes que ofendan a personas o instituciones ni que creen crispación"

"Por favor, no abuse de las mayúsculas e intente utilizar una expresión y ortografía correctas"



Título: Tiempo de servicio de hace muchos años.....
Publicado por: IVS en 25/Jul/2014~01:43
Tengo una compañera que hace muchos años trabajó como interina para La Junta de Andalucía, por el tema de los niños pequeños, porque la mandaron muy lejos de casa, dejó este trabajo y se dedicó a otra cosa.
Ahora me pregunta si ella puede optar a bolsa de interino primaria, su especialidad en su momento fue Lengua Española (hablo de magisterio del 83 más o menos).
¿Cómo tendría que hacerlo?Solicitar destinos  y la ordenarían por el tiempo de servicio que tenga?


Título: Re: Tiempo de servicio de hace muchos años.....
Publicado por: currante en 25/Jul/2014~09:58
Esta persona en su día, por motivos personales, optó por no continuar trabajando como interina, por lo que sin duda, dejó de pertenecer a la Bolsa de Trabajo correspondiente.

Si es así, para poder acceder a la Bolsa de Trabajo, hay que presentarse al concurso-oposición y aprobar, al menos uno de los ejercicios de que consta y en función de las partes aprobadas y la nota obtenida, se ordena en la bolsa, detrás de los interinos con tiempo de servicio que en la misma figuren.

Esto es como yo lo veo.


Título: Re: Tiempo de servicio de hace muchos años.....
Publicado por: yomisma85 en 25/Jul/2014~12:25
No estoy segura, pero esto es lo que encuentro:

ORDEN de 8 de junio de 2011, por la que se regulan
las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y
se establecen las bases reguladoras de dicho personal.

Sección III. Exclusión de las bolsas de trabajo

4. En el supuesto de que tras la exclusión, y respetando el
período temporal a que se refiere el apartado anterior, se ingrese
de nuevo en una de bolsa de trabajo docente, la ordenación en la
misma se llevará a cabo sin computar el tiempo de servicio que,
en su caso, se hubiera prestado con anterioridad a la exclusión.


Título: Re: Tiempo de servicio de hace muchos años.....
Publicado por: isabelmmacias en 25/Jul/2014~13:01
según eso parece que sí, pero yo creo que será al segundo año de si no echan la colocación de efectivos, que es cuando los expulsan del todo. no creo que eso ocurra. yo creo, repito creo, que no es lo mismo quedar durmiente un año a que pasen dos y te excluyan de la bolsa y aunque tengas un ts anterior para la junta, pues no te lo tengan en cuenta. es lo que a mi me da a entender ese párrafo.


Título: Re: Tiempo de servicio de hace muchos años.....
Publicado por: yomisma85 en 25/Jul/2014~13:08
No estoy segura, pero esto es lo que encuentro:

ORDEN de 8 de junio de 2011, por la que se regulan
las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y
se establecen las bases reguladoras de dicho personal.

Sección III. Exclusión de las bolsas de trabajo

4. En el supuesto de que tras la exclusión, y respetando el
período temporal a que se refiere el apartado anterior, se ingrese
de nuevo en una de bolsa de trabajo docente, la ordenación en la
misma se llevará a cabo sin computar el tiempo de servicio que,
en su caso, se hubiera prestado con anterioridad a la exclusión.
entonces los excluidos de ahora vuelven pelaos de ts?

No, eso se refiere a una exclusión definitiva.


Sección III. Exclusión de las bolsas de trabajo
Artículo 13. Motivos de exclusión de las bolsas de trabajo.
1. Serán motivos de exclusión de las distintas bolsas de
trabajo de los cuerpos y especialidades docentes:
a) No presentar solicitud de participación en los procedimientos
selectivos del año que corresponda, estando obligado
a ello y en los términos del artículo 4, salvo que se trate del
personal a que se refiere la disposición transitoria primera del
Decreto 302/2010, de 1 de junio.
b) No realizar la prueba o pruebas a las que tenga derecho
a presentarse de los procedimientos selectivos del año
que corresponda, en los términos que establezca la oportuna
convocatoria.
c) No aceptar la oferta de trabajo docente que haga la
Consejería competente en materia de educación, atendiendo a
la bolsa del cuerpo y especialidad en que se figure.
d) No incorporarse o renunciar al puesto de trabajo adjudicado
u ofertado.
e) Abandonar, por tiempo superior a tres días, el puesto
de trabajo adjudicado u ofertado.
f) Realizar las tareas docentes con manifiesta incompetencia
profesional para el desempeño del puesto, previa incoación
del correspondiente expediente contradictorio.
g) Ser declarado no apto, por segunda vez, en la fase de
prácticas de un procedimiento selectivo, de formar parte con
anterioridad a una bolsa de trabajo docente.
2. El personal funcionario interino que no participe en una
convocatoria para la adjudicación de puestos de trabajo docentes
con carácter provisional permanecerá en la bolsa de
trabajo a la que pertenezca, pero no podrá obtener destino
ni realizar sustituciones mientras no participe en una nueva
convocatoria.
En el supuesto de que no participe en dos convocatorias
consecutivas o alternas quedará excluido de la bolsa del
cuerpo y especialidad en la que figure, con las consecuencias
previstas en los apartados 3 y 4.
3. La Dirección General competente en materia de profesorado
dictará las correspondientes resoluciones de exclusión
a quienes incurran en alguno de los motivos previstos en el
apartado anterior. En dichas resoluciones se incluirá la limitación
de no poder formar parte de las bolsas, por cualquiera de
los procedimientos establecidos al efecto, durante dos cursos
académicos, incluyendo el curso en que se efectúe la correspondiente
notificación.
4. En el supuesto de que tras la exclusión, y respetando el
período temporal a que se refiere el apartado anterior, se ingrese
de nuevo en una de bolsa de trabajo docente, la ordenación en la
misma se llevará a cabo sin computar el tiempo de servicio que,
en su caso, se hubiera prestado con anterioridad a la exclusión.


Título: Re: Tiempo de servicio de hace muchos años.....
Publicado por: autealmendra en 25/Jul/2014~15:01
Tiene que volver a presentarse  a las oposiciones,aprobar y no se le tendrá en cuenta su tiempo de servicio hasta que vuelvan a llamarla,por lo tanto la ordenarán por nota.


Título: Re: Tiempo de servicio de hace muchos años.....
Publicado por: IVS en 26/Jul/2014~09:38
GRACIAS A TODOS.
Esta compañera  que tras aprobar el curso el pasado el B2, pensaba que echando los códigos podría optar a la bolsa bilingüe, entiendo que sí será admitida en convocatoria extraordinaria de esa bolsa pero que no le computará ese tiempo de servicio.
Y para acceder a primaria a secas, puesto que ya no existe la bolsa de lengua, es como empezar de 0.
¿Estoy en lo cierto?

¡¡¡¡Lo que hace tener hijos pequeños!!!!
Creo que se quedará donde está, es personal laboral y no sé hasta que punto le merece la pena tirar por aquí ahora...