Título: Agresión a dos profesoras Publicado por: Minaprimaria en 31/May/2014~20:59 Dos profesoras han sido agredidas por la madre de una alumna de secundaria.
http://www.diariodejerez.es/article/jerez/1784301/detenida/una/mujer/tras/agredir/dos/profesoras/las/esclavas.html Título: Re: Agresión a dos profesoras Publicado por: RM en 01/Jun/2014~10:12 Procedería actuar de oficio contra ella y meterle multa y cárcel.
Título: Re: Agresión a dos profesoras Publicado por: arboldelgranado en 01/Jun/2014~12:14 Estoy totalmente de acuerdo, estas acciones están haciendo que la labor de un docente es muy vulnerable y nadie nos defiende, espero que el Codigo Penal nos ayude ante estos energúmenos.
Título: Re: Agresión a dos profesoras Publicado por: Lady Stardust en 01/Jun/2014~21:06 Desde luego, condeno firmemente los hechos y una vez más, se prueba que los docentes estamos vendidos ante cualquier agresión. Pero me ha llamado la atención este párrafo:
En ese momento, sorpresivamente, la ahora detenida se abalanzó contra los policías propinándoles puñetazos y patadas, lo que obligó a los agentes a proceder a la detención de la agresora como presunta autora de un delito de atentado contra agente de la autoridad, otro de amenazas y uno más de atentado contra funcionario público al agredir físicamente a dos profesoras del colegio de las Esclavas, donde cursa los estudios su hija. Espero que le metan un puro tremendo a la agresora, pero que el periódico diga que hay un delito de atentado contra funcionariado público, cuando los docentes de los centros concertados como éste no lo son me crea bastante confusión. ¿Existe este tipo de delito cuando se agrede a un profesor que no es funcionario? Título: Re: Agresión a dos profesoras Publicado por: mandap en 01/Jun/2014~21:09 Pues la verdad es que lo que apuntas no tengo ni idea.... yo creo que autoridad pública es el cuerpo en sí, es decir, independiente de la titularidad de su puesto de trabajo (vamos, que digo yo, que será igual para la concertada, para la privada como para la pública).
Título: Re: Agresión a dos profesoras Publicado por: mandap en 01/Jun/2014~21:14 Leches....pos mira, en CYL:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/528600-l-3-2014-de-16-abr-ca-castilla-y-leon-autoridad-del-profesorado.html Ley 3/2014, de 16 de abril, de autoridad del profesorado. CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1 Objeto y finalidad La presente ley tiene por objeto reconocer la autoridad del profesorado y fomentar la consideración y el respeto que le son debidos en el ejercicio de sus funciones y responsabilidades, con el fin de procurar el adecuado clima de convivencia en los centros docentes de Castilla y León y garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación de todo el alumnado. Artículo 2 Ámbito de aplicación 1. La presente ley será de aplicación a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 108.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, imparten alguna de las enseñanzas previstas en dicha Ley. 2. Lo establecido en esta ley se aplicará a las tareas desarrolladas por el profesorado en el interior del centro docente y a las que, realizadas fuera del recinto del centro, estén directamente relacionadas con las actividades lectivas, complementarias, extraescolares o vinculadas al desempeño de su función docente y afecten a algún miembro de la comunidad educativa, así como a las que se lleven a cabo durante la realización de otros servicios educativos como el transporte escolar y el comedor escolar. Igualmente será de aplicación a las tareas desarrolladas por el profesorado en los espacios educativos ubicados en centros hospitalarios, centros de reforma de menores y centros penitenciarios en los que se impartan las enseñanzas relacionadas con el apartado anterior. 3. También será de aplicación lo establecido en esta ley para aquellas conductas que, aunque llevadas a cabo fuera del recinto escolar estén motivadas por la condición profesional del profesorado. DISPOSICIÓN ADICIONAL Centros docentes privados concertados De acuerdo con lo establecido en el artículo 108.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en los centros docentes privados concertados la condición de autoridad de su personal docente se reconocerá exclusivamente a efectos de garantizar la prestación del servicio público educativo, teniendo en cuenta tanto la cualidad de la relación laboral de dicho personal como la autonomía de que disponen los centros para establecer sus normas de organización y funcionamiento en el marco de la normativa vigente. Eso en CYL. Título: Re: Agresión a dos profesoras Publicado por: Lady Stardust en 01/Jun/2014~22:10 Gracias, mandap. Pues nada, de buen rollo. En fin...
Título: Re: Agresión a dos profesoras Publicado por: JazMalta en 03/Jun/2014~12:18 Hay que actuar para que cosas asi no se puedan repetir mas. Es una verguenza que en los años en los que estamos todavia haya casos asi
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